Boletín Oficial de la República Argentina del 23/10/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.261 1 Sección
RESOLUCIONES
Superintendencia de Servicios de Salud
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 827/2003
Declárase de interés el 11th World Congress of the International Society for Sexual and Impotence Research ISSIR 2004 11vo. Congreso Mundial de la Sociedad Internacional para Estudio de la Sexualidad e Impotencia.
Bs. As., 20/10/2003

Nacionales, Provinciales, Municipales, Universitarias, ONGs y Empresariales, con temas de interés interdisciplinario.
Que los objetivos que se persiguen con la realización de dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción que lleva a cabo en la materia esta Secretaría.
Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno de la Nación en materia de contención del gasto público, la presente medida no implica costo fiscal alguno.
Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

VISTO el Expediente Nº 53235/03-S.S.SALUD; y CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el VISTO se presenta el Presidente del 11th World Congress of the International Society for Sexual and Impotence Research ISSIR 2004 - 11vo.
Congreso Mundial de la Sociedad Internacional para Estudio de la Sexualidad e Impotencia solicitando el auspicio de esta Superintendencia de Servicios de Salud para el Congreso que preside.
Que dicha Convención se llevará a cabo durante los días 17 al 21 de Octubre de 2004.
Que el mismo convocará a expertos extranjeros de primera línea, destacados por sus trabajos y jerarquía profesional y constará de Cursos Pre Congreso, Conferencias Plenarias, Mesas Redondas y Simposios.
Que cabe resaltar que el presente Congreso es promovido por la International Society for Sexual and Impotence Research ISSIR y la Fundación para el Estudio del Tratamiento de las Afecciones Urológicas FUNDETAU.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 1º, inciso II
del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, modificado por su similar Nº 2.202 del 14 de diciembre de 1994.
Por ello, EL SECRETARIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1º Otorgar el Auspicio de esta Secretaría al CONGRESO DE BROMATOLOGIA Y
NUTRICION, que se llevará a cabo en la Sede del Colegio de Abogados, de la Ciudad de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES los días 16, 17 y 18 de octubre de 2003.

Nº 1092/97 las personas jurídicas comprendidas en el régimen de la Ley citada serán consideradas a todos los efectos entidades de bien público y beneficiarias del tratamiento dispensado por el artículo 20 inciso e de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 24.483.
Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Reconocer como persona jurídica a la ORDEN DE FRAILES MENORES - PROVINCIA FRANCISCANA DE SAN JERONIMO EN
DALMACIA, con sede legal en Av. Pedro Díaz Nº 2000, localidad de HURLINGHAM, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y con domicilio especial en calle Ricardo Balbín Nº 4925, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CATORCE barra TRES 14/3 del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público a todos los efectos que correspondan.
Art. 3º Hacer saber que la referida persona jurídica se encuentra beneficiada por el tratamiento dispensado por el artículo 20 inciso e de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Art. 2º La medida dispuesta por el Artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno.

Secretaría de Culto
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Miguel S. Campos.

Resolución 1320/2003

CULTO

EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

Secretaría de Culto
Reconócese a las Monjas de la Orden de Predicadores - Monasterio La Inmaculada del Valle, como persona jurídica y entidad de bien público.

CULTO

Bs. As., 15/10/2003

Artículo 1º Declarar de interés de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD el 11th World Congress of the International Society for Sexual and Impotence Research ISSIR 2004 11vo. Congreso Mundial de la Sociedad Internacional para Estudio de la Sexualidad e Impotencia que se llevará a cabo entre los días 17 al 21 de Octubre de 2004.

Resolución 1319/2003

VISTO el Expediente del Registro de este Ministerio Nº 39855/03, y
Art. 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. Rubén H. Torres.

VISTO el Expediente del Registro de este Ministerio Nº 26562/03, y
Por ello y conforme las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 145/03,
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 376/2003
Auspíciase el Congreso de Bromatología y Nutrición.
Bs. As., 14/10/2003
VISTO el Expediente Nº 0161237/2003 del Registro de esta Secretaría, y CONSIDERANDO:
Que el Colegio de Veterinarios de la Ciudad de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES
Distrito II - La Plata, solicita el Auspicio de esta Secretaría para el CONGRESO DE
BROMATOLOGIA Y NUTRICION, que se llevará a cabo en la Sede del Colegio de Abogados, de la Ciudad de La Plata, de la Provincia de BUENOS AIRES, los días 16, 17 y 18 de octubre de 2003.
Que dicho Congreso tiene como objetivo colaborar con la formación y capacitación de los distintos profesionales de la alimentación, optimizando los recursos humanos que se desempeñan en las distintas dependencias
Reconócese a la Orden de Frailes Menores Provincia Franciscana de San Jerónimo en Dalmacia, como persona jurídica y entidad de bien público Bs. As., 15/10/2003

CONSIDERANDO:
Que la ORDEN DE FRAILES MENORES PROVINCIA FRANCISCANA DE SAN JERONIMO EN DALMACIA, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA
APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria, debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica; siendo notoria la presencia de la Orden de Frailes Menores en el actual territorio argentino desde el 9 de julio de 1612.
Que si bien hasta la fecha goza de personería jurídica, en su calidad de orden preexistente a la CONSTITUCION NACIONAL, procede su inscripción, en el Registro de Institutos de Vida Consagrada, a tenor de lo dispuesto por el artículo 3º inciso a del Decreto Nº 491 del 21 de septiembre de 1995.

CONSIDERANDO:
Que las MONJAS DE LA ORDEN DE PREDICADORES - MONASTERIO LA INMACULADA DEL VALLE, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA
APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria, debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica; siendo notoria su presencia en el actual territorio argentino desde el año 1745.
Que si bien hasta la fecha goza de personería jurídica, en su calidad de orden preexistente a la CONSTITUCION NACIONAL, procede igualmente su inscripción, en el Registro de Institutos de Vida Consagrada, a tenor de lo dispuesto por el artículo 3º inciso a del Decreto Nº 491 del 21 de septiembre de 1995.
Que la Orden cuenta en la REPUBLICA ARGENTINA con más de una casa autónoma por lo que corresponde inscribirla bajo la forma prevista por el artículo 2º de la Ley Nº 24.483 y en los términos del artículo 4º del Decreto citado precedentemente.

Que la Orden cuenta en la REPUBLICA ARGENTINA con más de una provincia por lo que corresponde inscribirla bajo la forma prevista por el artículo 2º de la Ley Nº 24.483 y en los términos del artículo 4º del Decreto citado precedentemente.

Que conforme lo prescriben los artículos 4º de la Ley Nº 24.483 y 1º del Decreto Nº 1.092/97 las personas jurídicas comprendidas en el régimen de la Ley citada serán consideradas a todos los efectos entidades de bien público y beneficiarias del tratamiento dispensado por el artículo 20 inciso e de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997.

Que conforme lo prescriben los artículos 4º de la Ley Nº 24.483 y 1º del Decreto
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 24.483.

Jueves 23 de octubre de 2003

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Por ello, EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º Reconocer como persona jurídica a las MONJAS DE LA ORDEN DE PREDICADORES - MONASTERIO LA INMACULADA DEL
VALLE, con sede legal en Av. Martínez Zubiría S/N, Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, PROVINCIA DE CATAMARCA, y con domicilio especial en calle Defensa Nº 422, CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO CUARENTA Y
SIETE barra UNO 147/1 del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público a todos los efectos que correspondan.
Art. 3º Hacer saber que la referida persona jurídica se encuentra beneficiada por el tratamiento dispensado por el artículo 20 inciso e de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Energía
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 703/2003
Defínense bajo qué normas se deberá regir el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista, como también extiéndense algunas de las disposiciones cuyo vencimiento se producirá al finalizar el período estacional de invierno del corriente año Bs. As., 20/10/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0202786/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Resoluciones SECRETARIA DE
ENERGIA Nº 2 del 14 de marzo de 2002, Nº 148
del 26 de octubre de 2002, Nº 1 del 2 de enero de 2003, y CONSIDERANDO:
Que mediante las Resoluciones indicadas en el VISTO, esta SECRETARIA DE ENERGIA dictó una serie de normas transitorias destinadas a reglar la operatoria del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM en el marco del estado de emergencia pública declarada por la Ley Nº 25.561.
Que con ese mismo objeto, dado que aún subsisten las circunstancias básicas que dieron origen a aquéllas, se considera necesario definir bajo qué normas se deberá regir el funcionamiento de dicho mercado, como también extender algunas de las disposiciones cuyo vencimiento se producirá al finalizar el período estacional de invierno del corriente año.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido por el Artículo 6º del Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065, el Artículo 1º del Decreto Nº 432 del 25 de agosto de 1982 y el Decreto Nº 186 del 25 de julio de 1995 del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Por ello, EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:
Artículo 1º Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO OED a prorrogar la aplicación, hasta tanto esta SECRETARIA DE ENERGIA no disponga lo contrario, en Los Procedimientos para la Programación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios LOS PROCEDIMIENTOS
establecidos por la Resolución Nº 61 del 29 de abril de 1992 de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, entonces dependiente del ex-MINISTERIO

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Boletín Oficial de la República Argentina del 23/10/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date23/10/2003

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