Boletín Oficial de la República Argentina del 06/08/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.207 1 Sección Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N 25.725.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Julio M. De Vido.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS
Decreto 521/2003
Dase por designado Jefe de Asesores del Gabinete del Ministro, como excepción a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N 25.725.
Bs. As., 5/8/2003
VISTO el expediente N 138.563/03 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS, la Ley N 25.725, los Decretos N 993/91 T.O. 1995, N 1088/94, N 491/02 y N 601/02 y la Decisión Administrativa N 7/03, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley N 25.725 dispone que salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad.
Que el señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos solicita el descongelamiento del cargo vacante financiado Nivel A, Grado 8 - Jefe de Asesores del Gabinete del referido funcionario, creado por el artículo 7
del Decreto N 1088/94, a fin de designar en dicho cargo al señor Juan Francisco MERITELLO D.N.I. N 22.226.189.
Que el señor MERITELLO no se halla comprendido en la prohibición establecida por el artículo 10 del Anexo I a la Decisión Administrativa N 5/00.
Que se ha acreditado en los presentes actuados que la persona propuesta no se encuentra alcanzada por las prohibiciones establecidas en el artículo 5 de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional aprobada por la Ley N 25.164.
Que asimismo se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6 del Decreto N 601/02.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados por la Decisión Administrativa N 7/03, distributiva del Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio de 2003, aprobado por la Ley N
25.725, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 18 y 48 de la Ley N 25.725 y el artículo 1 del Decreto N 491/02, aclarado por su similar N 601/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por designado a partir del 1 de junio de 2003, como excepción a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N 25.725, en el cargo
Nivel A, Grado 8 Jefe de Asesores del Gabinete del señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, al señor Juan Francisco MERITELLO D. N. l. N 22.226.189.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 MINISTERIO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Gustavo Beliz.

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alicia M. Kirchner.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

Decreto 526/2003
Prorróganse contrataciones de la citada Jurisdicción.

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Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase el contrato celebrado entre LOTERIA NACIONAL S.E. y la persona que se menciona en el Anexo I, que forma parte del presente, conforme las condiciones, plazo, monto mensual y total allí consignados.

LOTERIA NACIONAL
Decreto 527/2003
Apruébase un contrato celebrado por la mencionada Sociedad del Estado.

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL

Miércoles 6 de agosto de 2003

Bs. As., 5/8/2003
VISTO el Expediente N 374.688/03 del registro de LOTERIA NACIONAL S.E., los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002, N 601 del 11 de abril de 2002, y N 598 del 29 de marzo de 1990, y lo solicitado por la mencionada SOCIEDAD DEL ESTADO, y
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de LOTERIA NACIONAL S.E.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alicia M. Kirchner.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

Bs. As., 5/8/2003
CONSIDERANDO:
VISTO el Expediente E-CNTF-50-2003 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002 y N 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto N 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, y los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que resulta necesario proceder a la prórroga de los contratos con cargo a la Jurisdicción 85 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto N 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Prorróganse las contrataciones entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
y las personas que se mencionan en el Anexo I, que forma parte del presente, conforme las condiciones, plazos, monto mensual y total allí consignados.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.

Que por el artículo 2 del Decreto N 598/90
se aprobó el Estatuto de LOTERIA NACIONAL S.E. el cual otorgó al Directorio facultades para efectuar nombramientos y promociones de personal.
Que no obstante, por el Decreto N 491/02
se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que LOTERIA NACIONAL S.E., ha elevado la propuesta de contratación, mediante el Régimen de Contrato a Plazo Fijo, de la persona cuya prestación resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados, dentro del marco jurídico de esa Sociedad.
Que la precitada prestación de tareas, debe ser atendida mediante la contratación de recursos humanos adicionales, toda vez que resultan insuficientes los recursos actuales para el eficaz cumplimiento de esos cometidos.
Que las tareas aludidas consisten en actividades técnicas de Protocolo y Ceremonial.
Que resulta menester aprobar la propuesta de LOTERIA NACIONAL S.E. y proceder a la celebración del contrato con cargo a las partidas específicas de LOTERIA NACIONAL
S.E.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL elevó al PODER EJECUTIVO NACIONAL, los datos de la postulante a ser contratada por el Directorio de LOTERIA NACIONAL S.E.
Que la persona involucrada en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N 601/02
reglamentario de su similar N 491/02 y reúne los requisitos de capacidad e idoneidad requeridos para el cargo mencionado. Que LOTERIA NACIONAL S.E. cuenta con el crédito necesario para atender el gasto que ocasione la presente contratación en la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2003.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

DECRETOS
Sintetizados PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 502/2003
Bs. As., 5/8/2003
Dase por designado, a partir del 26 de junio de 2003, a Alfredo Enrique Tibiletti García Tezanos Pinto DNI N 25.646.430, como Asesor de Gabinete del titular de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 508/2003
Bs. As., 5/8/2003
Danse por designadas, a partir del 1 de junio de 2003, en el Gabinete del Ministro de Defensa, en un cargo de Asesor, a Andrea Elena Bonardo DNI
N 29.068.381 y a la Profesora Natalia Ana Marina Cappa DNI N 21.795.556. El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45.20, Programa 01, Inciso 1, Partida 1.7.0, Gabinete de Autoridades Superiores.

Decreto 513/2003
Bs. As., 5/8/2003
Danse por designadas, a partir del 1 de junio de 2003, como Asesores de Gabinete del Ministro de Defensa, del Secretario de Asuntos Militares, del Secretario de Planeamiento y del Subsecretario de Coordinación del Ministerio de Defensa a las siguientes personas: en el Gabinete del Ministro de Defensa: Koutoudjian, Adolfo, DNI N 8.259.924; Tello, Angel Pablo, LE Nº 7.608.586; Tavano, Lisandro Domingo, DNI N 26.472.322; en el Gabinete del Secretario de Asuntos Militares: Bila; Cecilia Aixa, DNI N 28.142.722; Chari, Jorge Ernesto, DNI Nº 4.974.849; lbáñez, Yolanda Noemí, DNI N 14.332.069; Zanetto, Gabriela Alejandra, DNI N 18.283.385; Giarelli, Yanina Carla, DNI N 23.724.919; Carreras, Aldo Omar, DNI N 7.598.257; Lenz, Horacio Miguel, DNI
N 17.227.207; Chagas, Juan Carlos, DNI N
10.911.891; en el Gabinete del Secretario de Planeamiento: Santiago, Liliana Noemí, DNI N
10.181.547 y en el Gabinete del Subsecretario de Coordinación: Campanile, Alberto Juan, DNI N 11.317.416. El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a la Jurisdicción 45.20, Programa 01, Inciso 1, Partida 1.7.0, Gabinete de Autoridades Superiores.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/08/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date06/08/2003

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Edition count9386

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Last issue04/07/2024

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