Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 11/4/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

Pág. 72

JUEVES 11 DE ABRIL DE 2024

términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO:
MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a CRESPIN LUIS y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S
y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA
PARTIDA 0008237-00, LOTE 035, MANZANA 005, RUTA 31. art. 28 ley 5066. Secretaría, 6 de Febrero de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
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Abr. 11 Abr. 15
S/C


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FRANCIONI GRACIELA
s/APREMIO MUNICIPAL; CUIJ 21-22767486-2, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE:
N 1921. Arroyo Seco, 9/11/2021. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 44.745,48, en concepto de capital, con más la suma de $ 22.372,00, estimados provisoriamente por intereses y costas.
Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC. Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio art. 27, L5066; 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.
FIRMADO: MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7
de la ley provincial 5066 y modificatorias a los Sres. FRANCIONI GRACIELA y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO
SECO BAJO LA PARTIDA 0005192-00, LOTE 001-8, MANZANA 053, RUTA 00.
art. 28 Ley 5066. Secretaría, 6 de Agosto de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C
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Abr. 11 Abr. 15

Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SODINI ROBERTO s/APREMIO
MUNICIPAL; 21-22767950-3, Juzg. 1ra. Inst. de Circuito N Arroyo Seco, VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $
29.399,39, en concepto de capital, con más la suma de $ 14.699,05, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts.
452 y 460, CPC. Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio art. 27, L5066; 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ. En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley Provincial 5066 y modificatorias a SODINI ROBERTO RUBEN y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE DUEÑO DEL
INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO BAJO LA
PARTIDA 0008418-00/ LOTE 25A, MANZANA 062, RUTA 00. art. 28 Ley 5066.
Secretaría, 7 de Febrero de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C
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Abr. 11 Abr. 15


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTINS MARIA C. s/APREMIO
MUNICIPAL; CUIJ 21-22767433-1, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: N 1071.
Arroyo Seco, 29/07/2022. VISTA: la demanda incoada en los autos individualizados supra; RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia digitalizada acompaña y que se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad
litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 38.610,48, en concepto de capital, con más la suma de $ 19.305,00, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor interpretación armónica art. 7 y 111 L5066 y arts. 452 y 4601 CPC. Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio art. 27, L5066; 6. Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7.
Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL
por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. FIRMADO: MARIANA CATTANI, SECRETARIA; DRA. MARIANA ALVARADO, JUEZ.
En tal sentido se intima al pago y se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley provincial 5066 y modificatorias a MARTINS MARIA C. y/o SUCESOR/ES y/o PROPIETARIO/S y/o TITULAR/ES DE DOMINIO y/o POSEEDOR/ES A TITULO DE
DUEÑO DEL INMUEBLE CATASTRADO EN LA MUNICIPALIDAD DE ARROYO
SECO BAJO LA PARTIDA 0000817-00, LOTE 004, MANZANA 066, RUTA 00. art.
28 Ley 5066. Secretaría, 6 de Febrero de 2024. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C
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Abr. 11 Abr. 15
Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 11 va Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RAIMUNDO LOPEZ
D.N.I. N 6.078.294, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días corridos. Autos caratulados: LOPEZ, RAIMUNDO S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS" Expte. CUIJ Nº 21-02977549-1, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45
Abr. 11
Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11 Nominación de los Tribunales de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUIS ROBERTO DITO D.N.I. Nº 11.753.625 por un día para que lo acredite4n dentro de los treinta días. Autos caratulados:: DITO, LUIS ROBERTO S/ DECLARATORIA DE
HEREDEROS CUIJ 21-02979668-5 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45
Abr. 11

Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ALBERTO HORACIO
LÓPEZ, DNI 20.461.672, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días.
Autos caratulados: LÓPEZ, ALBERTO HORACIO S/ SUCESORIO CUIJ 2102979935-8 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45

Abr. 11


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JOSEFA ANTONIA MARINO, DNI 5.140.251 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MARINO, JOSEFA ANTONIA S/ SUCESORIO CYC
16 CUIJ 21-02978665-5 Dra. Lucrecia Mantello. Rosario, abril de 2024.$ 45

Abr. 11


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16 Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante LUCIA CUEVAS DNI
16.674.224 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados CUEVAS, LUCIA S/ SUCESORIO CUIJ 21-02977560-2 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45

Abr. 11


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VARGAS, ISABEL
MARTHA D.N.I. 4.587.969 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: VARGAS, ISABEL MARTHA S/ SUCESORIO CUIJ 2102979920-9 de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios. Fdo: Prosecretaria.
$ 45

Abr. 11

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 11/4/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date11/04/2024

Page count83

Edition count709

First edition03/05/2002

Last issue12/07/2024

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