Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
critura Pública, la misma deberá estar acompañada del comprobante de pago del arancel en concepto de transferencia de tierras fiscales, equivalente a un módulo por cada 10m2 cada módulo equivale al precio de un Litro de gas-oil, de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 602/90, dictada por este Organismo.El Interesado deberá hacer efectuar la mensura, la que una vez registrada nate la Dirección provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.-

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Dr. JAVIER M. DE URQUIZA
Presidente Consejo Agrario Provincial FACUNDO KASCHEWSKI
ALBERTO RODOLFO NELLI
Mg. MARCOS WILLIAMS
Vocales Directores Consejo Agrario Provincial ________

disposicion m.p.c. e i.
DISPOSICION N 243
RIO GALLEGOS, VISTO:
El Expediente MPCI-Nº 440.303/19; y CONSIDERANDO:
Que por Disposicion SCPNº 096-19 se inició sumario administrativo al señor Gustavo CABALLERO, debido que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, pescando sin el permiso correspondiente y pescando con elementos prohibidos, el día 23 de febrero del año 2019, en el establecimiento ganadero Camping Lago del Desierto, paraje o pozón denominado, Pozón de la Cascada, curso de agua Rio de las Vueltas;
Que notificado fehacientemente a fojas 09/12 mediante publicación en el Boletín Oficial de de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Artículo 57º del Decreto Nº 195/83;
Que del análisis del actuado, se hallan probadas la infracción imputada;
Que se procede la aplicación de sanción multable al nombrado, incurso en el Artículo. 57º inc.1 punto 1.1, 1.3 del Decreto Nº 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca Nº 1464 y 1723, se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-Nº 880/19, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 17;
LA SUBSECRETARIA DE
COORDINACION PESQUERA
DISPONE:
1º.-CONCLUIR, el sumario administrativo ordenado por Disposición SCPN 096-19 al señor Gustavo CABALLERO Clase 1985 - D.N.I. Nº 31.415.745, hallándose confeso de la infracciones imputada, por lo expresado en los considerandos.2º.-SANCIONAR, al señor Gustavo CABALLERO Clase 1985 - D.N.I. Nº 31.415.745, con multa de PESOS CINCO MIL $5.000,00, equivalente a diez 10 módulos por pescar sin el permiso correspondiente y con multa de PESOS DOS MIL QUINIENTOS
$2.500,00, equivalente a cinco 5 módulos, por pescar con elementos prohibidos, falta tipificada en el Artículo 57º inc.1 punto 1.1, y 1.3 del Decreto Nº 195/83;
por lo expresado en los considerandos.3º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Gustavo CABALLERO Clase 1985 - D.N.I. Nº 31.415.745, en su domicilio de Estancia Santa Ana s/n, 28 de Noviembre - Provincia de Santa Cruz, que contará con tres 3 días de plazo para hace efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Fondo Provincial de Pesca Cuenta Nº 921.761-1 Banco Santa Cruz Casa Central o Sucursales, pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo Pago de las multas, de acuerdo al Artículo 72 del Decreto N 195/83.4.- LA IMPOSICIÓN de los recursos aludidos
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5431 DE 20 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 12 de Marzo de 2020.precedentemente se habilitará previa certificación de pago ante la Secretaría de Ingresos Públicos del tributo establecido por capítulo IV punto 3 inc.1 apartado a y b de la Ley 3251.5.- PASE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento de Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.Lic. MAYRA TOTARO
Subsecretaria de Coordinación Pesquera Ministerio de la Producción, Comercio e Industria Provincia Santa Cruz P-3


disposiciones sintetizadas s.e.t.
DISPOSICIÓN Nº 210
RÍO GALLEGOS, 12 de Diciembre de 2019.Expediente Nº 430.025-M.P./14, La Ley Provincial de Turismo Nº 1045, el Decreto Provincial Nº 769/85 y Decreto Provincial N 1801/06 y sus modificatorios Nº 2870/07 y 3036/08.RE-INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el N 1.467, con vencimiento el 31/10/2024, a la señora PASCHETTA María Nazarena, D.N.I. N 31.577.025, con domicilio en calle Zupic N
169 Dpto. 2, de la localidad de El Calafate; en el rubro:
GUIA CONVENCIONAL, en los términos del Artículo 8 inciso A, Artículos 9º y 11º del Decreto Provincial Nº 1801/06 y sus modificatorios 2870/07 y 3036/08, en todo de acuerdo con los considerandos de la presente.
DEJAR ESTABLECIDO que para renovar la presente se deberá comprobar fehacientemente la asistencia a un curso de actualización organizado por el Organismo Oficial de Turismo, según se establece en el CAPITULO VI Artículo 13 del Decreto Nº 1801/06 y sus modificatorios Nº 2870/07 y 3036/08.
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de servicios turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación reserva, y/o comercialización de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.
NOTIFIQUESE al prestador PASCHETTA María Nazarena, D.N.I. N 31.577.025, en el domicilio indicado en el Artículo 1.
PABLO C. GODOY
Director Provincial de Planificación y Promoción Turística Secretaría de Estado de Turismo ________
DISPOSICIÓN Nº 211
RÍO GALLEGOS, 12 de Diciembre de 2019.Expediente Nº 429.944-M.P./14, La Ley Provincial de Turismo Nº 1045, el Decreto Provincial Nº 769/85 y Decreto Provincial N 1801/06 y sus modificatorios Nº 2870/07 y 3036/08.RE-INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el N 1.457, con vencimiento el 31/10/2024, al señor ALVARADO Jorge Damián, D.N.I. N 27.036.300, con domicilio en Paradelo N
116 2 B, de la localidad de El Calafate; en el rubro:
GUIA CONVENCIONAL, en los términos del Artículo 8 inciso A, Artículos 9º y 11º del Decreto Provincial Nº 1801/06 y sus modificatorios 2870/07 y 3036/08, en todo de acuerdo con los considerandos de la presente.
DEJAR CONSTANCIA que para renovar la presente se deberá comprobar fehacientemente la asistencia a un curso de actualización organizado por el Or-

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ganismo Oficial de Turismo, según se establece en el CAPITULO VI Artículo 13 del Decreto Nº 1801/06 y sus modificatorios Nº 2870/07 y 3036/08.
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de servicios turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación reserva, y/o comercialización de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.
NOTIFIQUESE al prestador ALVARADO Jorge Damián, D.N.I. N 27.036.300, en el domicilio indicado en el Artículo 1.
PABLO C. GODOY
Director Provincial de Planificación y Promoción Turística Secretaría de Estado de Turismo ________
DISPOSICIÓN Nº 212
RÍO GALLEGOS, 12 de Diciembre de 2019.Expediente Nº 441.785-M.P.C.I./19, La Ley Provincial de Turismo Nº 1045, el Decreto Provincial Nº 769/85
y Decreto Provincial N 1801/06 y sus modificatorios Nº 2870/07 y 3036/08.INSCRIBASE en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el Nº 1.953, con vencimiento el 31/10/2024, a la señora VILLALBA Yohanna, D.N.I.
N 35.157.752, con domicilio en Roca N 2072, de la localidad de El Calafate; en el rubro: GUÍA CONVENCIONAL, en los términos del Artículo 8 inciso A, Artículos 9º y 11º del Decreto Provincial Nº 1801/06
y sus modificatorios 2870/07 y 3036/08, en todo de acuerdo con los considerandos de la presente.
DEJAR CONSTANCIA que para renovar la presente se deberá comprobar fehacientemente la asistencia a un curso de actualización organizado por el Organismo Oficial de Turismo, según se establece en el CAPITULO VI Artículo 13 del Decreto Nº 1801/06 y sus modificatorios Nº 2870/07 y 3036/08.
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de servicios turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación reserva, y/o comercialización de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.
NOTIFIQUESE al prestador VILLALBA Yohanna, D.N.I. N 35.157.752, en el domicilio indicado en el Artículo 1.
PABLO C. GODOY
Director Provincial de Planificación y Promoción Turística Secretaría de Estado de Turismo ________
DISPOSICIÓN Nº 213
RÍO GALLEGOS, 12 de Diciembre de 2019.Expediente Nº 429.898-M.P./14, La Ley Provincial de Turismo Nº 1045, el Decreto Provincial Nº 769/85 y Decreto Provincial N 1801/06 y sus modificatorios Nº 2870/07 y 3036/08.RE-INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el N 1.109, con vencimiento el 31/10/2024, a la señora VAGO Rocío Ayelen, D.N.I.
N 32.037.236, con domicilio en Calle 3034 N 817, de la localidad de El Calafate; en el rubro GUIA CONVENCIONAL MULTILINGE, en los términos del Artículo 8 inciso A, Artículos 9º, 10, 11º y 12 del Decreto Provincial Nº 1801/06 y sus modificatorios 2870/07 y 3036/08, en todo de acuerdo con los considerandos de la presente.
DEJAR CONSTANCIA que para renovar la presente se deberá comprobar fehacientemente la asistencia a un curso de actualización organizado por el Organismo Oficial de Turismo, según se establece en el CAPITULO VI Artículo 13 del Decreto Nº 1801/06 y sus modificatorios Nº 2870/07 y 3036/08.
La inscripción en el Registro Provincial de Activida-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date12/03/2020

Page count20

Edition count1767

First edition19/02/2002

Last issue11/07/2024

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