Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/1999 - Primera Sección

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BOLETIN OFICIAL Nº 29.217 1 Sección ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Viernes 27 de agosto de 1999

22

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución ENRE Nº 955/99

ADUANA DE CONCORDIA

ACTA Nº 480

Se comunica a las siguientes personas que por los expedientes que se tramitan por ésta se han formulado cargos, cuyos importes, abajo detallados, deberán abonarse dentro de los 10 diez días hábiles a partir de la fecha de esta publicación. Vencido el plazo, dicho importe será exigido con más los accesorios que prevén los arts. 794 y 799 del Código Aduanero, Ley 22.415, bajo apercibimiento de lo prescripto en los arts. 1122, 1125 del mismo cuerpo legal. Queda/n Ud/s notificado/s. Lugar de Pago: Bco. Nación Argentina, Suc. Cdia. Fdo.: RAUL O. LAVINI, Administrador Aduana de Cdia.
SA16 Nº
INTERESADO

CARGO Nº
IMPORTE

19/91
524/93
525/93
531/93
920/93
1030/93
1283/93
1395/93
88/94
148/94
221/94
286/94
23/95
28/95
32/95
43/95

ALVES de PERDOMO, María Aparecida DE LOS SANTOS BENITEZ, Luis RAMIREZ, Osvaldo Marcelo SORIA, Beatriz Carmen CASTILLO, Julia Elodia SISLO, Oscar Bernardo AMBROSIO, Roberto ROLDAN, Carmen Antonio NICASIO, Mario BAÑOS, Oscar Eduardo CANTERO, Erminda ESCOBAR SALAS, María Cecilia GOMEZ, Francisco Luis GODOY, Marcelo MOYA, Beatriz Violeta GODOY, Marcelo Rubén
244/99
247/99
246/99
245/99
174/99
218/99
233/99
183/97
222/99
239/99
252/99
261/99
272/99
262/99
271/99
291/99

$
$ $
$ $
$ $
$ $
$ $
$ $
$ $
$

4.252,98
1.129,07
2.262,37
8.891,40
1.012,26
5.626,82
1.018,60
1.003,47
2.222,72
1.822,84
2.192,30
1.938,08
1.529,69
14.164,04
9.583,04
11.244,42

Expediente ENRE Nº 6051/99
Bs. As., 19/8/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: a Sancionar a TRANSENER S.A., en la suma PESOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON DIECISEIS CENTAVOS $ 179.571,16 correspondientes al mes de diciembre de 1998, por incumplimiento del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detale, duración y montos de penalización se efectúa en el Anexo a este acto del cual forma parte integrante; 2 Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en el Anexo de esta Resolución, efectúe los descuentos correspondientes sobre la liquidacion de venta de TRANSENER S.A 3 Notifiquese a TRANSENER S.A. y a CAMMESA Fdo. DANIEL MUGUERZA, Vocal Tercero. ESTER B. FANDIÑO, Vocal Primera. ALBERTO E. DEVOTO, Vicepresidente.
JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
El anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRIIDAD, Avda. Madero Nº 1020, 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.
e. 27/8 Nº 289.388 v. 27/8/99
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 954/96

Sección Contabilidad y Administración Económica Financiera, 20/8/99.
e. 27/8 Nº 289.318 v. 27/8/99

ACTA Nº 480
Expediente ENRE Nº 3053/96

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Bs. As., 19/8/99
ADUANA DE IGUAZU
Se cita a los interesados que más abajo se detallan para que dentro de los DIEZ 10 días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, y bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana Art. 1001 del C.A., bajo apercibimiento del Art. 1004
C.A. Fdo. CARLOS G. ARRIBILLAGA, Administrador Aduana de Iguazú.
SUMARIO
SA29

INTERESADOS

INF. ART.

99-160
99-167
99-168
99-173
99-180
99-181
99-182
99-185

DUARTE GENARA, DNI 12.026.635
CACERES CANDIDO, CI P 1.633.861
PINHEIRO JOAO LUIZ, CI Br 3.030.896-4
ESCOBAR VICENTA ELIZABET, CI P 842.664
OTAZO ALCARAZ FIDEL, CI P 1.117.118
ACEVEDO LOPEZ PABLO J. CI P 3.388.773
GIMENEZ ACOSTA JUAN B. CI P 1.406.720
CARDOZO PAUBLINO, CI P 968.110

985/6
985
986
986
947
947
947
986

MONTO MULTA
ART. 930/2 C.A.
$ $
$ $

5.281,59
985,13
3.216,68
9.678,64

$
4.817,87
e. 27/8 Nº 289.315 v. 27/8/99

ADUANA DE PASO DE LOS LIBRES
El Administrador de la Aduana de Paso de los Libres conforme al art. Nº 1013 del Código Aduanero, notifica a los interesados que se detallan a continuación, los importes que adeudan a esta Administración por multas según expedientes que detallan a continuación, bajo apercibimiento de proceder al cobro vía judicial, cumplido el plazo de 10 días a partir de esta publicación. Firmado Administrador de la Aduana de Paso de los Libres.
FECHA

EXPEDIENTE

13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99
13/08/99

SC42-89-1118
SC42-89-1173
SC42-93-1010
SC42-94-0086
SC42-94-0204
SC42-94-0472
SC42-94-0764
SC42-94-0887
SC42-94-0887
SC42-94-0908
SC42-94-0908
SC42-94-0917
SC42-94-0917
SC42-94-0918
SC42-94-0918
SC42-94-0924
SC42-94-0924
SC42-94-0925
SC42-94-0926
SC42-94-0926
SC42-94-0927
SC42-94-0927
SC42-94-0928
SC42-95-0928
SC42-94-1012
SC42-94-1013
SC42-94-0073
SC42-95-0266
SC42-95-0308
SC42-95-0414

INTERESADO
DULLOR MELLO JOAO G.
BELMONTE LEONEL I.
SOLIZ CORONADO G.
ORTIZ SARMENTO N.
FAJARO SOTOMAYOR M.
DA COSTA ROCHA C.A.
GOMEZ TOMAS ANTONIO
G. ESTIGARRIBIA LUIS
DIAZ P. MARTINEZ A.
COLMAN RICARDO
SOLIZ EDUARDO
LOPEZ ALBINA
BOGADO MARIA
ROJAS MARCELO
ORELLANO MARCOS
PORTILLO MARCELA
HEREDIA JOSE
LOPEZ MARIA
ESCOBAR JUAN
MIÑO JUAN
GOMEZ LAURA
LOPEZ MARIA
BLANCO PABLO
CACHETE JOSE
SCHOLZ JOSE LUIS
FERREYRA DIAZ A.
M. DA SILVA LEONEL
CABRERA LIDIO RAMON
MOTTA ROMAN VICENTE
UBIROCI DA SILVA F.

DOCUMENTO Nº
IMPORTE

CIB 6004306012
CIB 2020042012
CIPF 8.367.742
CIB 1110337-0
CICH 9688996-8
CREA 54353-0
CIPF 8.529.655
C.I. 381.348
CI 250.190
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADA
INDOCUMENTADA
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADA
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADA
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADA
INDOCUMENTADA
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADO
INDOCUMENTADO
CIB 6035688024
CIB 20.024.432
CI 740138713036
CIPM 211.258
CI 1033764364

5.303,72
2.757,80
1.127,23
1.342,65
9.737,25
2.670,00
2.007,29
3.341,85
3.341,85
2.129,16
2.129,16
2.129,16
2.129,16
5.171,43
5.171,43
2.104,20
2.104,20
1.115,65
3.346,95
3.346,95
2.231,50
2.231,50
2.231,30
2.231,30
1.126,19
3.388,58
1.101,00
6.837,16
18.646,80
4.119,72

RAUL R. ZAFFARONI, Administrador Aduana Paso de los Libres.
e. 27/8 Nº 289.272 v. 27/8/99

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 EDENOR
S.A., deberá abonar directamente a cada uno de los tres usuarios individualizados en el Cuadro 1 de Conexiones del Informe técnico, obrante a fojas 137, las multas que resulten de la aplicación de lo establecido en el punto 5.5.3.1 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión, por incumplimiento a los plazos estipulados en el punto 4.1 del Subanexo 4 del mencionado Contrato; 2 Aplicar a EDENOR
S.A., conforme lo dispuesto en los puntos 6.3. y 6.7. del Subanexo 4 del Contrato de Concesión, una multa en pesos equivalente a 440.000 kWh, calculada conforme la instrucción impartida mediante Nota ENRE Nº 20.046, por los once incumplimientos a lo dispuesto en el artículo 25 incisos x e y del Contrato de Concesión, y en los puntos 2.1, 2.2, 2.3 y 2.5 del Anexo II a la Resolución ENRE Nº 25/93;
3 Los importes resultantes de las multas dispuestas en el artículo primero deberán ser acreditadas mediante bonificaciones a partir de la primera facturación que la Distribuidora emita a los usuarios afectados transcurridos quince 15 días contados a partir de la notificación de la presente. De existir créditos remanentes la Distribuidora deberá incluirlos en las facturaciones siguientes, por un término máximo de seis 6 meses contados apartir de la notificación de este acto. En su caso la última facturación que se emita dentro de dicho plazo, deberá contener el crédito del usuario y una mención en el sentido de que éste podrá optar por recibir dicho crédito en efectivo en las oficinas que la Distribuidora habilite a tal fin, mediante la sola exhibición de la factura y dentro de los quince 15 días siguientes a la recepción de esa factura; 4 Dentro de los treinta días hábiles administrativos contados a partir del vencimiento del plazo indicado en el artículo anterior, EDENOR S.A. deberá informar al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD sobre el cumplimento del proceso de acreditación de las bonficaciones por multa a los usuarios afectados y de los pagos en efectivo por eventuales sumas remanentes a favor de los mismos, mediante documentación certificada por Auditor Externo o Contador Público Independiente cuya firma se encuentre certificada por el Consejo Profesional respectivo, todo ello bajo apercibimiento de ejecución; 5 La acreditación de los importes a que se refiere el artículo primero deberá consignarse en las facturas de los usuarios a quienes corresponda con la siguiente inscripción: Bonificación por multa Res. ENRE Nº 954/99; 6 Para el caso de clientes dados de baja durante o después del período controlado EDENOR S.A. deberá mantener a su disposición las bonficaciones correspondientes y fijar lugares de pago en los horarios habituales de atención al público como mínimo en la cabecera de cada sucursal; 7 Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior la Distribuidora deberá efectuar dos publicaciones de un 1 día cada una, con una diferencia de treinta 30 días hábiles administrativos entre ambas, en por lo menos dos 2 diarios de gran circulación en el área de concesión. Esas publicaciones deberán incluir el detalle de los usuarios dados de baja por orden alfabético apellido y nombre, el número de identificador/cuenta del suministro correspondiente, el importe de la penalidad en pesos, así como también los lugares y horarios en que esta bonificacion se encuentre a disposición de los clientes dados de baja. El encabezamiento del aviso deberá especificar que se trata de las bonificaciones que deben percibir los usuarios dados de baja, el período de control al que corresponden esas bonificaciones, y que quienes continúan siendo usuarios de la Distrubidora percibirán los importes mediante bonificaciones en sus facturas, en los términos de lo instruido en el artículo 4º de la presente Resolución; 8 Las publicaciones a que se refiere el artículo precedente se efectuarán en la oportunidad que el Organismo lo determine; 9
El importe de la multa establecida en el segundo artículo de la presente Resolución deberá ser depositado, dentro de los diez 10 días hábiles administrativos contados a partir de notificada la presente, en la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora Fondos de Terceros Nº 2915/89 del Banco de la Nación ARgentina, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución; 10 EDENOR S.A., deberá entregar al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, copia firmada por representante o apoderado de la Distribuidora, de la documentación respaldatoria del depósito a que se refiere el artículo precedente, dentro de los dos 2 días hábiles administrativos contados a partir de efectuado el depósito, bajo apercibimiento de ejecución; 11 Notifíquese a EDENOR S.A. Fdo.
DANIEL MUGUERZA, Vocal Tercero. ESTER B. FANDIÑO, Vocal Primera. ALBERTO E. DEVOTO, Vicepresidente. JUAN ANTONIO LEGISA, Presidente.
e. 27/8 Nº 289.389 v. 27/8/99
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 951/99
ACTA Nº 480
Expediente ENRE Nº 6369/99
Bs. As., 19/8/99
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1 Autorizar a la Concesionaria HIDROELECTRICA PICHI PICUN LEUFU S.A. a mantener una guardia técni-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/1999 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date27/08/1999

Page count28

Edition count9386

First edition02/01/1989

Last issue04/07/2024

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