Boletín Oficial de la República Argentina del 21/10/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.259 1 Sección MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

ARTICULO 3 Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. EDUARDO ANTONIO BUTLER, Director de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios, SENASA.
e. 21/10 N 429.582 v. 21/10/2003

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA SAN MARTIN DE LOS ANDES
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección General de Aduanas, División Aduana San Martín de los Andes, Expte.: SA58/95-018.
San Martín de los Andes, 09/10/03. VISTO los términos de la Resolución N 68/03 fs. 85/89, CORRASE VISTA de estos actuados a JOPSE ESPARZA y PABLO RIBERA por presunta comisión de ilícito contemplado en el art. 947 C.A., para que en el término de diez 10 días de notificada la presente comparezca a efectos de presentar su descargo, ofrezca prueba que haga a sus dichos y acompañe la documental que estuviere en su poder. Si no la tuviere la individualizará indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare art. 1101 C.A.. En caso de comparecer por interpósita persona, deberá hacerlo en los términos del art. 1030 del C.A.. En las presentaciones que se planteen o se debatan cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado art. 1034 C.A.. Además deberá constituir dentro del plazo domicilio dentro del radio de la sede aduanera, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de la misma. NOTIFIQUESE. Fdo.: Dra. ALICIA MARINO, Administradora Aduana San Martín de los Andes.
e. 21/10 N 429.576 v. 21/10/2003
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE BARILOCHE
Por ignorarse el domicilio del Sr. JUAN FERNANDO VARGAS BELLO, C.I. Chile N 7.944.594-0, se cita al mismo para que dentro de los diez 10 días hábiles comparezca a presentar su defensa y ofrecer prueba en el SC04-03-019, instruido por presunta infracción al Artículo 977 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de rebeldía; asimismo deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta aduana Art. 1001 del C.A. bajo apercibimiento de ley Art. 1004 del C.A. Se le hace saber que el pago de la multa mínima de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO $ 865,00 dentro del plazo establecido, en caso de corresponder, producirá la extinción de la acción penal y la no registración de antecedentes. Arts. 930/932 C.A.. Se hace saber asimismo que los tributos que gravan la importación a consumo de la mercadería involucrada ascienden a PESOS SEISCIENTOS DIEZ. Fdo.:
Dr. CARLOS ALBERTO CASTILLO, Administrador, Aduana S. C. de Bariloche.
e. 21/10 N 429.577 v. 21/10/2003
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE BARILOCHE
EDICTO PARA ANUNCIAR MERCADERIAS SIN TITULAR CONOCIDO O EN CONDICION DE
REZAGO
En los expedientes que a continuación se detallan y que se tramitan por ante esta Aduana de Bariloche, sita en calle 24 de Septiembre N 12 de la ciudad homónima, se notifica y se hace saber a quienes se consideren con derecho sobre la mercadería que se detalla que deberán presentarse en esta jurisdicción aduanera a fin de que, previa acreditación de su derecho a disponer de la mercadería, dentro del plazo de treinta 30 días de publicado el presente solicite alguna de las destinaciones autorizadas y/o ejerzan los derechos que consideren pertinentes, bajo apercibimiento de proceder a su despacho de oficio, todo ello conforme los arts. 417, s.s. y c.c. Código Aduanero, Ley 22.415 y lo normado por la Ley N 25.603/02. Fdo.: Dr. CARLOS ALBERTO CASTILLO, Administrador, Aduana de S. C. de Bariloche.
DESCRIPCION MERCADERIA
IMPUTADO

FALLO

AA04/03/608

CHUCK HARRIS

23

ARTICULO 2 La presente Disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

ACTUACION

Martes 21 de octubre de 2003

CANTIDAD

TIPO

MARCA

ORIGEN

1

MANUAL Y FIJACIONES SKY

S/M

U.S.A.

e. 21/10 N 429.578 v. 21/10/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL sito en Avda. Belgrano N 1656/58 de Capital Federal, HACE SABER a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL
PERSONAL DE EMPRESA SAN VICENTE, matr. ex Inam N 802 Prov. Bs.As.; MUTUAL 12 DE
DICIEMBRE., matr. ex Inam N 1272 Prov. Sta. Fe; ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL
ESTADO ARGENTINO, matr. ex Inam N 1884 Ciudad A. Bs. As.; ASOCIACION MUTUAL ARCO
IRIS, matr. ex Inam N 1287 Prov. Sta. Fe; COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO
RODOLFO WALSH LTDA., matr. N 18.898; COOPERATIVA PARQUE INDUSTRIAL DE CREDITO Y
CONSUMO LTDA., Matr. 14.471 y COOPERATIVA DE CREDITO BARRACAS AL SUR LTDA., MATR.
9666, las tres últimas con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que han recaído las disposiciones sumariales que respectivamente se identifican, conjuntamente con los expedientes a los que acceden, las que exhiben idéntico tenor: Disposiciones S N 542/03 en Expte. N 1481/03; 533/
03 en Expte. N 10.661/01; 545/03 en Expte. N 382/02; 548/03 en Expte. N 383/02; 547/03 en Expte.
N 12.139/01; 541/03 en Expte. N 74.600/99 y 63/01 en Expte. N 76.255/00.- Tales despachos, en lo sustancial, expresan: VISTO DISPONGO: Art. 1: Dásele por decaído, a la sumariada, el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer prueba en los términos del Art. 1 inc. e ap. 8 de la Ley 19.549.- Art. 2: Declárase la cuestión de puro derecho. Art. 3: Acuérdase a la causante el plazo de diez días para que, de considerarlo pertinente, proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales en los términos y a los efectos previstos por el Art. 60 del Decreto 1759/72 De forma. Amplíase el plazo señalado en razón de la distancia: en tres días para la entidad domiciliada en la Prov. de Santa Fe; Fdo.: Dra. ELENA DOMINGUEZ, Instructora Sumariante.
e. 21/10 N 429.621 v. 21/10/2003

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL sito en Av. Belgrano N
1656 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HACE SABER a las siguientes entidades: ASOCIACION
MUTUAL 24 DE OCTUBRE, Matr. ex Inam N 2317 domiciliada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
ASOCIACION MUTUAL EVANGELICA ARGENTINA A.M.C.E.A, Matr. ex Inam N 966 y ASOCIACION
MUTUAL DE PROFESIONALES BONAERENSES, Matr. ex Inam N 2021 ambas con domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires; CENTRO SOCIAL FERROVIARIO DE AYUDA MUTUA, Matr. ex Inam N
38 con domicilio legal en la Provincia de Tucumán, que se ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de sumario administrativo, en los términos de la Resolución N 028/01 y su complementaria 081/03 del INAES. Los procesos sumariales han sido ordenados por sendas resoluciones del Directorio de este organismo recaídas en los respectivos expedientes: Expte. N 2694/02 Resol. N 1478/03;
Expte. N 1535/03 Resol. N 2091/03; Expte. N 2177/03 Resol. N 2147/03 y Expte. N 2184/03
Resol. N 2212/03. En los trámites referidos ha sido designada la suscripta como instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda el plazo de DIEZ DIAS a las tres primeras mutuales citadas y de DIECISIETE DIAS a la mencionada en último término, para la presentación de sus respectivos descargos y el ofrecimiento de la prueba en los términos del Art. 1 inc. f ap. 1 y 2 de la Ley 19.549.- Intímaselas, asimismo para que, dentro de los plazos establecidos, procedan a denunciar sus respectivos domicilios reales y constituyan, en su caso, el especial, dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto 1759/72 T.O. 1991, bajo apercibimiento de Ley. Fdo.: Dra. ELENA DOMINGUEZ, Instructora Sumariante.
e. 21/10 N 429.635 v. 21/10/2003

MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
Resolución Conjunta Nros. 27-SSGP-371/2003-MJS y DH
Bs. As., 14/10/2003

DIRECCION DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS FARMACOLOGICOS Y VETERINARIOS
Disposición N 1388/2003
Bs. As., 16/10/2003
VISTO la Disposición N 1341 de fecha 8 de octubre de 2003, de la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios, publicada en el Boletín Oficial N 30254 de fecha 14 de octubre de 2003, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición citada en el visto de la presente norma, se procedió a la suspensión preventiva en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal de la Coordinación de Agroquímicos y Biológicos dependiente de la citada Dirección, de los Registros y de los Certificados de Uso y Comercialización de diversos productos.

VISTO el expediente N 138.354/03 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS, el Decreto N 993 del 27 de mayo de 1991 T.O. 1995 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA N 128 de fecha 25 de abril de 1994, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado en el Visto se aprobó el cuerpo normativo que constituye el SISTEMA
NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SINAPA.
Que por el artículo 38 del Anexo I al Decreto N 993/91 T.O. 1995 se dispuso que la selección para la cobertura de los cargos con funciones ejecutivas estará a cargo de un comité integrado por funcionarios o ex funcionarios de reconocido prestigio o miembros destacados de Academias Nacionales, Consejos o Colegios Profesionales, Docentes o especialistas Universitarios, los que serán designados conforme lo previsto en el citado cuerpo normativo.

Que se han deslizado errores involuntarios en el texto de la mentada disposición.
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N 19.549 de Procedimientos Administrativos, corresponde subsanar el mismo.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente norma de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Anexo II del Decreto N 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, y la Resolución N 2162 de fecha 29 de noviembre de 2000, del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
Por ello:
EL DIRECTOR
DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS
FARMACOLOGICOS Y VETERINARIOS
DISPONE:
ARTICULO 1 Rectifícase la Disposición N 1341 de fecha 8 de octubre de 2003, de la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios, en cuanto donde se cita a la firma FARCHEM S.A., debe decir FARMCHEM S.A.; en cuanto donde se cita al Producto Formulado Marca Comercial ROMECTIN, debe decir ROMECTIN 1,8 EC; en cuanto donde se cita el N de Inscripción 33.353, debe decir 33.553.

Que por la Resolución mencionada en el Visto se procedió a incorporar diversos cargos del Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que corresponde proceder a la integración del Comité de Selección para la cobertura de los cargos señalados en el Anexo I a la presente, de conformidad con lo solicitado por la Jurisdicción respectiva.
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto, el señor Auditor Interno del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, propone la constitución del Comité de Selección respectivo con las personas que a juicio de la autoridad competente reúnen las aptitudes necesarias para integrar el referido Comité, adjuntando los antecedentes curriculares pertinentes.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS no advierte que en el caso se haya producido un apartamiento de las disposiciones que, en lo que respecta a la constitución del órgano de selección, prevé el mentado artículo 38, motivo por el cual, desde el punto de vista de su competencia específica, no encuentra observaciones que formular al oportuno refrendo del acto en análisis.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 38 del Anexo I al Decreto N 993/91 T.O. 1995.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 21/10/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date21/10/2003

Page count24

Edition count9394

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Last issue12/07/2024

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