Boletín Oficial de la República Argentina del 21/05/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
de la República Argentina Buenos Aires, miércoles 21 de mayo de 2003

Nº 30.154

AÑO CXI

$ 0.70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

LEGISLACIÓN Y AVISOS OFICIALES

comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional
DE INTERÉS

serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por Decreto Nº 659/1947

Reconstrucción y Asistencia de las pérdidas ocurridas en las zonas de la Provincia de Santa Fe y de Entre Ríos determinadas en el artículo anterior.

Integra esta edición un SUPLEMENTO
que contiene el Texto Ordenado de las Clasificaciones Presupuestarias de recur sos y gastos del Sector recursos Público Nacional, aprobado por la Resolución N 71/2003 de la Secretaría de Hacienda.

LEYES

ZONA DE DESASTRE

Sancionada: Mayo 8 de 2003.
Promulgada: Mayo 20 de 2003.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 Declárase zona de desastre por el plazo de CIENTO OCHENTA 180
días, prorrogable por el Poder Ejecutivo nacional a los siguientes Departamentos de la Provincia de Santa Fe: La Capital, San Javier, Garay, Vera, San Justo, 9 de Julio y San Cristóbal.
En el Departamento Las Colonias: Elisa, Providencia, María Luisa, Santo Domingo, Progreso, La Pelada, Ituzaingó, Cululú, Jacinto Luis Arauz, Soutomayor, San Carlos Sur, Empalme, San Carlos, Hipatía, Santa Clara de la Buena Vista, Matilde, Distrito La Esperanza. En el Departamento Castellanos: Virginia, Maua, Tacural, Tacurales y Bicha. En el Departamento San Jerónimo: Larrechea, Gessler, Loma Alta, San Eugenio, Bernardo de Irigoyen y Casalegno. Asimismo de la Provincia de Entre Ríos, los Departamentos: La Paz, Feliciano, Villaguay y Gualeguay.
ARTICULO 2 Créase en el ámbito del Ministerio del Interior el Fondo Especial para la
PRESIDENCIA
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Pág.

Pág.

Los recursos que integran el fondo serán transferidos por el Ministerio del Interior al Gobierno de la Provincia de Santa Fe y al Gobierno de la Provincia de Entre Ríos
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 101/2003-SH
Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5 del Decreto N 691/2000.

La administración y disposición de los fondos estarán a cargo de los gobiernos de las Provincias de Santa Fe y de Entre Ríos respectivamente, para el cumplimiento de los fines de la presente ley.

ADUANAS
Resolución General 1504-AFIP
Delimitación de Zonas Primarias Aduaneras. Aduana de Tinogasta. SICOEX
N 15932-02-03.

7

Resolución General 1505-AFIP
Modificación de la denominación y ampliación de la operatoria aduanera del Paso Fronterizo Puerto Iguazú-Puerto Franco.

7

EST
ACIONES RADIOELECTRICAS
ESTA
Resolución 241/2003-SC
Autorízase con carácter precario a Telefónica Data Argentina S.A., para instalar y poner en funcionamiento una estación radioeléctrica mediante la cual se prestará un Servicio Fijo de Transmisión de Datos y Valor Agregado.

4

Resolución 242/2003-SC
Autorízase con carácter precario a Telefónica Data Argentina S.A., para instalar y poner en funcionamiento una estación radioeléctrica mediante la cual se prestará un Servicio Fijo de Transmisión de Datos y Valor Agregado.

6

Resolución 243/2003-SC
Autorízase con carácter precario a Telefónica Data Argentina S.A., para instalar y poner en funcionamiento una estación radioeléctrica mediante la cual se prestará un Servicio Fijo de Transmisión de Datos y Valor Agregado.

5

ARTICULO 3 Destínase una partida especial del Presupuesto Nacional al fondo creado precedentemente para la reconstrucción y asistencia de los Departamentos de la Provincia de Santa Fe afectados, por un monto inicial de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS $ 150.000.000
y de TREINTA MILLONES DE PESOS
$ 30.000.000 para la Provincia de Entre Ríos.
Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a incrementar su monto en la medida de las necesidades que surjan como consecuencia de la cuantificación de los daños.

Ley 25.735
Declárase en determinados Departamentos de las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos. Creación del Fondo Especial para la Reconstrucción y Asistencia, en el ámbito del Ministerio del Interior, con administración y disposición de los fondos a cargo de los gobiernos de las provincias mencionadas.

SUMARIO

ARTICULO 4 Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a reestructurar, modificar o reasignar las partidas presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.
ARTICULO 5 Autorízase al Poder Ejecutivo nacional a incrementar el endeudamiento público hasta la suma equivalente a la totalidad del fondo creado.
ARTICULO 6 Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a través de los organismos de recaudación fiscal y previsional AFIP y ANSeS a conceder planes de pagos especiales, a la realización de quitas y/o condonaciones a los contribuyentes incluidos en la zona de desastre descripta en el artículo 1.
ARTICULO 7 Durante el plazo de la emergencia establecido por la presente ley, queda excepcionalmente habilitada la posibilidad de contratar locaciones de inmuebles en las zonas de desastre detalladas en el artículo 1 por plazos menores a los previstos en el artículo 2 de la Ley N 23.091.
Encomiéndase al Poder Ejecutivo nacional la ampliación de la cobertura de planes sociales durante el período temporal de la declaración de emergencia y en el ámbito geográfico de la misma, así como la adopción de medidas que tiendan a preservar las relaciones de empleo.
ARTICULO 8 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DE LA

NACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. ANTONIO E. ARCURI

JORGE E. FEIJOÓ

Secretario
Director Nacional
BOMBER
OS VOLUNT
ARIOS
BOMBEROS
VOLUNTARIOS
Resolución 420/2003-MJSDH
Créase el Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios y Organizaciones No Gubernamentales, en el ámbito de la Subsecretaría de Seguridad y Protección Civil.
CONVENIOS
Decreto 1226/2003
Apruébase el Modelo de Carta Convenio de Donación con cargo efectuada por el Gobierno de Japón para la ejecución del componente de Esquema de Estrategias Ambientales del Segundo Programa de Desarrollo Municipal PDM II, a suscribirse con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, en su calidad de administrador de dichos fondos.

6

3

CULTTO
CUL
Decreto 1216/2003
Establécense pautas para la liquidación de las asignaciones mensuales destina-

das a los Arzobispos, Obispos y Obispos Auxiliares del Culto Católico Apostólico Romano, relacionadas con los adicionales por antigedad y permanencia en la categoría que integran la remuneración del cargo de Juez Nacional de Primera Instancia.

3

6

Resolución 244/2003-SC
Autorízase con carácter precario a Telefónica Data Argentina S.A., para instalar y poner en funcionamiento una estación radioeléctrica mediante la cual se prestará
Continúa en página 2
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL
OCHO DE MAYO DE DOS MIL TRES.

DECRETOS

REGISTRADO BAJO EL N 25.735
EDUARDO O. CAMAÑO. JOSE L. GIOJA.
Eduardo D. Rollano. Juan C. Oyarzún.

RIESGOS DEL TRABAJO

Decreto 1225/2003

Sustitúyese el apartado 1 del artículo 17 del Decreto N 334/96, modificado por el artículo 19 del Decreto N 491/97, con la finalidad de determinar un único modo de cálculo de las cuotas omitidas por los empleadores, para garantizar un tratamiento equitativo de los diferentes tipos de deudores y simplificar los procedimientos de intimación y cobro.

Bs. As., 20/5/2003
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N 25.735 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Jorge R.
Matzkin.

DOMICILIO LEGAL Suipacha 767
1008 Capital Federal
Decreto 1223/2003

Bs. As., 20/5/2003
VISTO el Expediente del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABA-

www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

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Boletín Oficial de la República Argentina del 21/05/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date21/05/2003

Page count28

Edition count9385

First edition02/01/1989

Last issue03/07/2024

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