Boletín Oficial de la República Argentina del 17/02/2003 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 30.091 1 Sección FIRMA DIGITAL

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

Decreto 283/2003

Que por Resolución del MINISTERIO DE
SALUD Nº 354 de fecha 25 de junio de 2002
se dispuso la Intervención de la DIRECCION
ADMINISTRATIVA CONTABLE, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES del HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO
SOMMER.

Que por la mencionada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2003.

Autorízase con carácter transitorio a la Oficina Nacional de Tecnologías Informáticas a proveer certificados digitales para su utilización en aquellos circuitos de la Administración Pública Nacional que requieran firma digital, de acuerdo a la política de certificación vigente.
Bs. As., 14/2/2003
VISTO el Expediente Nº 453/2003 del registro de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley 25.506, el Decreto Nº 2628
de fecha 19 de diciembre de 2002, y el Decreto Nº 78 de fecha 10 de enero de 2002, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 25.506 se ha establecido la Infraestructura de Firma Digital de alcance federal, cuya reglamentación fuera aprobada por el Decreto Nº 2628/2002.
Que el Decreto 2628/2002 ha creado el Ente Administrador de Firma Digital, quien se encargará de otorgar licencias a los certificadores responsables de emitir certificados digitales, de acuerdo a las políticas de certificación vigentes en la materia.
Que a la fecha, se encuentra en proceso la puesta en funcionamiento del citado Ente, de conformidad con las atribuciones que le fueran conferidas en el Capítulo IV de la aludida reglamentación.
Que resulta necesario dar continuidad al régimen de emisión de certificados digitales hasta tanto se encuentre operativo el Ente Administrador de Firma Digital.
Que la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en orden a su responsabilidad primaria determinada por el Decreto Nº 78 de fecha 10 de enero de 2002, debe promover la utilización de la firma digital en los organismos del Sector Público Nacional actuando como Autoridad Certificante.
Que en cumplimiento de dicha responsabilidad primaria existen a la fecha aplicaciones informáticas y convenios con otras jurisdicciones para la emisión de certificados de firma digital que permitan su utilización en los respectivos ámbitos.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por Decreto Nº 1222 del 10 de julio de 2002, se designó al DOCTOR D. Nelson Roberto FEIJOO D.N.I. Nº 13.466.150 como Interventor de la referida Dirección del nosocomio.
Que por Resolución del HOSPITAL NACIONAL
DR. BALDOMERO SOMMER Nº 238 de fecha 31 de octubre de 2002, se aceptó la renuncia presentada por el DOCTOR D. Nelson Roberto FEIJOO, al cargo de Interventor de la DIRECCION ADMINISTRATIVA CONTABLE, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES a partir del 1º de noviembre de 2002.
Que ante esta situación, la titular del citado organismo ha propuesto la designación del Contador D. Javier Darío AÑEL como Interventor para asumir las tareas inherentes a la DIRECCION ADMINISTRATIVA CONTABLE, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES del mencionado Hospital.
Que como consecuencia del dictado del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha asumido el control directo e inmediato de las designaciones en el ámbito de su competencia.
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos en la Circular Nº 4/02 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 491/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Lunes 17 de febrero de 2003

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Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99
inciso 1 de la Constitución Nacional y del artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
Que por el citado Decreto Nº 491/02, se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha elevado una propuesta de prórroga de las designaciones en la Planta no Permanente de Personal Transitorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA de la SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la citada Jurisdicción, teniendo en cuenta que la continuidad de la prestación del personal de dicha planta resulta indispensable para el cumplimiento de diversos objetivos asignados a ese organismo.
Que el personal involucrado en la medida que se tramita se encuentra exceptuado de las disposiciones del artículo 6º del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002.
Que los cargos de la citada Planta no Permanente de Personal Transitorio se encuentran debidamente financiados.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogadas, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2003, las designaciones en la Planta no Permanente de Personal Transitorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del personal nominado en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida, en los cargos que en cada caso se indican.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
Decreto 285/2003
Apruébase la estructura organizativa del citado organismo descentralizado de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Secretaría de Obras Públicas de la Presidencia de la Nación.
Bs. As., 14/2/2002

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Incisos 1
y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase Interventor en la DIRECCION ADMINISTRATIVA CONTABLE, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES del HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER, al Contador D. Javier Darío AÑEL D.N.I.
Nº 22.970.711.

VISTO los Decretos Nº 355 y 357, ambos del 22 de febrero de 2002 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de necesidad y urgencia citado en primer término en el VISTO se procedió a modificar la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y modificatorias.
Que por el Decreto Nº 357/02 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias, y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos descentralizados detallados en el Anexo lIl de dicho Decreto.
Que el mismo Decreto en su artículo 19 establece la obligación de presentar a la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS la propuesta de estructura de nivel operativo aplicando una importante reducción en relación a la vigente, con el objeto de contribuir con ahorros en la actual situación de emergencia.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase con carácter transitorio y hasta tanto se encuentre la Administración Pública Nacional en condiciones de emitir certificados digitales en los términos previstos en la Ley Nº 25.506 y en su Decreto Reglamentario Nº 2628/2002, a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS
dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS a proveer certificados digitales para su utilización en aquellos circuitos de la Administración Pública Nacional que requieran firma digital, de acuerdo a la política de certificación vigente.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof.

HOSPITAL NACIONAL
DR. BALDOMERO SOMMER
Decreto 293/2003
Desígnase Interventor en la Dirección Administrativa Contable, Mantenimiento y Servicios Generales.

Art. 2º El Interventor designado percibirá una retribución equivalente a la del Nivel A Grado 7
del escalafón instituido por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SINAPA, aprobado por el Decreto Nº 993/91 - t.o.
1995 y sus modificatorios.

Que el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, organismo descentralizado de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha presentado su propuesta.

Art. 3º El gasto que demande la aplicación del presente, será atendido con cargo a las partidas específicas del HOSPITAL NACIONAL DR.
BALDOMERO SOMMER.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.

INSTITUTO NACIONAL
DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
Decreto 284/2003
Dase por prorrogadas designaciones en la Planta no Permanente de Personal Transitorio del citado Instituto, dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Bs. As., 14/2/2003

Bs. As., 14/2/2003
VISTO el Expediente Nº 1-2002-0183000471/029 del registro del HOSPITAL NACIONAL DR.
BALDOMERO SOMMER, y
VISTO la Ley Nº 25.725, el Decreto Nº 491 del 12
de marzo de 2002 sus modificatorios y complementarios y lo solicitado por la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, y
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, organismo descentralizado de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo al Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Planta Permanente y Dotación Global que, como Anexos I, Il, lIla y lllb, forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º El INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA elaborará la estructura organizativa de las aperturas inferiores a las aprobadas por el presente en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545/94, reglamentado por la Resolución SFP Nº 422/94. Hasta tanto se formalice la ratificación o designación de los titulares de las unidades que por la presente se establecen y de las aperturas inferiores que se aprueben, conservarán su vigencia los suplementos por Función Ejecutiva y por Jefatura oportunamente asignados a los responsables de las unidades existentes a la fecha.
Art. 3º Derógase el Decreto Nº 1403 del 3 de diciembre de 1996 y el Artículo 4º y Anexo II del Decreto Nº 148 del 9 de febrero de 2001.
Art. 4º EI gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 108 - INSTITUTO NACIONAL DEL AGUAde la Jurisdicción 20 PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Roberto Lavagna.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/02/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/02/2003

Page count48

Edition count9422

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