Boletín Oficial de la República Argentina del 17/05/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.400 1 Sección
Miércoles 17 de mayo de 2000

15

CONSIDERANDO:
TEXTO ORDENADO
Sección
Punto
3.

Párrafo
NORMA DE ORIGEN
Com.

Anexo
Punto
Párrafo
Observaciones
3.1.7.

A 2932

único
3.1.7.

3.

3.1.8.

A 2216

I

1.

3º, g
Según Com. A 2932

3.

3.1.9.

A 2932

I

3.1.

3º, h
Según Com. A 2932

3.

3.1.10.

A 2932

I

3.1.

3º, i
Según Com. A 2932

3.

3.1.11.

A 2932

único
3.1.11.

3.

3.1.12.

A 2932

único
3.1.12.

3.

3.1.13.

A 2932

único
3.1.13.

3.

3.1.14.

A 2932

único
3.1.14.

3.

3.1.15.

A 2932

único
3.1.15.

3.

3.1.16.

A 2932

único
3.1.16.

3.

3.1.17.

A 2419

1.

3.

3.1.18.

A 2932

único
3.1.18.

3.

3.1.19.

A 2932

único
3.1.19.

3.

3.1.20.

A 3114

3.

3.2.

A 2217

Según Com. A 3104

Que resulta necesaria la designación de nuevos representantes del FISCO NACIONAL para actuar en dicha materia, mediante su incorporación en la referida Planilla Anexa.
Que la Región Rosario II ha formulado la propuesta respectiva, que cuenta con el dictamen favorable de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, previsto por el artículo 66 de la Ley Nº 24.946 y la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III.
Que ha tomado la debida intervención la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.
Que de acuerdo a lo normado por los artículos 4º, 6º y 9º del Decreto Nº 618/97, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

1º, ii
Modificado por Com.
A 2932

ARTICULO 1º Incorporar a la Planilla Anexa al Artículo 1º de la Disposición Nº 500/98 AFIP a las Abogadas Eugenia Lis RIDOLFI D.N.I. Nº 23.082.814 y Viviana del Carmen MORGANTI D.N.I.
Nº 21.417.496 facultándolas a ejercer la representación judicial de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en los juicios universales por deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social con los mismos alcances y efectos.
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. CARLOS SILVANI, Administrador Federal.
e. 17/5 Nº 317.310 v. 17/5/2000

2.
II

Que por Disposición Nº 500/98 AFIP se unificó la representación de juicios universales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social, emitiéndose el listado de Representantes del Fisco Nacional en la Planilla Anexa al artículo 1º de la misma.


MINISTERIO DE ECONOMIA
e. 17/5 Nº 317.148 v. 17/5/2000

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
REGION PARANA

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION B 6694 - 08/05/00. Ref.: Circular RUNOR 1 - Capítulo I - Punto 2.2. Número de las Cuentas Corrientes abiertas en el B.C.R.A.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles el número de las cuentas corrientes abiertas en el Banco Central.
La nómina adjunta actualiza la publicada mediante Comunicación B 6668 del 7 de marzo de 2000, de acuerdo con la información dada a conocer por la Gerencia de Autorización de Entidades Financieras.
Al respecto les recordamos que, en cada oportunidad en que las entidades financieras suscriban cualquier tipo de documentación referida a sus cuentas corrientes en el Banco Central, deben consignar correctamente los números y denominaciones que correspondan.
Asimismo se aclara que la errónea consignación del número de su cuenta corriente no hará responsable al B.C.R.A. de los eventuales perjuicios derivados de la incorrecta imputación de los fondos.
ANEXOS: LA DOCUMENTACION NO PUBLICADA, PUEDE SER CONSULTADA EN EL BANCO
CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SECRETARIA GENERAL Mesa de Entradas - Distribución - Sarmiento 454/6 - Capital Federal.
e. 17/5 Nº 317.150 v. 17/5/2000

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION B 6695. 08/05/00. Ref.: Circular CREFI-2. Capítulo I. Instalación, fusión y transformación. Mercobank S.A. Fusión por absorción de Banco Transandino S.A.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que, de acuerdo a la autorización oportunamente conferida, en la fecha Mercobank S.A. concreta la fusión por absorción de Banco Transandino S.A.
Consecuentemente, a partir de la fecha queda revocada en los términos del artículo 44, incisos a y b de la Ley de Entidades Financieras, la autorización que tenía Banco Transandino S.A. para funcionar como banco comercial, pasando sus casas a integrar las filiales de Mercobank S.A.
e. 17/5 Nº 317.153 v. 17/5/2000

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 322/2000
Incorporación a la Planilla Anexa al Art. 1º de la Disposición Nº 500/98 AFIP. Abogadas Eugenia Lis RIDOLFI y Viviana del Carmen MORGANTI.
Bs. As., 4/5/2000
VISTO la Disposición Nº 500/98 AFIP y las necesidades funcionales de la Región Rosario II, y
Resolución Nº 76/2000
VISTO lo establecido en la Resolución General Nº 3423 - Capítulo II y teniendo en cuenta que los contribuyentes involucrados han sido notificados fehacientemente de su inclusión al sistema de control especial establecido por dicha resolución y lo previsto en el artículo 100 in fine de la ley 11.683 t.o.
en 1998 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que en esta oportunidad resulta necesario mediante la publicación de edictos, notificar la exclusión al citado régimen, ya que no se localiza el domicilio fiscal o no se conoce su domicilio real.
Por ello y en virtud de las facultades otorgadas por los artículos 9º y 10º del Decreto 618/97.
EL JEFE INTERINO DE LA
REGION PARANA DE LA
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Ordenar la publicación de edictos correspondiente a la nómina de contribuyentes que se incluyen en anexo que forma parte del presente artículo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos hace saber a los contribuyentes y/o responsables que quedan excluidos del Sistema Integrado de Control Especial, reglado por el Capítulo II de la Resolución General nº 3423.
La exclusión surtirá efectos después de transcurridos cinco días 5 días desde la última publicación.
Publíquese durante cinco 5 días en el Boletín Oficial.
ARTICULO 2º Remítase copia de la presente a Ia Dirección de Secretaría General para su publicación.
CONTRIBUYENTES EXCLUIDOS DEL CONTROL DE LA RES. GRAL. Nº 3423 CAPITULO
II DSTO. C. DEL URUGUAY
C.U.I.T. Nº
APELLIDO Y NOMBRES O DENOMINACION

30-67080108-6
23-05835072-9
30-50302675-5
20-05808013-7
27-17678844-0
27-06076646-6
20-11288456-5
20-08592755-9
20-05812009-0
27-18072111-3
27-20416924-7
30-53437523-5
30-54311846-6
30-54312160-2
30-56775369-3
30-59828671-6
30-67075317-0
30-67078729-6
20-05789767-9

MARSO MARIA CRISTINA Y MARSO HUGO
PIOLI SILVIO FERNANDO
ALBACE INDUSTRIAL Y COMERCIAL S A.
GARNIER CELSO NICANDRO
GALLEGOS ESTER NATIVIDAD BUENAR
RUFFOLO ADELINA SALAS DE
ALBEIRA HECTOR RAUL
NOIR RAUL OSCAR
KOCH HECTOR ABEL
NAON JULIA BEATRIZ ARRIGO
PEYCHAUX MARIA ANDREA DELORENZI
COOP DE PROVISION PARA FARMACEUTICOS
EDUARDO JESUS BARBARA Y FRANCISCO JOSE
HORIZONTE S A C A I.F.I.
GRADIZUELA RODOLFO RICARDO Y BRUCHEZ O.
ENERGIA S.A
VAZON HECTOR MAURO Y VAZON MAURO HECTOR
IMPINI OFELIA MARIA IMPINI MIRTA MARIA
CAZZULINO MIGUEL JUSTO

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/05/2000 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/05/2000

Page count20

Edition count9411

First edition02/01/1989

Last issue29/07/2024

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