Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/7/2019

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2019 - Año Internacional de las lenguas de los Pueblos Originarios, Trigésima Edición de la Fiesta Nacional de la Cereza y 50 Aniversario de la Fundación de la Base Antártica Vicecomodoro Marambio.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIV Nº 5365

publicacion bisemanal Martes y Jueves
Río Gallegos, 02 de Julio de 2019.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
año 2019; siete por ciento 7% con los haberes de julio del año 2019 y siete por ciento 7% con los haberes de septiembre del año 2019;
Que también se acordó el pase a Planta permanente del personal contratado por el Instituto de Energía de Santa Cruz;
Que se pactó la transferencia del personal afectado en el Instituto de Energía de Santa Cruz, que poseen personal planta permanente en otros organismos del Estado Provincial;
Que por último se convino realizar una revisión de la pauta salarial en el mes de agosto del presente año;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 637/19, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 14 y a Nota SLyT-GOB - Nº 587/19, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación. obrante a fojas 19;

decretoS del poder ejecutivo DECRETO Nº 0508
RIO GALLEGOS, 30 de Mayo de 2019.VISTO:
El Expediente Nº 514.262/MTEySS/2019 creado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se propicia ratificar el ACTA ACUERDO N 02/2019 NEGOCIACIÓN P.E.P.
/A.P.D.F.A. celebrada ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con fecha 14 de mayo del 2019, entre el Ministerio de la Producción Comercio e Industria representado por el señor Leonardo ALVAREZ y la Asociación del Personal de Dirección de Ferrocarriles Argentinos, Administración General de Puertos y Puertos Argentinos A.P.D.F.A. representado por el señor Carlos Paul VICTORIA, que como Anexo I
forma parte integrante del presente;
Que las partes han mantenido un proceso de negociación, con el objetivo de determinar un aumento salarial para el año en curso aplicable al personal de la UNEPOSC
encuadrados bajo el convenio colectivo 164/75, único convenio del sector representados por la entidad sindical A.P.D.F.A;
Que a fin de dar por concluido el proceso de discusión, las partes acuerdan un aumento del quince por ciento 15% al básico a percibir con los haberes del mes de mayo del año 2019, otro siete por ciento 7% más al básico, a percibir con los haberes del mes de julio del año 2019 y un siete por ciento 7% más al básico a percibir con los haberes del mes del septiembre del año 2019, los cuales arrojan un total acumulado del treinta y uno con sesenta y seis por ciento 31,66% de aumento para el personal mencionado precedentemente, estableciéndose que los adicionales ligados al básico se incrementan de igual medida, conforme surge del Anexo I que forma parte integrante del acta;
Que asimismo, se deja establecido que sólo en lo que respecta a las asignaciones familiares se aplicarán de modo referencial las previsiones contenidas en el Decreto 421/19, alcanzando dicho incremento a los jubilados y pensionados encuadrados bajo el mismo convenio;
Que por último, las partes convienen la recategorización de los cinco agentes mencionados en el cuadro que se detalla en el acta conforme los grupos y niveles allí propuestos;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 650/19, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 11 y vuelta y a Nota SLyT-GOB - Nº 596/19, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación. obrante a fojas 20;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL
PODER EJECUTIVO
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE, en todas sus partes el ACTA ACUERDO N 02/2019 NEGOCIACIÓN
P.E.P. /A.P.D.F.A celebrada ante el Ministerio de Tra-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5365 DE 16 PAGINAS

bajo, Empleo y Seguridad Social en fecha 14 de mayo del 2019, entre el Ministerio de la Producción Comercio e Industria representado por el señor Leonardo ALVAREZ y la Asociación del Personal de Dirección de Ferrocarriles Argentinos, Administración General de Puertos y Puertos Argentinos A.P.D.F.A. representado por el señor Carlos Paúl VICTORIA, la que como Anexo forma parte integrante del presente instrumento.Artículo 2º.- AUTORÍZASE al Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura de la Provincia para que -en caso de corresponderemita las instrucciones pertinentes para instrumentar operativamente los alcances del presente Decreto, facultándolo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que correspondan.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 4º.- PASE al Ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dr. GONZALEZ - Sr. Teodoro S. Camino ________
DECRETO Nº 0509
RIO GALLEGOS, 30 de Mayo de 2019.VISTO:
El Expediente MTEySS-N 514.267/19, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y CONSIDERANDO:
Que, por el actuado mencionado en el visto, se propicia homologar el acuerdo concertado en acta de fecha 28
de mayo del año 2019 entre el Instituto de Energía de Santa Cruz I.E.S.C. y los representantes del Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia;
Que dentro del marco de la buena fe y respeto, las partes se reúnen a efectos de dar proceso a la pauta salarial correspondiente al año 2019;
Que, en primera instancia se concertó un aumento al básico de la categoría Testigo Categoría 13 del convenio colectivo vigente en el organismo según los porcentajes detallados a continuación en forma acumulativa: quince por ciento 15% con los haberes del mes de mayo del
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL
PODER EJECUTIVO
D E C R E TA:
Artículo 1.- HOMOLÓGASE el acuerdo pactado en audiencia celebrada con fecha 28 de Mayo del 2019, entre el Instituto de Energía de Santa Cruz I.E.S.C.
y los representantes del Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia por otra parte, en el marco de la Negociación Colectiva consistente en: a aumento al básico de la categoría Testigo Categoría 13 del convenio colectivo vigente en el organismo según los porcentajes detallados a continuación en forma acumulativa: quince por ciento 15% con los haberes del mes de mayo del año 2019; siete por ciento 7% con los haberes de julio del año 2019 y siete por ciento 7% con los haberes de septiembre del año 2019; b pase a Planta permanente del personal contratado por el Instituto de Energía de Santa Cruz; c transferencia del personal afectado en el Instituto de Energía de Santa Cruz, que poseen personal planta permanente en otros organismos del Estado Provincial d realizar una revisión de la pauta salarial en el mes de agosto del presente año; en un todo de conformidad a los considerandos del presente y que como Anexos forman parte de este instrumento.Artículo 2º.- ESTABLÉCESE a los efectos de la implementación de los acuerdos arribados, que los mismos serán percibidos con los haberes de conformidad a las modalidades establecidas en el Acta celebrada con fecha 28 de mayo de 2019.Artículo 3º.- AUTORÍZASE al Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura de la Provincia para que a través de la Contaduría General de la Provincia, emita las instrucciones pertinentes para instrumentar operativamente los alcances del presente Decreto, facultándolo además a efectuar las adecuaciones presupuestarias que correspondan.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.Artículo 5º.- PASE a los Ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dr. GONZALEZ - Sr. Teodoro S. Camino

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 2/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date02/07/2019

Page count16

Edition count1768

First edition19/02/2002

Last issue16/07/2024

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