Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
tín Daluiz, sito en Jofré de Loaiza N 55 de la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, en los autos caratulados: CORTEZ PATRICIA SEGUNDA C/
CORVALAN RAMON ESTERGIDIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS - Expte. N 12576/18, se notifica por edictos al Sr. CORVALAN RAMON
ESTERGIDIO, D.N.I. N 13.603.133, que ha recaído Sentencia en los autos de referencia, la cual en su parte pertinente dice: Sentencia: Tomo: XXII, Registro: 11, Folio: 24/25 Río Gallegos, 27 de mayo de dos mil diecinueve AUTOS Y VISTOS: RESULTANDO:
CONSIDERANDO: FALLO: 1. MANDAR LLEVAR adelante la ejecución contra el Sr. CORVALAN
RAMON ESTERGIDIO hasta hacerse íntegro pago a la Dra. CORTEZ PATRICIA SEGUNDA del capital reclamado en concepto de honorarios profesionales, el cual asciende a la suma de PESOS DIEZ MIL $ 10.000, con más la suma los intereses calculados según la Tasa Activa Promedio Mensual que publica el Banco de la Nación Argentina desde que la suma es debida, gastos y costas de la ejecución.- 2.- IMPONER las costas a la parte ejecutada Art. 70 del C.P.C. y C..- 3.- REGISTRESE, notifíquese personalmente o por cédula a las partes Fdo. Antonio Andrade - Juez.
Practíquese la publicación en el Diario La Opinión Austral por el término de TRES 3 días Arts. 146, 147, 149 y 320 del C.P.C. y C..-
RÍO GALLEGOS, 12 de Junio de 2019.-

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FLAVIA MARTIN DALUIZ
Secretaria ________

RIO GALLEGOS, 25 de Junio de 2019.-

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JULIANA RAMON
Secretaria ________
EDICTO

Por disposición de S.S. Sr. Juez a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N Dos a cargo del Dr. Francisco V. Marinkovic, Secretaría N Dos, a mi cargo, con asiento en Pasaje Kennedy, Casa 3 de esta ciudad, se cita y emplaza a herederos y acreedores del causante Sr.
SEGUNDO MAXIMO CATRICURA PITRIHUEN, D.N.I. 92.351.541 por el término de treinta 30 días, bajo apercibimiento de ley. art. 683 del C.P.C.C. en los autos caratulados: CATRICURA PITRIHUEN
SEGUNDO MAXIMO S/SUCESION AB-INTESTATO EXPTE. 19170/18.Publíquense edictos por tres 3 días en el Boletín Oficial y el diario La Opinión.
RÍO GALLEGOS, 10 de Mayo 2019.-

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JAVIER O. MORALES
Secretario
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5363 DE 14 PAGINAS

AVISO DE LEY -19550-

EDICTO
Por disposición de S.S. Sr. Juez a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N Uno, a cargo Dr. Marcelo H.
Bersanelli Secretaría N Uno, a mi cargo, con asiento en Marcelino Álvarez 113 de Río Gallegos, cita y emplaza por el término de treinta 30 días art. 683 del C.P.C.
Y C. a herederos y acreedores de Doña ALEJANDRA
NOEMI PEREZ en autos caratulados PEREZ ALEJANDRA NOEMI S/ SUCESION AB-INTESTATO Expediente Nº 28082/19. Número de DNI de la fallecida 17.049.338. Publíquese edictos por tres 3
días en el Boletín Oficial y en Tiempo Sur.RIO GALLEGOS, 22 de Mayo de 2019.-

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JULIANA RAMON
Secretaría ________
EDICTO

El juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia de la Ciudad de El Calafate a cargo de la Dra. Florencia Viñuales, Secretaría Civil a mi cargo en autos CARDENAS
OVANDO JOSE MANUEL S/SUCESION AB INTESTATO EXPTE. NRO. 1949/15, cita y emplaza a los herederos y acreedores del Sr. CARDENAS
OVANDO JOSE DNI N 18.871.814, por el término de treinta 30 días a fin de que tomen la intervención que le corresponda en estos autos Conf. 683 del C.P. C.
y C.. Publíquese Edictos por 3 tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz y en el Diario La Opinión Austral, ambos de la ciudad de Río Gallegos.
EL CALAFATE a los 29 días de Abril de 2019.-

EDICTO
Por disposición del Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería nº Uno, a cargo del Dr. Marcelo H. Bersanelli, con asiento en Marcelino Alvarez N 113 de esta ciudad, Secretaría nº Uno, a mi cargo, se cita y emplaza a herederos y acreedores del Sr. CARLOS DANIEL GONZALEZ, D.N.I. N 25.026.334, por el término de treinta 30 días, bajo apercibimiento de ley art. 683 del C.P.C.C. a fin de que tomen la intervención que le correspondan en los autos caratulados: GONZALEZ CARLOS DANIEL S/
SUCESIÓN AB INTESTATO Expte. Nº 28117/10.E1 presente deberá publicarse por tres días 3 en el Diario La Opinión Austral y Boletín Oficial, ambos de esta ciudad.RÍO GALLEGOS, 22 de Mayo de 2019.-

Página 11

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ARIANA GRANERO
A/C Secretaría ________

TOYOTA DE ARGENTINA
COMPAÑIA FINANCIERA S. A.
REMATARA POR EJECUCION DE PRENDA
Art. 39 Ley 12.962
El Martillero Público Zoilo Francisco Corugeira Tº 4
Fº 424, CUIT 20-07849310-1 comunica por un día que, por cuenta y orden de TOYOTA COMPAÑIA FINANCIERA DE ARGENTINAS.A. en su carácter de acreedor prendario y fundado en los artículos 39 Ley 12.962
y 2229 del Código Civil y Comercial, subastará el día 03 de JULIO de 2019 a las 10.30 horas, en Talcahuano 479 CABA, al contado y mejor postor, los siguientes automotores: 1 marca Toyota, modelo COROLLA
SEG 1.8 CVT, Modelo Año: 2017, TIPO SEDAN 4
PUERTAS, Motor MARCA Toyota, Nº 2ZRM443490, Chasis MARCA Toyota, Nº 9BRBU3HEXH0097713, DOMINIO AA857GX, BASE $ 420.000,00.- en el estado de uso y conservación que se encuentran y serán exhibidos los días 01 Y 02 de JULIO de 13:00Hs. a 15:
00Hs.en Montevideo 350 CABA 3 subsuelo Complejo Paseo La Plaza.Condiciones de venta: Seña: 10%pagadero mediante transferencia electrónica inmediata a la cuenta del acreedor prendario, cheque propio o efectivo. El saldo de precio deberá ser abonado el primer día hábil siguiente bajo apercibimiento de rescindir automáticamente la venta con la pérdida de las sumas entregadas a favor del acreedor prendario y podrá ser cancelado en la forma dispuesta para la seña y/o depósito bancario.- Comisión: 10% pagadera en efectivo en el acto de subasta. El comprador asume el pago de impuestos, deudas por patentes e infracciones que deberán ser consultadas por los interesados ante las autoridades pertinentes y deberá constituir domicilio dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Venta sujeta a la aprobación de la entidad vendedora.- Informes al celular 542364691598 o julianaaccastelli@gmail.
com. PCIA. DE SANTA CRUZ. de JUNIO de 2019.
Zoilo Francisco Corugeira. Martillero Público.-

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FRANCISCO CORUGEIRA
Martillero Público T 4 F 424

ISMAEL RAMON MACHUCA, informa que con fecha 20 de Junio de 2019 y según surge de Instrumento Privado, suscripto por ante Escribano Público; se procedió a constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada y que en mérito a lo establecido en el art. 10, Inc. b de la Ley 19.550, se publicita por el término de un 1 día en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz el siguiente aviso: 1º Integrantes: ALEJANDRA
MARIANA ALMONACID, titular del Documento Nacional de Identidad N 22.632.706, nacido el 30 de Julio de 1972, argentino, soltera, de profesión comerciante, con domicilio real sito en calle Almirante Brown N9 633 de la ciudad de Rada Tilly Chubut; e ISMAEL
RAMON MACHUCA, titular del Documento Nacional de Identidad N 16.671.307, argentino, divorciado, de profesión abogado, con domicilio real sito en Uruguay N9 1157 de la ciudad de Caleta Olivia Santa Cruz.
2º Fecha de Constitución: 18 de Junio de 2019.- 3º Denominación: OHM SERVICIOS GENERALES
PETROLEROS SRL; 4º Domicilio: H. Irigoyen Nº 16 Primer Piso de la ciudad de Caleta Olivia, Provincia de Santa Cruz.- 5º Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por sí, o por terceros, o asociada con terceros; los siguientes actos: lº.- Dedicarse por cuenta propia o asociada a terceros a la prestación de servicios petroleros generales, movimientos de suelos, obras civiles, tendidos eléctricos, puesta a tierra de equipos de transformadores de energía eléctrica, montaje de estructuras, transporte de personal, transportes de mercaderías, transporte de sustancias líquidas y combustibles, soldaduras de alta y baja presión, recolección de protectores de cañerías, mantenimiento mecánico de equipos petroleros y de transporte, reparación de equipos de flota pesada y de equipos vinculados a la industria petrolera.
Dicho objeto, asimismo, se podrá concretar a través de las siguientes acciones: a Consultoría; Asesoría, análisis, planificación, redacción de estudios y/o proyectos y gestión de servicios generales vinculado al objeto principal, b Industrial: asesoramiento, mantenimiento, producción, provisión de materias primas e insumos para gastronomía y eventos, c Transporte y Logística: Explotación comercial del negocio de transporte de cargas, mercaderías, fletes, acarreos, encomiendas, y equipajes;
nacionales o internacionales, por vía terrestre, fluvial, marítima o aérea; almacenamiento, depósito, embalaje y distribución de bultos, paquetería y mercaderías en general; prestación integral de servicios de transporte general de mercadería, almacenamiento y distribución de stocks, facturación, cobro y gestiones administrativas, a personas físicas o jurídicas vinculadas al área de transporte en general. 2.- Participar en la constitución y/o adquisición de sociedades y empresas que operen en los ramos preindicados. 39.- Participar en Licitaciones y/o Contratos Público y/o privados a los fines de la realización de obra pública y/o privada y/o prestación de servicios afines. 4.- Arrendar inmuebles, muebles, vehículos y maquinaria en general. 5.- Realizar cualquier otra clase de actividad que esté relacionada directa o indirectamente con el objeto descripto. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones inclusive las prescriptas por los artículos 1881 y concordantes del Código Civil y el artículo 5 del Libro II, Título X del Código de Comercio.- 7º Capital: El capital social es de Pesos Cien mil $100.000.-, dividido en Cien cuotas de Pesos Mil $1.000, cada una.- 8º Administración:
La administración social será ejercida por los socios Alejandra Mariana Almonacid e Ismael Ramón Machuca lo mismo que el uso de la firma social, con el cargo de Socios Gerentes. Podrán como tal realizar todos los actos y contratos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social dentro de los límites de los artículos 58 y 59 de la ley de sociedades comerciales. Durarán en su cargo todo el término de duración de la sociedad, pudiendo ser removidas con las mayorías del artículo 160 de la ley de sociedades comerciales,- 9º El ejercicio social finaliza el 31 de Julio de cada año.- 10º Plazo. Tendrá una duración de noventa y nueve años, contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.-

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ISMAEL MACHUCA
Abogado Tº V FOLIO 72 STJSC

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/6/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date25/06/2019

Page count14

Edition count1765

First edition19/02/2002

Last issue02/07/2024

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