Boletín Oficial de la República Argentina del 29/04/1998 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.887 1 Sección Comisión Nacional de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES
Resolución 551/98
Inclúyese a Disnorth S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Bs. As., 22/4/98
VISTO el expediente Nº 1692 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES de 1998, y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma DISNORTH S.R.L. ha solicitado su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que en relación a lo peticionado han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto Nº 1187/93 modificado por el Decreto Nº 115/97.
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento a la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 48/49 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

BOLETIN

4

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Que en consecuencia procede disponer la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la firma denominada DISNORTH S.R.L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º inciso d del Decreto Nº 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC Nº 31/98.

Miércoles 29 de abril de 1998

AVISO DE VENCIMIENTO
DE LAS SUSCRIPCIONES
Si vuestra suscripción al Boletín Oficial está próxima a vencer, le informamos además sobre una nueva opción de lectura, la vía Internet.

BOLETIN IMPRESO
Por ello, EL DIRECTOR DE LA COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º Declárase que la empresa DISNORTH S.R.L. ha cumplido con la totalidad de los requisitos, previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, para su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, por lo que se entiende su calidad de Prestador de Servicios Postales.
Art. 2º Inscríbase a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número QUINIENTOS VEINTINUEVE 529.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dir ección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. Federico N. A. Luján de la Fuente.

SUSCRIPCION ANUAL
1 Sección Legislación $ 200.2 Sección Contratos Sociales y Civiles $ 225.3 Sección Contrataciones $ 260.EJEMPLAR COMPLETO $ 685.Para evitar la suspensión del servicio deberán renovar antes de la fecha de vencimiento.

BOLETIN EN INTERNET
Desde el 25 de noviembre de 1997, la 1 Sección Legislación y Avisos Oficiales, es transmitida informáticamente Vía Internet.
Las características de nuestro nuevo servicio, son las siguientes:

ACCESO LIBRE Y GRATUITO
A los Sumarios de Legislación de las ediciones desde el 1-9-1997.
También podrá informarse con referencia a Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones y Disposiciones; consultando por tema, Nº de Norma o por fecha de publicación y obtener una breve síntesis de sus contenidos.

ACCESO TARIFADO POR SUSCRIPCION

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
ESTABLECIMIENTOS AVICOLAS
Resolución 468/98
Prorrógase un plazo establecido por la Resolución 614/97, en relación con la habilitación de establecimientos avícolas de producción.

Asimismo podrá disponer de la 1 Sección Legislación y Avisos Oficiales en su versión íntegra, en IMAGENES.
Las Bases de Datos son dos, una con el ejemplar del día y otra histórica, con registros de las ediciones efectuadas a partir del 1-9-1997.
Además visualizará las páginas, las imprimirá o grabará en su PC.

REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
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Bs. As., 23/4/98

TARIFAS DE LA SUSCRIPCION ANUAL

VISTO el expediente Nº 4530/98 y la Resolución Nº 614 del 13 de agosto de 1997 ambos del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
I II
III

CONSIDERANDO:
Que habiéndose cumplido el plazo establecido para la habilitación de los establecimientos avícolas de producción, por el artículo 10 de la Resolución Nº 614 del 13 de agosto de 1997 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, resulta necesario prorrogar el mismo, a fin de ampliar las posibilidades de habilitación a una gran parte de los establecimientos avícolas de producción existentes.
Que por razones de orden operativo y administrativo, a un gran número de establecimientos comprendidos en la resolución mencionada, aún no han sido habilitados.
Que se ha diseñado un nuevo modelo de Certificado de Habilitación de Establecimientos Avícolas de producción, que reemplazará al que forma parte del Anexo II de la Resolución Nº 614 del 13 de agosto de 1997 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha dictaminado, no encontrando reparos de orden legal al respecto.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia en virtud de las facultades que le confiere el artículo 8º, inciso m del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996.
Por ello,

Abono por 3 horas de acceso mensual $ 400.Abono por 4 horas de acceso mensual $ 500.Por cada hora adicional $ 80.Estos precios no incluyen ningún gasto, ni tributo.
Si no utilizara las horas dentro del mes se le acumularán para los meses siguientes, dentro del período de suscripción.

CONSULTAS TELEFONICAS: 322-3788/3949/3960/4055/4056/4164/4485
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COMO EFECTUAR LA SUSCRIPCION Y/O RENOVACION
Personalmente: en Suipacha 767 en el horario de 11:30 a 16:00 horas y en Libertad 469, de 8:30 a 14:30 horas.
Por correspondencia: dirigirla a Suipacha 767, C.P. 1008, Cap. Fed.

FORMA DE PAGO
Efectivo, cheque o giro postal extendido a la orden de Fondo Cooperador Ley 23.412 o Transferencia bancaria extendida a la orden del Fondo Cooperador Ley 23.412 Banco de la Nación Argentina, Cta. Cte. Nº 96383/35 Sucursal Congreso. Imputando al dorso Pago suscripción Boletín Oficial, Nombre, Nº de Suscriptor y Firma del Librador o Libradores.

NOTAS
EL PRESIDENTE DEL
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Artículo 1º Prorrógase el plazo establecido en el artículo 10 de la Resolución Nº 614 del 13
de agosto de 1997 del registro del SER VICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, por un período de DIEZ 10 meses, a partir de la firma de la presente resolución. Los establecimientos que se instalaren posteriormente al vencimiento de dicho período, deberán asimismo ajustarse a lo establecido en la resolución que se menciona.
Art. 2º Modifícase el Anexo II de la Resolución Nº 614 del 13 de agosto de 1997 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por el Modelo de Certificado de Habilitación de Establecimientos Avícolas que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis O. Barcos

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Boletín Oficial de la República Argentina del 29/04/1998 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date29/04/1998

Page count24

Edition count9408

First edition02/01/1989

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