Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 20/8/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2019 - Año Internacional de las lenguas de los Pueblos Originarios, Trigésima Edición de la Fiesta Nacional de la Cereza y 50 Aniversario de la Fundación de la Base Antártica Vicecomodoro Marambio.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIV Nº 5379

publicacion bisemanal Martes y Jueves
Río Gallegos, 20 de Agosto de 2019.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
Nacional convocó al electorado de la Nación Argentina a las elecciones primarias para votar candidatos a Presidente, Vicepresidente de la Nación y Diputados nacionales para el día 11 de agosto del 2019 y Presidente, Vicepresidente y Diputados nacionales para el 27 de octubre del corriente año;
Que a través de Decreto Nro. 429/19 el Poder Ejecutivo Provincial convocó al electorado de la Provincia de Santa Cruz a elegir en fecha 11 de agosto del 2019 los cargos de Gobernador, Vicegobernador, Diputados Provinciales, Diputados por Municipios y Representantes del Pueblo de la Provincia en el Consejo de la Magistratura y para el día 27 de octubre del mismo año los cargos de Intendentes Municipales, Concejales Municipales y Presidentes de Comisiones de Fomento;
Que a los fines de llevar a cabo el normal desarrollo de los comicios se procedió a celebrar por un lado el convenio de Colaboración suscripto en fecha 19/06/19
entre el señor Ministro de Gobierno, Dr. Fernando Miguel BASANTA y el señor Juez Federal Subrogante a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia con competencia electoral, Dr. Javier LEAL DE
IBARRA, en el marco del cual aquel se compromete a aportar la suma de PESOS CUATRO MILLONES
NOVECIENTOS MIL $ 4.900.000 con el objeto de solventar gastos referidos al acto eleccionario detallados en la cláusula tercera del acuerdo, disponiéndose en su cláusula cuarta la modalidad de pago y los aspectos referidos a la rendición de cuentas pertinente;
Que corresponde efectuar la adecuación presupuestaria de la erogación precedente, aclarándose que dichos fondos serán abonados a los quince 15 días desde la suscripción del Convenio;
Que el Artículo 11 de la Ley N 3633, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha reestructuración;
Que por otro lado, se suscribió el convenio de Colaboración entre el señor Ministro de Gobierno Dr. Femando Miguel BASANTA en representación del Gobierno Provincial y la señora Presidenta del Tribunal Electoral Permanente de la Provincia Dra. Paula E. LUDUEÑA
CAMPOS, en fecha 05/06/19 estableciéndose las bases de colaboración financiera en el proceso electoral que el Tribunal Electoral Permanente debe realizar a nivel Provincial y Municipal en los comicios convocados en las fechas arribas aludidas;
Que en función de ello la provincia se compromete a contribuir con PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL $ 4.500.000 en cuatro cuotas a abonarse durante los meses de julio, agosto, septiembre y octubre discriminada en la cláusula cuarta del convenio aludido;
Que dicho convenio fue ratificado mediante Acuerdo Ordinario N 3512 expedido por el Excmo. Tribunal Superior de Justicia de fecha 12/06/19;
Por ello y atento al Dictamen DPCTAyL-N 126/19, emitido por la Dirección Pro vincial de Coordinación Técnica, Administrativa y Legal, obrante a fojas 30/32
y a Nota SLyT-GOB-N 504/19, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 36/37;

decretos del poder ejecutivo DECRETO Nº 0717
RIO GALLEGOS, 19 de Julio de 2019.VISTO:
El Expediente MTEySS-N 514.286/19 XIII Cuerpos, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que desde el mes de diciembre del año 2015, la actividad de la construcción en la Provincia de Santa Cruz se ve gravemente afectada por la paralización de la obra Pública Nacional motivada en un proceso de desinversión instrumentada por el Gobierno Nacional en la región patagónica;
Que esta paralización se ha profundizado durante los últimos meses ocasionando que ciertos trabajadores de esta actividad pierdan su fuente de trabajo;
Que en dicho marco se suscribió con fecha 10/07/2019
un Acta Acuerdo que como Anexo I forma parte del presente, entre el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, señor Teodoro S. CAMINO, en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el señor Rubén Eduardo MOLINA, en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz, Sindicato con Personería Gremial Nº 17, mediante el cual se acuerda el otorgamiento de un Aporte no Reintegrable, por la suma de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CON 00/100
$ 6.495.000,00, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, a favor de trabajadores desocupados de la construcción que se encuentran inscriptos en la bolsa de trabajo de dicho Sindicato de distintas localidades de la Provincia, conforme listado que como Anexo II forma parte integrante del presente, a razón de PESOS CINCO
MIL con 00/100 $ 5.000,00 para cada uno;
Que el cumplimiento del presente trámite se encuadra en las prescripciones de los Decretos Nros. 1204/15
y 1685/15 y las excepciones establecidas en el Artículo 4 del Decreto N 1260/18;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ Nº 833/19, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 2522 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 501/19, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 2554/2555;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE el Acta Acuerdo suscripta con fecha 10/07/2019, entre el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, señor Teodoro S. CAMINO, en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia y el señor Rubén Molina, en representación de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz, que como Anexo I, forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- OTÓRGASE un Aporte no Reintegrable, por la suma de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CON
00/100 $ 6.495.000,00, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, a fin de asistir a los trabaja-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5379 DE 08 PAGINAS

dores desocupados de la construcción que se encuentran inscriptos en la bolsa de trabajo de dicho Sindicato de distintas delegaciones de la Provincia de Santa Cruz, conforme listado que como Anexo II forma parte integrante del presente, a razón de PESOS CINCO MIL
$ 5.000.00 para cada trabajador, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 3º.- AFÉCTASE el presente gasto al ANEXO: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ÍTEM: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD:
Servicios Sociales - función: Promoción y Asistencia Social - SUBFUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social sin Discriminar - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Transferencias - PARTIDA PRINCIPAL:
Transferencias - PARTIDA PARCIAL: Transferencias al Sector Privado para Financiar Gastos Corrientes - PARTIDA SUBPARCIAL: Ayudas Sociales a Personas - Ley de Presupuesto Nº 3633 del Ejercicio 2019.Artículo 4º.- ABÓNASE por Tesorería General de la Provincia previa intervención de Contaduría General de la Provincia a la Dirección de Tesorería y Sueldos, la suma total citada en el Artículo 2 del presente, a favor de trabajadores desocupados de la construcción de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina Seccional Santa Cruz U.O.C.R.A. de distintas Delegaciones de la Provincia de Santa Cruz, conforme listado que como Anexo II, forma parte integrante del presente.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social quien remitirá copia ante quién corresponda, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta ________
DECRETO Nº 0718
RIO GALLEGOS, 19 de Julio de 2019.VISTO:
El Expediente MG-N 508.327/19, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N 343/19 el Poder Ejecutivo
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio de Colaboración suscripto en fecha 19/06/19
entre el señor Ministro de Gobierno, Dr. Fernando Miguel BASANTA y el señor. Juez Federal Subrogante a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia con

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 20/8/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date20/08/2019

Page count8

Edition count1773

First edition19/02/2002

Last issue01/08/2024

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