Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.920 1 Sección los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
12. e Deberá indicarse el monto facturado a tarifa del Cuarto Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
12. f Deberá indicarse el monto facturado a tarifa de los tramos subsiguientes previstos en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
13 Deberá indicarse el monto que correspondería facturar ajustar a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Cargo Fijo si se aplicaran las Tarifas Plenas.
14 Deberá indicarse el monto que correspondería facturar ajustar a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Factura Mínima si se aplicaran las Tarifas Plenas.
15 Deberá indicarse el monto que correspondería facturar ajustar a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Cargo por m3 Consumido si se aplicaran las Tarifas Plenas.
16 Deberá indicarse la cantidad de m3 consumidos por los usuarios a los cuales se les ha facturado ajustado el cargo por Factura Mínima.
17 Deberá indicarse la cantidad de los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Factura Mínima del período/ajuste si se aplicaran las Tarifas Plenas.
El Resumen de la Liquidación de la facturación por consumos del período anterior deberá informarse por cada uno de lo diferentes meses de ajuste que puedan incluirse en la DD.JJ.
REFERENCIAS Anexo I.c / I.d 1 Deberá indicarse el nombre completo de la Distribuidora o Subdistribuidora.
2 Deberá indicarse el nombre de la Provincia en la cual se efectuó la prestación del servicio:
BUENOS AIRES
CHUBUT
LA PAMPA
MENDOZA
NEUQUEN
SANTA CRUZ
TIERRA DEL FUEGO

3 Deberá indicarse la sucursal o centro de atención a clientes, a que corresponde la facturación detallada.
4 Para el suministro de Gas Natural, deberá indicarse el nombre de la Subzona, o de corresponder, la Localidad en la cual se efectuó la prestación del Servicio:
Bs. As. Sur Chubut Sur Cordillerano La Pampa Norte La Pampa Sur Malarge Neuquén En Invierno deberá discriminarse en: Frontera, Interior y Gran Neuquén Santa Cruz Sur Tierra del Fuego Para el suministro de GLP Indiluido por Redes, deberá indicarse el nombre de la Localidad en la cual se efectuó la prestación del Servicio:
Aluminé Alto Río Senguer Andacollo Camarones El Calafate Gob. Costa
Gob. Gregores Río Turbio José de San Martín Rospenteck Los Antiguos Tecka Loncopué Tricao Malal Perito Moreno 28 de Noviembre Río Mayo Dufour
5 Deberá indicarse la unidad operativa o centro de facturación que comprende a las distintas sucursales o centros de atención al cliente.
6 Deberá indicarse la fecha de emisión de la facturación del período informado en la DDJJ en formato DD-MM-AA.
7 Deberán indicarse los distintos recorridos de lecturistas que integran la DDJJ de consumos del período o ajustes de períodos anteriores.
8 Deberán indicarse los distintos grupos de facturación que integran la DDJJ de consumos del período o ajustes de períodos anteriores.
9 Deberá indicarse la fecha de inicio del período incluido en la DDJJ en formato DD-MM-AA.
10 Deberá indicarse la fecha de finalización del período incluido en la DDJJ en formato DDMM-AA.
11 Deberá indicarse el mes y el año a que corresponde la Liquidación en formato MM-AAAA.

12 Deberá indicarse la cantidad de facturas por consumos residenciales emitidas durante el período liquidado Sin incluir ajustes de facturación de meses anteriores.
13 Deberá indicarse la cantidad de ajustes por consumos residenciales correspondientes a facturación de meses anteriores Positivos y negativos practicados durante el período liquidado.
14 Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados durante el período sin incluir ajustes de facturación de meses anteriores.
15 Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados por ajuste de consumo residencial de gas de meses anteriores.
16 Detalle de consumos m3 facturados a tarifa diferencial, en el período:
16. a Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a usuarios comprendidos en el Sub-Tramo Consumo Mínimo Sólo Provincia de Chubut.
16. b Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Primer Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
16. c Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Segundo Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
16. d Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Tercer Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
16. e Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Cuarto Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
16. f Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Quinto Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
Para aquellas Subzonas en las que no exista el Sub-Tramo Consumo Mínimo o en las que las escalas contemplen una cantidad inferior de tramos, las columnas correspondientes a tramos inexistentes deberán completarse con CERO 0.
17 Detalle de consumos m3 facturados a tarifa diferencial, por ajuste de períodos anteriores:
17. a Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a usuarios comprendidos en el Sub-Tramo Consumo Mínimo Sólo Provincia de Chubut.
17. b Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Primer Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.

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17. c Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Segundo Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
17. d Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Tercer Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
17. e Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Cuarto Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
17. f Deberá indicarse la cantidad de m3 facturados a tarifa del Quinto Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.

para atender sus sugerencias y reclamos en la Sede Central Suipacha 767, Piso 2º - Capital Federal de 11.30 a 16 hs.
Tel/Fax 4322-4055/6

Para aquellas Subzonas en las que no exista el Sub-Tramo Consumo Mínimo o en las que las escalas contemplen una cantidad inferior de tramos, las columnas correspondientes a tramos inexistentes deberán completarse con CERO 0.
18 Deberá indicarse el monto facturado ajustado a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Cargo Fijo.
19 Deberá indicarse el monto facturado ajustado a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Cargo por m3 Consumido.

Jueves 13 de junio de 2002

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19. a Deberá indicarse el monto facturado a usuarios comprendidos en el Sub-Tramo Consumo Mínimo Sólo provincia de Chubut.
19. b Deberá indicarse el monto facturado a tarifa del Primer Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
19. c Deberá indicarse el monto facturado a tarifa del Segundo Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
19. d Deberá indicarse el monto facturado a tarifa del Tercer Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
19. e Deberá indicarse el monto facturado a tarifa del Cuarto Tramo de Consumo previsto en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
19. f Deberá indicarse el monto facturado a tarifa de los tramos subsiguientes previstos en los correspondientes Cuadros Tarifarios Diferenciales.
20 Deberá indicarse el monto total que correspondería facturar ajustar a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de cargo por m3 consumido si se aplicaran Cuadros Tarifarios Diferenciales.
21 Deberá indicarse el monto que correspondería facturar ajustar a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Cargo Fijo si se aplicaran las Tarifas Plenas.
22 Deberá indicarse el monto que correspondería facturar ajustar a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Factura Mínima si se aplicaran las Tarifas Plenas.
23 Deberá indicarse el monto que correspondería facturar ajustar a los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Cargo por m3 Consumido si se aplicaran las Tarifas Plenas.
24 Deberá indicarse la cantidad de m3 consumidos por los usuarios a los cuales se les ha facturado ajustado el cargo por Factura Mínima.
25 Deberá indicarse la cantidad de los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Factura Mínima del período/ajuste si se aplicaran las Tarifas Plenas.
26 Deberá indicarse la cantidad de facturas para los usuarios por consumo residencial de gas en concepto de Factura Mínima del período/ajuste si se aplicaran las Tarifas Plenas.
27 Deberá indicarse los distintos conceptos que integran la facturación del período ajuste sobre los cuales se solicita subsidio.
28 Deberá indicarse los importes de facturación del período/ajuste de los conceptos descriptos en el punto 27, si se aplicara el Régimen Diferencial.
29 Deberá indicarse los importes de facturación del período/ajuste de los conceptos descriptos en el punto 27, si se aplicaran las Tarifas Plenas.
30 Deberá indicarse los importes de Subsidio, resultantes del período/ajuste de los conceptos descriptos en el punto 27.
31 Deberá indicarse la cantidad de facturas emitidas bimestralmente del período/ajuste de períodos anteriores.
32 Deberá indicarse la cantidad de facturas emitidas mensualmente del período/ajuste de períodos anteriores.
El Resumen de la Liquidación de la facturación por consumos del período anterior deberá informarse por cada uno de los diferentes meses de ajuste que puedan incluirse en la DD.JJ.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2002 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/06/2002

Page count32

Edition count9412

First edition02/01/1989

Last issue30/07/2024

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