Boletín Oficial de la República Argentina del 06/05/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.143 1 Sección PATRIA. Mat. BUENOS AIRES Nº 2358. ASOC MUT. GRAL. SAN MARTIN. Mat. BUENOS AIRES Nº 1830. A. M. CRISTIANA TANDILENSE. Mat. BUENOS AIRES Nº 1833. A. M. MARCOS PAZ. Mat. BUENOS AIRES Nº 1841. A. M. 23 DE ABRIL. Mat. BUENOS AIRES Nº 1850 A. M. AGRUPACION AZUL 1
DE OCTUBRE DE LA MATANZA. Mat. BUENOS AIRES Nº 1848. La falta de cumplimiento a lo requerido implicará el inicio del trámite para cancelar la autorización para funcionar y dar de baja la respectiva matrícula. La presente se notifica en los términos y con el alcance del Artículo 42 de la Ley de Procedimientos Administrativos. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.
e. 6/5 N 413.660 v. 8/5/2003

Martes 6 de mayo de 2003

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Que, en otro orden de ideas, deberá tenerse presente que partir del dictado de las normas reglamentarias previstas en su artículo 4º, será de aplicación automática el Decreto Nº 1099/00; ello es que, desde ese momento, la suma de las deducciones practicadas como consecuencia de la operatoria de no podrá superar el cuarenta por ciento 40% del haber neto de cada uno de los beneficiarios involucrados Que de conformidad con el art. 7 inc. d de la Ley de Procedimientos Administrativos, el área de asesoramiento permanente la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, mediante el Dictamen Nº 19.251.

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Que, en consecuencia, procede dictar el correspondiente acto administrativo.
Resolución D.E. N 479/2003
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991, el Artículo 36 de la Ley Nº 24.241 y el Decreto 189/02.

Bs. As., 28/4/2003
VISTO el Expediente Nº 024-99-80739703-2-798 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, la Resolución D.E.-N Nº 230/99 y,
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud de códigos de descuentos formulada por la ASOCIACION MUTUAL VOLUNTAD OBJETIVA DE SERVICIOS, en virtud de su nota de fecha 06 de junio de 2002. En ella, peticiona su incorporación al sistema de descuentos a favor de terceras entidades, bajo el régimen establecido por la Resolución D.E.- Nº 230/99.
Que al expediente referido en el VISTO se le agregó toda la documentación presentada por la entidad, la que acredita que la ASOCIACION MUTUAL VOLUNTAD OBJETIVA DE SERVICIOS, cumple con todos los recaudos exigidos por la Resolución D.E.- Nº 230/99; adecuándose su estructura a la de las entidades detalladas en el art. 2 de la norma ya mencionada.
Que por Resolución D.E.- Nº 443/01 se otorgaron códigos de descuento a otra entidad que había formulado la petición en idéntica forma que la ASOCIACION MUTUAL VOLUNTAD OBJETIVA DE
SERVICIOS.
Que, en otro orden de ideas, deberá tenerse presente que a partir del dictado de las normas reglamentarias previstas en su artículo 4º, será de aplicación automática el Decreto N 1099/00; ello es que, desde ese momento, la suma de las deducciones practicadas como consecuencia de la operatoria no podrá superar el cuarenta por ciento 40% del haber neto de cada uno de los beneficiarios involucrados.
Que de conformidad con el art. 7 inc. d de la Ley de Procedimientos Administrativos, el área de asesoramiento permanente la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, mediante el Dictamen Nº 21.725.

ARTICULO 1º Incorpórase a la operatoria de Descuentos a Favor de Terceras Entidades al CIRCULO DE LEGISLADORES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, conforme la normativa que se encuentra vigente.
ARTICULO 2º Otórgase un código de descuento a la entidad peticionante, para los descuentos de su cuota social.
ARTICULO 3º - Apruébase el modelo de convenio que como ANEXO I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 4º - Autorízase a la Gerente de la Gerencia Unidad Central de Apoyo, Sra. Sabina María SALIM D.N.I. 10.469.151 a suscribir el convenio aprobado en el artículo 3º.
ARTICULO 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. SERGIO T. MASSA, Director Ejecutivo.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.
e. 6/5 N 413.508 v. 6/5/2003

Que, en consecuencia, procede dictar el correspondiente acto administrativo Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991, y el Artículo 36 de la Ley Nº 24.241 y el Decreto 189/02.

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución D.E. N 486/2003
Bs. As., 29/4/2003

Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

VISTO el Expediente Nº 024-99-80804884-8-798 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, la Resolución D.E.- N Nº 230/99 y, CONSIDERANDO:

ARTICULO 1 Incorpórase a la operatoria de Descuentos a Favor de Terceras Entidades a la ASOCIACION MUTUAL VOLUNTAD OBJETIVA DE SERVICIOS, conforme la normativa que se encuentra vigente.
ARTICULO 2 Otórganse dos códigos de descuento a la entidad peticionante, uno para los descuentos de su cuota social y el restante para los servicios especiales.
ARTICULO 3 Apruébase el modelo de convenio que como ANEXO I forma parte integrante del presente.
ARTICULO 4 Autorízase a la Gerente de la Gerencia Unidad Central de Apoyo, Sra. Sabina María SALIM D.N.I. 10.469.151 a suscribir el convenio aprobado en el artículo 3.
ARTICULO 5 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. SERGIO T. MASSA, Director Ejecutivo.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.
e. 6/5 N 413.507 v. 6/5/2003

Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud de códigos de descuentos formulada por la ASOCIACION MUTUAL DOCE DE ENERO, en virtud de su nota de fecha enero de 2003. En ella, peticiona su incorporación al sistema de descuentos a favor de terceras entidades, bajo el régimen establecido por la Resolución D.E.- N Nº 230/99.
Que al expediente referido en el VISTO se le agregó toda la documentación presentada por la entidad, la que acredita que la ASOCIACION MUTUAL DOCE DE ENERO, cumple con todos los recaudos exigidos por la Resolución D.E.- N Nº 230/99; adecuándose su estructura a la de las entidades detalladas en el art. 2 de la norma ya mencionada.
Que por Resolución D.E.- N Nº 443/01 se otorgaron códigos de descuento a otra entidad que había formulado la petición en idéntica forma que la ASOCIACION MUTUAL DOCE DE ENERO.
Que, en otro orden de ideas, deberá tenerse presente que partir del dictado de las normas reglamentarias previstas en su artículo 4º, será de aplicación automática el Decreto Nº 1099/00; ello es que, desde ese momento, la suma de las deducciones practicadas como consecuencia de la operatoria no podrá superar el cuarenta por ciento 40% del haber neto de cada uno de los beneficiarios involucrados.
Que de conformidad con el art. 7 inc. d de la Ley de Procedimientos Administrativos, el área de asesoramiento permanente la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, mediante Dictamen Nº 21.488.

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Que, en consecuencia, procede dictar el correspondiente acto administrativo.
Resolución D.E. N 485/2003
Bs. As., 29/4/2003
VISTO el Expediente Nº 024-99-80661581-8-798 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, la Resolución D.E.-N. Nº 230/99 y Resolución S.S.S.
Nº 47/00 y, CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita la solicitud de códigos de descuentos formulada por el CIRCULO DE LEGISLADORES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en virtud de su nota de fecha 17 de agosto de 2001. En ella, peticiona su incorporación al sistema de descuentos a favor de terceras entidades, bajo el régimen establecido por la Resolución D.E.-N. Nº 230/99.
Que al expediente referido en el VISTO se le agregó toda la documentación presentada por la entidad, la que acredita que el CIRCULO DE LEGISLADORES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
cumple con todos los recaudos exigidos por la Resolución D.E.-N. Nº 230/99; y por la Resolución S.S.S. 47/00.
Que por Resolución D.E.-N. Nº 443/01 se otorgaron códigos de descuento a otra entidad que había formulado la petición en idéntica forma que el CIRCULO DE LEGISLADORES DE LA CIUDAD
DE BUENOS AIRES.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991, y el Artículo 36 de la Ley Nº 24.241 y el Decreto 189/02.
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Incorpórase a la operatoria de Descuentos a Favor de Terceras Entidades a la ASOCIACION MUTUAL DOCE DE ENERO, conforme la normativa que se encuentra vigente.
ARTICULO 2º Otórganse dos códigos de descuento a la entidad peticionante, uno para los descuentos de su cuota social y el restante para los servicios especiales.
ARTICULO 3º Apruébase el modelo de convenio que como ANEXO I forma parte integrante del presente.
ARTICULO 4º Autorízase a la Gerente de la Gerencia Unidad Central de Apoyo, Sra. Sabina María SALIM D.N.I. 10.469.151 a suscribir el convenio aprobado en el artículo 3º.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/05/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date06/05/2003

Page count36

Edition count9409

First edition02/01/1989

Last issue27/07/2024

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