Boletín Oficial de la República Argentina del 24/01/2003 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, VIERNES 24 DE ENERO DE 2003

AÑO CXI

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 30.075
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
JORGE E. FEIJOÓ
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

DECRETOS

SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 120/2003
Establécese que el Poder Ejecutivo Nacional podrá, en forma transitoria y hasta que concluya el proceso de renegociación de los contratos de las concesiones y licencias de servicios públicos previsto en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 25.561, disponer revisiones, ajustes o adecuaciones tarifarias para dichos contratos, a fin de garantizar a los usuarios la continuidad, seguridad y calidad de las prestaciones.
Bs. As., 23/1/2003
VISTO la Ley Nº 25.561 de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario, y CONSIDERANDO:
Que por la ley citada en el Visto se ha declarado la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, delegando al PODER EJECUTIVO

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

NACIONAL las facultades para dictar las medidas que se orientaran a conjurar la grave situación que atraviesa nuestro país.
Que a través del Artículo 9º de la Ley Nº 25.561 se autorizó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a renegociar los contratos comprendidos en las disposiciones del Artículo 8º de la citada norma, entre ellos los de obras y servicios públicos.
Que, en el marco de tal delegación, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha dispuesto un conjunto de normas orientadas a materializar la renegociación de los contratos de concesión y licencia de los servicios públicos, entre las que se inscriben los Decretos Nros. 293
del 12 de febrero de 2002, 370 del 22 de febrero de 2002; 1090 del 25 de junio de 2002;
1834 del 16 de setiembre de 2002; 1839 del 16 de setiembre de 2002 y 2437 del 2 de diciembre de 2002.
Que por el Decreto Nº 293/02 se encomendó al MINISTERIO DE ECONOMIA el desarrollo del proceso de renegociación, habiéndose dictado por dicha cartera las Resoluciones Nros. 20 del 18 de marzo de 2002; 38 del 9 de abril de 2002; 53 del 15 de abril de 2002; 308
del 16 de agosto de 2002; 487 del 11 de octubre de 2002; 576 del 5 de noviembre de 2002, 671 del 22 de noviembre de 2002 y 672 del 22 de noviembre de 2002, con el objeto de reglamentar las cuestiones y procedimientos atinentes al referido proceso.
Que dentro del proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos, corresponde al ESTADO NACIONAL, asumir la responsabilidad indelegable de velar por las condiciones necesarias para garantizar la prestación de los servicios públicos a la población.
Que la potestad tarifaria reside en el Poder Administrador, como lo han sostenido la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, la PROCURACION DEL TESORO DE LA
NACION y autorizada doctrina administrativista v.: Fallos 184:306 y 322:3008; Dictámenes 145:303 y 146:20, entre otros.
Que el Alto Tribunal ha manifestado que en todo régimen de prestación indirecta de tales servicios, es decir, por intermedio del concesionario, las tarifas son fijadas o aprobadas por el Poder Público como parte de la policía del servicio Fallos 262:555.
Que, asimismo, sostiene que la responsabilidad del Estado concedente y su autoridad no se detienen en el momento del otorgamiento de la concesión y, por ello, resulta ilegítima la pretensión de que un régimen tarifario se mantenga inalterado, a lo largo del tiempo si las circunstancias imponen su modificación, ya que ello implicaría que la Administración renunciara ilegítimamente a su prerrogativa de control de la evolución de las tarifas y, en su caso, de la necesidad de su modificación Fallos 321:1784.
Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA
NACION ha dicho que la facultad de fijar o aprobar tarifas, correlativa de la de organizar el respectivo servicio público, es en principio atribución propia del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, ya se la considere como la potestad reglamentaria conferida por el art. 86, inciso 2º, de la Constitución Nacional, ya se la incluya dentro de la denominada zona de
DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

SUMARIO
Pág.

Pág.
ARANCELES
Resolución 74/2003-SAGPA
Apruébanse los aranceles por el Servicio de Desinsectación que se realiza en los Puestos de Control de la Barrera Zoofitosanitaria Patagónica, prestado por FUNBAPA.
Resolución 75/2003-SAGPA
Apruébanse los aranceles por los Servicios de Desinsectación de los vehículos que ingresan a la Provincia de San Juan, modificándose la Resolución Nº 129/97 de la ex Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

9

4

Resolución 63/2003-ANSES
Apruébanse incorporaciones al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de empleadores que desarrollan sus actividades en la provincia de San Juan.

4

Resolución 64/2003-ANSES
Apruébanse incorporaciones al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de empleadores que desarrollan sus actividades en la provincia de Formosa.

4

Resolución 65/2003-ANSES
Apruébase la incorporación al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de un empleador que desarrolla su actividad en la provincia de Salta.

5

Resolución 66/2003-ANSES
Apruébanse incorporaciones al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de empleadores que desarrollan sus actividades en la provincia de Salta.

5

Resolución 67/2003-ANSES
Apruébanse incorporaciones al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de empleadores que desarrollan sus actividades en la provincia de Chubut.

6

Resolución 68/2003-ANSES
Apruébase la incorporación al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de un empleador que desarrolla su actividad en la provincia de Entre Ríos.

7

Resolución 69/2003-ANSES
Apruébanse incorporaciones al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de empleadores que desarrollan sus actividades en la provincia de Entre Ríos.

7

EMERGENCIA AGROPECUARIA
Resolución Conjunta 2/2003-MI y 28/2003 -ME
Declárase en determinados Departamentos de la Provincia de Jujuy, a los efectos de la aplicación de la Ley Nº 22.913.
GAS NATURAL
Disposición 59/2003-SSC
Otórgase excepción a los límites permitidos de venteo de gas para dos pozos del yacimiento Borde Montuoso, perteneciente a la concesión Bajada de Palo, ubicada en la Cuenca Neuquina, en el ámbito de la provincia del Neuquén.

2

Resolución 29/2003-SSS
Acéptase la renuncia de un integrante de la Comisión Normalizadora de la Asociación de Obras Sociales de Neuquén.

8

PROGRAMA JEFES DE HOGAR
Resolución 37/2003-MTESS
Beneficiarios del citado Programa creado por el Decreto Nº 565/2002. Créanse el Componente Solidario de Reinserción Laboral y el Registro de Historia Laboral, mecanismos éstos que facilitarán la incorporación de la población alcanzada en empleos estables del sector productivo.

9

Resolución Conjunta 38/2003-ST y 11/2003-SE
Reglamentación del Componente Solidario de Reinserción Laboral, creado por la Resolución MTEySS Nº 37/2003, que tiene por objetivo la reinserción laboral, en la economía formal, de aquellos beneficiarios del Programa Jefes de Hogar que voluntariamente accedan a su participación en el mismo.

10

RADIODIFUSION
Decreto 104/2003
Prorrógase, con carácter de excepción, la exclusión de la prohibición contenida en el artículo 107 de la Ley Nº 22.285, establecida por los Decretos Nros. 2355/92 y 621/98, para las emisoras pertenecientes a las Universidades Nacionales, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Provincias y a las Municipalidades.

2

SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 120/2003
Establécese que el Poder Ejecutivo Nacional podrá, en forma transitoria y hasta que concluya el proceso de renegociación de los contratos de las concesiones y licencias de servicios públicos previsto en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 25.561, disponer revisiones, ajustes o adecuaciones tarifarias para dichos contratos, a fin de garantizar a los usuarios la continuidad, seguridad y calidad de las prestaciones.

1

SERVICIO TELEFONICO
Resolución 48/2003-SC
Apruébanse los valores de referencia de la terminación de llamada en red de destino en la modalidad abonado llamante paga en las llamadas fijo-móvil, del Servicio de Radiocomunicaciones Móvil Celular, del Servicio de Telefonía Móvil, del Servicio de Comunicaciones Personales y del Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

14

9

ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 62/2003-ANSES
Apruébase la incorporación al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de un empleador que desarrolla su actividad en la provincia de Jujuy.

Resolución 70/2003-ANSES
Requisitos que deberán cumplir las empresas encuadradas en el Decreto Nº 2701/2002 que soliciten la devolución de las asignaciones familiares que hubieren abonado a sus trabajadores.

OBRAS SOCIALES
Decreto 122/2003
Interviénese la Obra Social del Personal de Luz y Fuerza de Córdoba y desígnase al Interventor.

8

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS

3

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

14

DISPOSICIONES SINTETIZADAS

15

FE DE ERRATAS
Resolución C.37/2002-INV

14

Resolución 2783/2003-ENARGAS

14

8

CONCURSOS OFICIALES
16

Nuevos AVISOS OFICIALES
14

Nuevos
18

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/01/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date24/01/2003

Page count20

Edition count9386

First edition02/01/1989

Last issue04/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Enero 2003>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031