Boletín Oficial de la República Argentina del 28/02/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.100 1 Sección tuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso entre otras consideraciones, que las disposiciones del Decreto N 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01 y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos N
1023/01 y N 436/00.
Que la SECRETARIA DE PROGRAMACION
PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha elevado la propuesta de contratación de personal especializado cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Jurisdicción.
Que las personas cuya contratación se propone reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que en cada caso se indican, de conformidad con la Circular SLyT. N 4/02.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la contratación del personal de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION que se detalla en la planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a las condiciones indicadas en el mismo.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 20-11 SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

designaciones, contrataciones y determinados movimientos de personal.
Que atento ello la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha elevado una propuesta para contratar personal especializado, a fin de complementar y fortalecer la labor de esa Jurisdicción, informando que para tal fin, cuenta con créditos disponibles en las partidas presupuestarias específicas.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican, de conformidad con la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N 4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la contratación del personal cuyo apellido, nombres, función y rango, tipo y número de documento, monto mensual y por el período que consta en el Anexo I que integra el presente decreto, bajo el régimen del Decreto N 1184/01, en el marco de las contrataciones individuales de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 20.14-SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge R. Matzkin.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA
SOCIAL
Decreto 427/2003

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DUHALDE. Jorge R. Matzkin.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

PRESIDENCIA DE LA NACION

Apruébase la prórroga de contratos celebrados por la citada entidad dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.

Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto N 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase la prórroga de los contratos celebrados entre el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL y las personas que se mencionan en el Anexo, que forma parte del presente, conforme las condiciones, plazos, montos mensuales y totales allí consignados.

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permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto N 601/02, en su Artículo 6
expresa que Los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico N 4/02.
Que el personal involucrado en la presente medida está exceptuado del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6 del Decreto N 601/02 reglamentario de su similar N 491/02.
Que la creciente complejidad de las funciones propias de la COMISION DE RENEGOCIACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE
ECONOMIA, amerita la renovación de los contratos de locación de servicios del personal, en el marco del Decreto N 1184/01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Comisión.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N 25.725.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Decreto N 491/02.
Por ello,
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente, será atendido con cargo a la partida específica del Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA
SOCIAL para el corriente ejercicio.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. María N. Doga.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767-Capital Federal.

Decreto 426/2003
Apruébase la renovación de contratos celebrados por el citado Departamento de Estado, efectuados bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.

CONSIDERANDO:
Bs. As., 27/2/2003

Que por el Decreto N 1196/02, se dispuso que las disposiciones del Decreto N 491/02
son aplicables a la celebración, renovación o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los
VISTO el Expediente N 158/03 del Registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

VISTO el Expediente N 5800/02 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO
Y ECONOMIA SOCIAL y los Decretos N 491
del 12 de marzo de 2002, y N 1196 del 5 de julio de 2002, y
Que por imperio de los Decretos N 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y N 601 de fecha 11 de abril de 2002, el PODER EJECUTIVO
NACIONAL ejerce, en el ámbito de su competencia, el control directo e inmediato de las
Bs. As., 27/2/2003

Que cabe consignar también que, conforme se dispone en el artículo 6 del Decreto N
601/02, por tratarse de renovaciones de contratos quedan exceptuados del cumplimiento de lo exigido por la Circular de la Secretaría Legal y Técnica N 4/02.

MINISTERIO DE ECONOMIA

CONSIDERANDO:

Apruébanse contrataciones celebradas por la Secretaría de Cultura, efectuadas bajo el régimen del Decreto N 1184/2001.

Que por resultar necesario proceder a la prórroga de los contratos para asegurar la continuidad de las actividades del INSTITUTO
NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, dependiente del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, dicha entidad suscribió ad referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL los contratos agregados en el expediente citado en el VISTO, cuya aprobación se gestiona en esta instancia de conformidad con lo expuesto.

Bs. As., 27/2/2003

Que por el Decreto N 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2 del Decreto N 23 del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Decreto 421/2003

de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

Viernes 28 de febrero de 2003

VISTO el Expediente N S01:0009433/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley N 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11
de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA N 17 de fecha 16 de enero de 2002 y la Resolución del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA N 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase la renovación de los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE
ECONOMIA y las personas que se detallan en el Anexo adjunto, que forma parte integrante del presente decreto, bajo el régimen del Decreto N
1184/01, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indican.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE
ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N 25.725.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767-Capital Federal.

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 424/2003
Apruébase la renovación de contrataciones celebradas por la Secretaría de Cultura.

CONSIDERANDO:
Bs. As., 27/2/2003
Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no
VISTO los Decretos Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y

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Boletín Oficial de la República Argentina del 28/02/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date28/02/2003

Page count48

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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