Boletín Oficial de la República Argentina del 10/03/2000 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.355 1 Sección CONSIDERANDO:

Por ello, LA SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º Considéranse sujetos al beneficio establecido por los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A.
por las importaciones de bienes de capital de ALTO
PARANA SOCIEDAD ANONIMA destinados a la fabricación de pasta celulósica cuyo detalle figura en el Anexo I de la presente Resolución según la N.C.M. que en TRES 3 planillas forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en oportunidad de la adquisición de los bienes de capital objeto de la financiación estipulada en el Artículo 2º de la Ley Nº 24.402 y/o del compromiso de exportación dará lugar a la aplicación del Artículo 3º de la Ley Nº 24.402.
Art. 3º A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA notifíquese a ALTO PARANA
SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Débora Giorgi.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 65
POSICION ARANCELARIA

MONTO DEL l.V.A.

7309 00.90
8402.90.00
8404.10.10
8404.20.00
8413.70.90
8413.81.00
8413.91.00
8416.20.90
8417.90.00
8419.50.90
8419.89.40
8419.90.40
8421.29.30
8421.29.90
8421.39.90
8421.99.10
8421.99.90
8428.39.90
8439.10.90
8439.91.00
8474.39.00
8479.82.10
8479.82.90
8479.90.90
8481.10.00
8481.30.00
8481.80 92
8481.80.93
8481.80.94
8481.80.95
8481.80.97
8481.80.99
8481.90.90
8501.52.10
8501.53.10
8609.00.00
9022.29.00
9027.90.99
9031.80.90

$
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96.746,92
66.861,32
23.843,21
17.085,97
111.087,71
495,79
11.163,96
3.885,00
20.355,85
18.555,84
359.587,49
12.492,12
13.941,46
391.569,72
19,49
3.761,10
1.235,35
4.993,60
504.460,73
15.247,68
9.156,19
544,16
14.584,33
34.520,13
13.867,73
3.284,93
62,61
11.922,31
24.510,18
2.173,50
1.951,90
446,60
4.365,79
833,51
37.155,12
475,28
5.520,36
1.519,58
1.248,71

Total a Financiar
$ 1.845.533,26

SON PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS
CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES CON 26/100.

Secretaría de Industria, Comercio y Minería INDUSTRIA
Resolución 66/2000
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402, montos correspondientes al I.V.A. de las importaciones de bienes de capital de la firma Flooring S.A. destinados a la producción, comercialización, transformación, elaboración e industrialización de materiales para la construcción, revestimiento de pisos, paredes y zócalos.

Que la firma FLOORING S.A. ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Financiamiento del I.V.A. conforme la Ley Nº 24.402 para la financiación de créditos equivalentes al Impuesto al Valor Agregado pagado por importaciones de bienes de capital destinados a la producción, comercialización, transformación, elaboración e industrialización de materiales para la construcción, revestimiento de pisos, paredes y zócalos Que la firma FLOORING S.A. ha adquirido un compromiso para la obtención de una Certificación de Calidad, según la Norma ISO
9002.
Que la mencionada firma ha asumido un compromiso de exportación de acuerdo al Anexo I de la Resolución Conjunta ex. S. M. e I.
Nº 68 y ex. S. C. e I. Nº 70 de fecha 12 de febrero de 1996.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 66
POSICION ARANCELARIA

MONTO DEL l.V.A.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 11 del Decreto Nº 779 de fecha 31 de Mayo de 1995 y el Artículo 5º de la Resolución S. I. C. y M. Nº 40 de fecha 23
de enero de 1997.

Por ello, LA SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:

Artículo 1º Considéranse sujetos al beneficio establecido por los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A.
de las importaciones de bienes de capital de la firma FLOORING S.A. destinados a la producción, comercialización, transformación, elaboración e industrialización de materiales para la construcción, revestimiento de pisos, paredes y zócalos cuyo detalle figura en el Anexo 1, según la N. C. M. y que en UNA 1 planilla forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º Atento a lo requerido por el Artículo 1º de la Resolución Conjunta ex-S. M. e I. Nº 68 y ex-S. C. e I. Nº 70 de la fecha 12 de febrero de 1996, la firma deberá dar cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo 2º de la Resolución Conjunta ex-S. M. e I. Nº 70 y ex-S. C. e I. Nº 72
de fecha 12 de febrero de 1996, a la presentación del correspondiente certificado de Norma Internacional de Calidad.
Art. 3º El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en oportunidad de la adquisición de los bienes de capital objeto de la financiación estipulada en el Artículo 2º de la Ley Nº 24.402 y/o de la presentación del certificado de Norma Internacional de Calidad y/o del compromiso de exportación dará lugar a la aplicación del Artículo 3º de la Ley Nº 24.402.
Art. 4º A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA notifíquese a la firma FLOORING S.A.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Débora Giorgi.

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nidad de la adquisición de los bienes de capital objeto de la financiación estipulada en el Artículo 2º de la Ley Nº 24.402 y/o del compromiso de exportación dará lugar a la aplicación del Artículo 3º de la Ley Nº 24.402.

8414.80.90
8422.30.29
8422.40.90
8428.33.00
8428.39.20
8428.90.90
8441.30.90
8465.91.20
8465.92.11
9031.80.60

$
$ $
$ $
$ $
$ $
$

11.812,50
29.287,08
29.195,89
27.859,26
5.399,31
131.442,10
18.908,33
69.537,17
153.885,25
2.060,76

Art. 3º A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA notifíquese a la firma BASSO
S.A.

TOTAL A FINANCIAR

$

479.387,66

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 67

SON PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y
NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE
CON 66/100.

Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA
Que del análisis efectuado, surge que los bienes de capital se encuadran dentro de los objetivos fijados por la Ley Nº 24.402 y que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto Nº 779 de fecha 31
de Mayo de 1995 reglamentario de la Ley Nº 24.402 y su Anexo correspondiente.

Bs. As., 6/3/2000
VlSTO el Expediente Nº 061-005780/99 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
Viernes 10 de marzo de 2000

Resolución 67/2000
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402, montos correspondientes al I.V.A. de las importaciones de bienes de capital de la firma Basso S.A. destinados a la fabricación de válvulas para motores de explosión.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Débora Giorgi.

POSICION ARANCELARIA

MONTO DEL l.V.A.

8412.80.00
8421.29.90
8421.99.90
8458.11.90
8462.10.90
8466.93.30
8466.94.10
8515.31.00

$
$ $
$ $
$ $
$

1.393,07
1.897,81
1.209,57
19.630,80
44.405,29
2.243,66
3.292,71
33.453,00

TOTAL A FINANCIAR

$

107.525,90

SON PESOS CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS
VEINTICINCO CON 90/100.

Bs. As., 6/3/2000
VISTO el Expediente Nº 061-009985/99 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Secretaría de Industria, Comercio y Minería
Que la firma BASSO S.A. ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Financiamiento del I.V.A. conforme la Ley Nº 24.402 para la financiación de créditos equivalentes al Impuesto al Valor Agregado pagado por importaciones de bienes de capital destinados a la fabricación de válvulas para motores de explosión.

INDUSTRIA

Que la firma BASSO S.A. ha obtenido una Certificación de Calidad, según la Norma lSO
9001.

Resolución 68/2000
Considéranse sujetos al beneficio establecido por la Ley Nº 24.402, montos correspondientes al I.V.A. de las importaciones de bienes de capital de Petroken Petroquímica Ensenada S.A. destinados a la producción y comercialización de productos petroquímicos.
Bs. As., 6/3/2000

Que la mencionada firma ha asumido un compromiso de exportación de acuerdo al Anexo I de la Resolución Conjunta ex-S. M. e I.
Nº 68 y ex-S. C. e I. Nº 70 de fecha 12 de febrero de 1996.

VISTO el Expediente Nº 061-008556/99 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y
Que del análisis efectuado, surge que los bienes de capital se encuadran dentro de los objetivos fijados por la Ley Nº 24.402 y que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto Nº 779 de fecha 31
de mayo de 1995 reglamentario de la ley Nº 24.402 y su Anexo correspondiente.

Que la firma PETROKEN PETROQUIMICA
ENSENADA S A. ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Financiamiento del I.V.A. conforme la Ley Nº 24.402
para la financiación de créditos equivalentes al Impuesto al Valor Agregado pagado por importaciones de bienes de capital destinados a la producción y comercialización de productos petroquímicos.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDlCOS DEL MlNlSTERIO DE
ECONONIA ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 11 del Decreto Nº 779 de fecha 31 de mayo de 1995 y el Artículo 5º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 40 de fecha 23
de enero de 1997.
Por ello, LA SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º Considéranse sujetos al beneficio establecido por los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A.
de las importaciones de bienes de capital de la firma BASSO S.A. destinados a la fabricación de válvulas para motores de explosión cuyo detalle figura en el Anexo I, según la N.C.M. y que en UNA 1 planilla forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en oportu-

CONSIDERANDO:

Que la firma PETROKEN PETROQUIMICA
ENSENADA S.A ha adquirido una Certificación de Calidad según la Norma ISO 9001.
Que la mencionada firma ha asumido un compromiso de exportación de acuerdo al Anexo I de la Resolución Conjunta ex-S. M. e I.
Nº 68 y ex-S. C. e I. Nº 70 de fecha 12 de febrero de 1996.
Que del análisis efectuado surge que los bienes de capital se encuadran dentro de los objetivos fijados por la Ley Nº 24.402 y que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto Nº 779 de fecha 31
de mayo de 1995, Reglamentario de la Ley Nº 24.402 y su Anexo correspondiente.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA
ha tomado la intervención que le compete opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 11 del Decreto Nº 779/95
y el Artículo 5º de la Resolución S.I.C. y M.
Nº 40/97 de fecha 23 de enero de 1997.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/03/2000 - Primera Sección

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CountryArgentina

Date10/03/2000

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First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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