Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 11 de Junio de 2019.-

DAD: Servicios Sociales - FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social - SUB-FUNCIÓN: Promoción y Asistencia Social Sin Discriminar - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación - PARTIDAS PRINCIPALES, PARTIDAS PARCIALES y SUB-PARCIALES, que se detallan a continuación:
BIENES DE CONSUMO
Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes Combustibles y Lubricantes 18.939.50.SERVICIOS NO PERSONALES
Servicios Comerciales y Financieros Comisiones y Gastos Bancarios 60,50.ÍTEM: Subsecretaría de Planificación y Gestión de Seguridad Ciudadana - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD: Servicios de Seguridad - FUNCIÓN: Administración de la Seguridad - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR:
Operaciones - PARTIDA PRINCIPAL, PARTIDAS
PARCIALES y SUB-PARCIALES, que se detallan a continuación:
BIENES DE CONSUMO
Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes Combustibles y Lubricantes 20.000,00.ÍTEM: Secretaría de Estado de Seguridad - CARÁCTER: Administración Central - FINALIDAD:
Servicio de Seguridad - FUNCIÓN: Seguridad Interior - SECCIÓN: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operaciones - PARTIDA PRINCIPAL, PARTIDAS PARCIALES y SUB-PARCIALES, que se detallan a continuación:
BIENES DE CONSUMO
Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes Combustibles y Lubricantes 26.000,00.TOTAL GENERAL 200.000,00.Ejercicio 2018.3º.- ABONASE por Tesorería General de la Provincia previa intervención del Honorable Tribunal de Cuentas y de la Contaduría General de la Provincia, a favor de la Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión del Ministerio de Gobierno, la suma citada en el Punto 1 de la presente.4º.- Registrase, comuníquese, tomen conocimiento la Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión, la Contaduría General de la Provincia y el Honorable Tribunal de Cuentas, dése a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido ARCHÍVESE.Abog. FERNANDO M. BASANTA
Ministro de Gobierno _______
RESOLUCION Nº 825
RIO GALLEGOS, 05 de Diciembre de 2018.VISTO:
La Ley Nº 760 de Contabilidad y sus modificatorias, el Decreto Nº 2290 de fecha 7 de Diciembre del año 2016, Disposición SPyEF-Nº 032/18 de fecha 2
de Noviembre del año 2018, y el Expediente MG-Nº 507.253/18 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 2290/16, se aprobó la CAMPAÑA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL
permanente a partir del día 20 de Diciembre de cada año hasta el día 20 de Marzo del año siguiente;
Que el mencionado Decreto se faculta al titular del Ministerio de Gobierno a realizar Asignaciones de Fondos a fin de solventar los gastos que demande la citada Campaña;
Que en el Artículo 3 del mismo acto administrativo se autoriza a la Subsecretaría de Programación y Evaluación Financiera dependiente del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a actualizar los montos de la campaña anual, la que se implementaran todos los años, en coordinación con el responsable de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Gobierno;
Que por Disposición SPyEF-Nº 032/18 emanada por la Subsecretaría de Programación y Evaluación Financiera dependiente del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 19/20, se fijó a partir de la Campaña 2018/2019, la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL $ 2.500.000,00, con
cargo a rendir cuentas documentadas de su inversión;
Que la Secretaría de Estado de Seguridad propicia dos 2 Asignaciones de Fondos, una por cada ejercicio financiero, con cargos a rendir cuenta documentada de su inversión, destinados a la adquisición de diversos elementos y servicios esenciales que requiera la Agencia Provincial de Seguridad Vial para la correcta y normal ejecución de la aludida Campaña, tales como Bienes y/o Servicios No Personales;
Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 de la Ley Nº 760 establece no podrán comprometerse erogaciones susceptibles de traducirse en afectaciones de créditos de presupuesto para ejercicios futuros;
Que en este sentido, se gestiona la Primera Asignación de Fondos, a fin de cubrir los gastos que demandará dicha campaña correspondiente al año 2018, por un monto de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL $ 350.000,00;
Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente medida de conformidad a las competencias y procedimientos establecidos por el Decreto Nº 2290/16;
Que dicho trámite se realiza conforme anteproyecto de Resolución, emitido por la Subsecretaria de Planificación y Gestión de Seguridad Ciudadana dependiente de la Secretaria de Estado de Seguridad obrante a fojas 35/37;
Por ello y atento al Dictamen DGCALyD-Nº 0648/18, emitido por la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legales y Despacho de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 43 y vuelta;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:
1º.- ASÍGNASE a favor de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Gobierno, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA
MIL $ 350.000,00, destinados a la adquisición de diversos elementos y servicios esenciales que se requieran para la correcta y normal ejecución de la Campaña Provincial de Seguridad Vial, Bienes y Servicios No Personales, en un todo acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.2º.- AFÉCTASE preventivamente el presente gasto, con cargo al ANEXO: Ministerio de Gobierno
ÍTEM: Agencia de Seguridad Vial CARÁCTER:
Administración Central FINALIDAD: Servicios de Seguridad FUNCIÓN: Administración de la Seguridad SECCIÓN: Erogaciones Corrientes/Erogaciones de Capital SECTOR: Operación/Inversión Real PARTIDAS PRINCIPALES:
Bienes de Consumo $ 322.000,00.Servicios No Personales $ 20.000,00.SUBTOTAL
$ 342.000,00.TRASPASO HOJA 2 SUBTOTAL $ 342.000,00.Bienes de Uso $ 8.000,00.TOTAL
$ 350.000,00.Ejercicio 2018.3º.- ABONASE, a través de la Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, a favor de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, la suma total citada en el Punto 1 de la presente.4º.- Registrase, comuníquese, tomen conocimiento la Contaduría General de la Provincia y el Honorable Tribunal de Cuentas, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprenta, cumplido ARCHÍVESE.Abog. FERNANDO M. BASANTA
Ministro de Gobierno _______
RESOLUCION Nº 856
RIO GALLEGOS, 11 de Diciembre de 2018.VISTO:
La Ley Nº 3523 de Seguridad Pública, el Decreto Nº 23 de fecha 10 de Enero del año 2018, las Resoluciones Ministeriales MG-Nº 100 de fecha 10 de Abril
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
SUP. B.O. Nº 5359 DE 50 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL
del año 2017 y Nº 156 de fecha 30 de Mayo del año 2017, la Disposición SSPyGSC-Nº 006 de fecha 8 de Agosto del año 2017, sus modificatorias y complementarias y el Expediente MG-Nº 507.283/18 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3523 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Provincia de Santa Cruz en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad;
Que son competencias del Ministerio de Gobierno, la Dirección Superior de la Policía de la Provincia mediante la planificación estratégica, el diseño y formulación de las estrategias policiales de control de la violencia y el delito, la conducción y coordinación funcional y organizativa de las diferentes instancias y componentes de la misma, la dirección del accionar específico, así como también a las actividades y labores conjuntas con otros Cuerpos Policiales y Fuerzas de Seguridad, de acuerdo con sus funciones y competencias específicas;
Que así también, corresponde la incumbencia respecto de la planificación, organización y ejecución de la capacitación, formación e investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana tanto para el personal policial como para los/as funcionarios/as civiles y demás sujetos públicos y privados vinculados a la materia;
Que mediante la Resolución Ministerial MG-Nº 100/17, se ha dictado la Normativa Aplicable en Materia de Formación y Capacitación para la Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que asimismo, por Resolución Ministerial MG-Nº 156/17, se creó bajo la órbita de la Dirección General de Instrucción dependiente de la Superintendencia de Personal, Instrucción y Derechos Humanos de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, la División Centro de Entrenamiento y Doctrina Policial CEDoP, como un organismo específico que entienda en las tareas de planeamiento, gestión, evaluación y coordinación de los planes y programas de actualización y entrenamiento especializado del personal;
Que por Disposición SSPyGSC-Nº 006/17, sus modificatorias y complementarias, la Subsecretaría de Planificación y Gestión de Seguridad Ciudadana ha dictado las normas complementarias y aclaratorias para la puesta en funcionamiento de la mentada División;
Que con posterioridad a la vigencia de los actos administrativos destacados se dictó el Decreto Nº 23/18, reglamentario de los Artículos 57 y 72 de la Ley Nº 3523 aprobándose las Estructuras Organizativas de la Policía de la Provincia de Santa Cruz;
Que el Artículo 5 del Decreto precitado, faculta a este Ministerio a realizar las adecuaciones funcionales de las Estructuras Organizativas aprobadas, a los efectos de contribuir al cumplimiento de las obligaciones determinadas para esa fuerza policial;
Que desde la vigencia de la Ley de Seguridad Pública se han impulsado distintas medidas tendientes a definir los propósitos de la formación y capacitación del personal policial, las características que ésta debe tener y las condiciones en las que se desarrolla el proceso formativo, con el objetivo de contribuir a la profesionalización de la gestión de la seguridad pública y ciudadana;
Que con la aplicación de los diversos Planes Anuales de Capacitaciones-Técnico Profesionales, implementados durante los Ciclos de Capacitación 2017 y 2018, se propició la capacitación presencial y a distancia de más de la mitad del personal afectado a los diversos Cuerpos, Escalafones y Especialidades de la Institución Policial;
Que es dable destacar que con la puesta en funcionamiento del CEDoP se han re-entrenado a más de Ochocientos 800 efectivos policiales afectados a diversas áreas operativas de la Superintendencia de Policía de Seguridad; respetando la igualdad de género y la participación federal de efectivos de todas las localidades de la Provincia;
Que sigue siendo una premisa fundamental del diseño institucional para la política de seguridad de la Provincia de Santa Cruz, contar con un reentrenamiento periódico, sistemático y permanente del personal poli-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 11/6/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date11/06/2019

Page count50

Edition count1768

First edition19/02/2002

Last issue16/07/2024

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