Boletín Oficial de la República Argentina del 01/10/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.246 1 Sección Que, asimismo, resulta procedente disponer que la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS
Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación atienda con sus créditos presupuestarios las erogaciones que demande el desarrollo de su proceso liquidatorio, entre ellas los gastos correspondientes a la atención de las retribuciones del Liquidador.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designado, a partir del 1 de julio de 2003, al Contador D. Gerardo Miguel SEGHEZZO M.I. Nº 4.398.337 Liquidador de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION.
Art. 2º Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto serán atendidos por la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA en liquidación.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.

INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Agrónomo D. Omar José María LOSARDO
M.I. Nº 12.830.146 para ocupar el mencionado cargo.
Que los antecedentes personales y profesionales del Ingeniero Agrónomo D. Omar José María LOSARDO lo habilitan para el cumplimiento de las tareas que le serán encomendadas.
Que la medida que se propicia es a fin de dar continuidad a la labor del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA y no afectar las representaciones que hacen a su integración.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta conforme a las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, la Ley Nº 25.641, el Artículo 6º del DecretoLey Nº 21.680 del 4 de diciembre de 1956 y sus modificatorios, el Artículo 3º del Decreto Nº 287 del 3 de marzo de 1986 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Acéptase la renuncia presentada por el Ingeniero Agrónomo D. Miguel Angel CANTAMUTTO M.I. Nº 11.113.869, al cargo de Vocal del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, ente autárquico actuante en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en representación de las FACULTADES DE AGRONOMIA de las UNIVERSIDADES NACIONALES, para el que fuera designado mediante Decreto Nº 980 de fecha 30
de octubre de 2000.

Decreto 830/2003
Acéptase la renuncia de un Vocal del Consejo Directivo del citado ente autárquico, designado por Decreto Nº 980 del 30 de octubre de 2000, en representación de las Facultades de Agronomía de las Universidades Nacionales.
Designación de su reemplazante.
Bs. As., 30/9/2003
VISTO el Decreto Nº 980 de fecha 30 de octubre de 2000, mediante el cual se designó Vocal del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, ente autárquico actuante en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en representación de las FACULTADES DE AGRONOMIA de las UNIVERSIDADES NACIONALES
al Ingeniero Agrónomo D. Miguel Angel CANTAMUTTO, y CONSIDERANDO:
Que la designación a que se refiere el decreto citado en el Visto fue para cumplir un período de ley de CUATRO 4 años, venciendo el mandato respectivo con fecha 29 de octubre de 2004.

Art. 2º Desígnase Vocal del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
AGROPECUARIA, ente autárquico actuante en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en representación de las FACULTADES DE AGRONOMIA de las UNIVERSIDADES NACIONALES para completar un período de ley, con vencimiento el 29 de octubre de 2004, al Ingeniero Agrónomo D.
Omar José María LOSARDO M.I. Nº 12.830.146.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.

EXENCION DE GRAVAMENES

LA PROFESION ADMINISTRATIVA SINAPA.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que por el Decreto Nº 1283 de fecha 24 de mayo de 2003 se creó el MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, cuyas competencias están definidas en el Artículo 4º de la citada norma legal.

Que los tabacos, bebidas, alimentos, artesanías, catálogos, afiches, folletería y otras formas de propaganda que ingresarán al país, constituyen materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL U$S 5.000, por país participante.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso s, de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los tabacos, bebidas, alimentos, artesanías, catálogos, afiches, folletería y otras formas de propaganda , originarios y procedentes de los países participantes en la FERICHACO 2003, a realizarse en la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña de la Provincia del CHACO REPUBLICA
ARGENTINA del 8 al 12 de octubre de 2003, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES
ESTADOUNIDENSES CINCO MIL U$S 5.000
por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.

MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
Decreto 833/2003
Dase por designado Auditor Titular de la Unidad de Auditoría Interna, con carácter de excepción al artículo 18 de la Ley Nº 25.725.
Bs. As., 30/9/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0146325/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, la Ley Nº 24.156 y los Decretos Nº 971 de fecha 6 de mayo de 1993, Nº 1283
de fecha 24 mayo de 2003, Nº 27 de fecha 27
de mayo de 2003, Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y
Bs. As., 30/9/2003
Que el mencionado Ingeniero Agrónomo D.
Miguel Angel CANTAMUTTO M.I.
Nº 11.113.869 presentó la renuncia al cargo.
Que en consecuencia corresponde designar un reemplazante para cubrir el cargo y completar el período de ley en curso.
Que por tal motivo la ASOCIACION UNIVERSITARIA DE ENSEÑANZA AGRICOLA SUPERIOR AUDEAS, a solicitud del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, ente autárquico actuante en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, propicia la designación del Ingeniero
CONSIDERANDO:
VISTO el Expediente Nº S01:0061050/2003 del Registro del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION , y CONSIDERANDO:
Que el ENTE AUTARQUICO FIESTA NACIONAL DEL ALGODON solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los tabacos, bebidas, alimentos, artesanías, catálogos, afiches, folletería y otras formas de propaganda , originarios y procedentes de los países participantes en el evento FERICHACO 2003, a realizarse en la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña de la
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Provincia del CHACO REPUBLICA ARGENTINA, del 8 al 12 de octubre de 2003.

Decreto 832/2003
Exímese del pago de derechos de importación y demás tributos, a los productos originarios y provenientes de los países participantes en la FERICHACO 2003, a realizarse en la Ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña de la Provincia del Chaco.

Miércoles 1 de octubre de 2003

Que la Ley Nº 24.156, en sus Artículos 100 y 102, determina y regula la administración financiera y los sistemas de control del sector público nacional, estableciendo la creación y las funciones de las UNIDADES DE AUDITORIA INTERNA.
Que en virtud de lo normado por el cuerpo legal citado precedentemente, se dictó el Decreto Nº 971 de fecha 6 de mayo de 1993, en cuyo Artículo 1º se establece la creación del cargo de AUDITOR INTERNO en aquellas jurisdicciones y entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL en las que tenga vigencia el SISTEMA NACIONAL DE

Que por Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, en su condición de ORGANISMO RECTOR DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO, mediante NOTA SIGEN Nº 4302/2003 GSEyE de fecha 7 de agosto de 2003, el Señor Síndico General de la Nación Dr. Don Alberto Juan Bautista IRIBARNE informó que como consecuencia del análisis practicado sobre la documentación presentada, el profesional propuesto reúne el perfil pautado para el desempeño del cargo de AUDITOR INTERNO.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete, en orden a lo establecido por el Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 18 y 48 de la Ley Nº 25.725, el Artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designado a partir del día 7 de agosto de 2003 al Señor Contador Público Don Jorge Alber to FORLANO L.E.
Nº 8.589.420 AUDITOR TITULAR de la UNIDAD
DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con carácter de excepción al Artículo 18 de la Ley 25.725.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo al Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2003, aprobado por la Ley Nº 25.725, dentro del inciso 1º de la Actividad Central 01 del Presupuesto vigente del EX MINISTERIO DE LA PRODUCCION, transferido al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, mediante Resolución N 32 de fecha 22 de julio de 2003 de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, dentro de la Categoría Fuera de Nivel, del cargo de AUDITOR
INTERNO, el cual se encuentra vacante.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Julio M. De Vido.

ORGANISMO NACIONAL
DE ADMINISTRACION DE BIENES
Decreto 835/2003
Danse por designados funcionarios a cargo de diversas Coordinaciones Departamentales, en el marco del Régimen de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 y sus modificatorias.
Bs. As., 30/9/2003
VISTO el Expediente Nº 666/03, del Registro del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES ONAB; los Decretos Nº 443 del 1º de junio de 2000; Nº 491 del 12
de marzo de 2002, y Nº 133 del 4 de junio de 2003, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, se tramita la designación de personal en

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Boletín Oficial de la República Argentina del 01/10/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date01/10/2003

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Last issue12/07/2024

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