Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/10/2019

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2019 - Año Internacional de las lenguas de los Pueblos Originarios, Trigésima Edición de la Fiesta Nacional de la Cereza y 50 Aniversario de la Fundación de la Base Antártica Vicecomodoro Marambio.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIV Nº 5397

publicacion bisemanal Martes y Jueves
Río Gallegos, 22 de Octubre de 2019.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
- PARTIDAS SUBPARCIALES: Retribución del Cargo - Complementos, del Ejercicio 2019.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conoci miento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

decretos DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 0956
RIO GALLEGOS, 03 de Octubre de 2019.VISTO:
El Expediente JP-R-Nº 15.838/18, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado mencionado en el visto tramita la declaración de cesantía del Cabo Primero de Policía Carlos Sebastián SARAVIA, a partir del día de la fecha;
Que la medida expulsiva surge como conclusión del sumario administrativo iniciado a raíz de la denuncia judicial realizada por la ex pareja del sumariado, por un delito de acción pública dependiente de instancia privada, por el cual se dio intervención al Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº Tres Local dándose inicio a la respectiva investigación;
Que asimismo y al anoticiarse de esta situación el Cabo Primero de Policía, el mismo fue localizado por personal policial, en plena vía pública, encontrándose muy alterado, solicitando se apersone el señor Jefe de Policía aduciendo que se encontraba armado, por lo que se desplegó un procedimiento policial terminando con el traslado del sumariado al nosocomio local, donde luego de diversos estudios médicos se constato que se encontraba bajo los efectos de bebidas alcohólicas;
Que a fojas 15 se luce Oficio Nº 619/18 emanado del juzgado de Primera Instancia de la Familia Nº Uno Secretaría de Violencia Domestica en el expediente Nº 3357/18 donde se informan sobres las medidas de restricción impuestas al señor SARAVIA con la persona de su ex pareja y grupo familiar conviviente;
Que tal como surge de Oficio Nº 2922/18 procedente del juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº Tres Local, agregado en las presentes, se ordeno la detención del Cabo Primero por los delitos allí enunciados;
Que luego de iniciada las presentes se lo notifica al encartado a fojas 29, obrando su descargo a fojas 105, reservándose el derecho a declarar y designar abogado defensor, notificándose nuevamente a fojas 115 y 117, en conformidad al artículo 98 del R.R.P.D. a los fines de que tome vista del expediente;
Que paralelo a ello mediante Disposición D.G.P .R-Nº 1235/18, el Jefe de la Policía, declara en situación pasiva al Cabo Primero de Policía en conformidad al Artículo 182 del R.R.D.P. en concordancia con los Artículos 119 inciso e y 152 inciso b de la Ley Nº 746;
Que a fojas 159 obra Oficio Nº 17/19, expedido por el Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº Tres de esta localidad, en el marco de los autos SARAVIA CARLOS SEBASTIAN S/ INFRACCIÓN
AL TÍTULO III DEL LIBRO II DEL CP Expte. Nº 14839/18, informando que se confirmo el Procesamiento con Prisión Preventiva del sumariado, en orden al delito contenido en el Artículo 119 1º, 3º, 4º incisos b y f y quinto párrafo del C.P;
Que concluida la investigación, el instructor sumarial procede a plasmar su informe final a fojas 148/149, concluyendo que el encartado incurrió en una falta grave debiendo ser sancionado con una medida expulsiva, criterio compartido por la Dirección de Asuntos Legales mediante Dictamen D.G.A.L-Nº 150/19;

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5397 DE 16 PAGINAS

Que posteriormente y tal como surge de fojas 151/155
el sumariado procedió a tomar vista del expediente en varias oportunidades, no ensayando defensa alguna transcurrido el plazo;
Que finalmente se procede al dictado de la Disposición D.G.P-R-Nº 193/19, por la cual el señor Jefe de Policía de la Provincia encuadra la conducta del Cabo Primero de Policía SARAVIA, como falta de carácter grave prevista en el artículo 9 del R.R.D.P. agravado por el artículo 41 inciso 2º del Decreto 2091/72, y propicia ante el Poder Ejecutivo el dictado del Instrumento Legal pertinente decretando la cesantía del mencionado a tenor de lo dispuesto por los artículos 10, 34 y 35 del Decreto 2091/72 en concordancia con los Artículos 47 inciso d y 62 inciso a de la Ley 746;
Que notificado el dispositivo legal supra mencionado a fojas 182 el encartado no articula defensa alguna dentro de los plazos legales previstos para ello;
Que en virtud de lo procedentemente expuesto y dada la gravedad de la falta que se le enrostra al Cabo Primero de Policía SARAVIA, nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGCALyD-Nº 0356/19, emitido por la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legales y Despacho de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 198 y SLyT-GOB-Nº 632/19, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 206/210;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- DECLÁRASE CESANTE, a partir del día de la fecha, al Cabo Primero de Policía Carlos Sebastián SARAVIA Clase 1984 - D.N.I. Nº 31.198.678, en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su transgresión al Artículo 9º agravado por el Artículo 41º Inciso 2 del Decreto Nº 2091/72, por aplicación de los Artículos 10º, 34º y 35º, del R.R.D.P., en concordancia con los Artículos 47º Inciso d y 62º Inciso a de la Ley Nº 746, con situación de revista en el ANEXO: Ministerio de Gobierno - ÍTEM: Policía Provincial - CARÁCTER: Administración Central FINALIDAD: Servicios de Seguridad - FUNCIÓN:
Seguridad Interior - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDA PRINCIPAL: Gasto en Personal - PARTIDA PARCIAL: Personal Permanente
Dra. KIRCHNER Dr. Fernando Miguel Basanta ________
DECRETO Nº 0958
RIO GALLEGOS, 03 de Octubre de 2019.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 225.288/18, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la incorporación, a partir del día de la fecha, al Agrupamiento: Administrativo, a los agentes de Planta Permanente detallados en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, los cuales desempeñan funciones en el ANEXO: Ministerio de Desarrollo Social ÍTEM:
Subsecretaría de Abordaje Territorial, bajo los términos previstos por la Ley Nº 813 y su modificatoria Ley Nº 1084;
Que la mencionada incorporación se sustentan en la capacitación y conocimientos adquiridos con la posterioridad a sus ingresos a la Administración Pública Provincial, por lo que a criterio del Poder Ejecutivo Provincial se considera un acto de estricta justicia la incorporación a los agentes detallados en el Anexo I al nuevo Agrupamiento a consignar;
Que asimismo corresponde, de conformidad a las facultades conferidas por la Ley de Presupuesto Nº 3633
del ejercicio 2019, disponer la supresión de las Categorías que revistan en el Agrupamiento Presupuestario Personal Obrero Maestranza y Servicios, para crearla en el Agrupamiento Presupuestario Personal Administrativo y Técnico;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALyJ-Nº 1123/18, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 38 y SLyT-GOB-Nº 644/19, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 63;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- INCORPÓRASE a partir del día de la fecha, en el Agrupamiento: Administrativo, a los agentes de Planta Permanente mencionados en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, en los términos previstos por la Ley Nº 813 y su modificatoria Ley Nº 1084, dependiente del ANEXO: Ministerio de Desarrollo Socia - ÍTEM: Subsecretaría de Abordaje Territorial, de conformidad a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que a los efectos dispuestos en el Artículo anterior, téngase por eliminadas las Categorías que ocupa el personal reubicado y por creadas las que le asignen en el ANEXO I, el cual forma parte del presente, de acuerdo a la Ley de Presupuesto Nº 3633 del Ejercicio 2019.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/10/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date22/10/2019

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Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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