Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 04 de Junio de 2019.-

conforme lo determinado mediante Resoluciones Ministeriales MSA-Nros. 1382/18 y 0471/19 modificatoria, y cuya percepción será de carácter no remunerativo y no bonificable.Artículo 3º.- DÉJASE ESTABLECIDO que a los fines de la percepción del Modulo creado en el artículo precedente, se deberá certificar previamente los servicios efectivamente prestados y cumplimentar las pautas instituidas en el ANEXO II Metodología de Implementación del Programa creado.Artículo 4º.- ESTABLÉCESE para las figuras del Coordinador General de Redes, Profesional Referente en Redes según Especialidad, Profesional Actuante en Redes y Coordinador Hospitalario en Redes, la asignación de módulos conforme la escala que se especifica en el ANEXO III que forma parte integrante del presente.Artículo 5º.- DÉJASE SIN EFECTO los Artículo 3º y 4º del Decreto Nº 2707/12, de conformidad a los considerandos del presente.Artículo 6º.- FACÚLTASE al Ministerio de Salud y Ambiente para que a través de la Secretaría de Estado de Salud Pública confeccionen el Manual de Procedimiento y los indicadores de gestión, proceso y resultados para realizar controles y cómputos de tareas llevadas a cabo por los integrantes de las Unidades Asistenciales en Redes.Artículo 7º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, a fin de atender el gasto que demanda la presente erogación con fondos del erario provincial, Ley de Presupuesto Nº 3633 - Ejercicio 2019.Artículo 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Salud y Ambiente.Artículo 9º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente y al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, Dra. KIRCHNER Od. María Rocío García ________
DECRETO Nº 0335
RIO GALLEGOS, 16 de Abril de 2019.VISTO:
El expediente MDS-Nº 228.173/19, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el presente actuado, se propicia la ratificación del Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la señora Gobernadora de la Provincia de Santa Cruz, Dra. Alicia KIRCHNER por una parte y por la otra el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia UNICEF, representado por la señora Luisa BRUMANA, el cual forma parte integrante del presente;
Que el presente Convenio Marco de Cooperación se suscribe en el Acuerdo Básico firmado en noviembre de 1957 entre el Gobierno de la República Argentina y el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia
UNICEF, siendo el presente Proyecto, específico para la Provincia de Santa Cruz y enmarcado en el Programa de Cooperación 2016-2020;
Que en esta oportunidad se lleva a cabo el Plan Provincial Integral para la infancia, el cual cuenta con el compromiso y apoyo de UNICEF;
Que para su implementación el Plan Integral se orienta por la normativa vigente a saber Convención sobre los derechos del Niño, Ley Nacional Nº 26061 Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Ley Provincial Nº 3062 - Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que residen en la Provincia de Santa Cruz;
Que el Plan Provincial mencionado, tiene como protagonistas a Niños, Niñas y Adolescentes con el fin de garantizar el cumplimiento pleno de sus derechos, concientizar sobre el cuidado del medio ambiente y la defensa de los recursos naturales, trabajar en la inclusión, la diversidad y la participación ciudadana como así también fortalecer la organización y la construcción colectiva de proyectos que los incluyan;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALJ-Nº 339/19, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 39 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 234/19, emitido por
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5357 DE 24 PAGINAS

Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 42/43;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio Marco de Cooperación celebrado entre la señora Gobernadora de la Provincia de Santa Cruz, Dra. Alicia KIRCHNER por una parte y por la otra el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia UNICEF, representado por la señora Luisa BRUMANA, el cual forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del mismo.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social quien remitirá copia del mismo ante quien corresponda, a sus efectos tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Marcela Paola Vessvessian ________
DECRETO Nº 0337
RIO GALLEGOS, 17 de Abril de 2019.VISTO:
El expediente JP-Nº 4.762-C/19, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3523 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública Provincial en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad;
Que el Ministerio de Gobierno es competente en la gestión general de la Policía de la Provincia de Santa Cruz, en lo referido a la dirección de los recursos humanos, la planificación y ejecución presupuestaria, la gestión económica, contable, financiera y patrimonial, la planificación y gestión logística e infraestructura y la asistencia y asesoramiento jurídico-legal, todo lo cual se realizara a través de una unidad de organización administrativa especial;
Que mediante Decreto Nº 0221/17 se reglamenta el Artículo 10 Inciso e conformándose un SISTEMA DE
ADMINISTRACIÓN CONJUNTA DE LA SEGURIDAD SACS, el cual establece un conjunto ordenado de principios, actividades y procedimientos tendientes a regular la gestión administrativa general de la fuerza en mención;
Que por Decreto Nº 0244/79, se dispuso el REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE PROMOCIONES
POLICIALES, el cual tiene por objeto satisfacer las necesidades orgánicas de la Institución Policial, llenando las vacantes de los cargos previstos en el Presupuesto General de la Provincia;
Que en función de ello el Comisario General Adolfo Esteban LOPEZ fue promovido a la jerarquía que ostenta a partir del día 1º de enero del año 2017, mediante Decreto Provincial Nº 2503 de fecha 4 de diciembre del año 2015;
Que mediante Resolución Ministerial MG-Nº 114/19, se designó al Comisario aludido a cargo del Despacho de la Superintendencia de Administración, Planificación y Desarrollo de la Policía de Santa Cruz;
Que mediante Disposición DGP C Nº 173 de fecha 15 de marzo del año 2019 obrante a fojas 16 el Jefe de la Policía de la Provincia propicia la promoción a la Jerarquía de Comisario General al Comisario Mayor Adolfo Esteban LOPEZ;
Que la presente medida se sustenta en la idoneidad y antecedentes profesionales acreditados en las presentes actuaciones cumplimentando así los requisitos exigidos en la normativa vigente;
Que en este sentido resulta necesario proceder a la promoción al cargo de Comisario General al Comisario Mayor Adolfo Esteban LOPEZ, a partir del día 1º de abril del año 2019;
Que la presente medida se dicta en uso de las
BOLETIN OFICIAL
atribuciones emergentes de los Artículos 78 y 10 Inciso e de la Ley Nº 3523 y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 21º Inciso d del Anexo al Decreto Nº 0221/17;
Por ello y atento a los Dictámenes DGCALyD-Nº 0114/19, emitido por la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legales y Despacho dependiente de la Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 25 y SLyT-GOB Nº 241/19
emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación obrante a fojas 30/32;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMUÉVASE, a partir del día 1º de abril del año 2019, a la Jerarquía de Comisario General al Comisario Mayor de Policía Adolfo Esteban LÓPEZ
Clase 1965 D.N.I. N 17.305.180.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Dr. Fernando Miguel Basanta ________
DECRETO Nº 0339
RIO GALLEGOS, 17 de Abril de 2019.VISTO:
El expediente MDS-Nº 228.355/19, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el presente actuado se propicia la ratificación del Convenio suscripto el mes de abril del corriente año, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado en este acto por su titular, Licenciada Marcela Paola VESSVESSIAN, por una parte y por la otra, el Municipio de Caleta Olivia, representado en este acto por su intendente señor Carlos Facundo PRADES, el cual forma parte con sus respectivos Anexos;
Que el presente Convenio tiene por objeto articular y garantizar la acción integrada y conjunta entre EL MINISTERIO y EL MUNICIPIO tendiente a garantizar la asistencia directa transitoria por emergencia social critica y situaciones especiales que afectan la ocupación y el trabajo para el acompañamiento familiar y el fortalecimiento del desarrollo humano y social a titulares de derecho específicos de la citada localidad;
Que para el logro del objetivo planteado en la Cláusula Primera las partes definen como interlocutores a los efectos del desarrollo y ejecución del presente, en representación del Ministerio a la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Economía Social y en representación del Municipio estará la Unidad Ejecutora de dicho fortalecimiento conformada por la Secretaría de Desarrollo Social y Supervisión de Planes Sociales y Cooperativas, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Relaciones Institucionales, Dirección de Trabajo Social;
Que en esta oportunidad el Ministerio se compromete a transferir hasta la suma de PESOS DOCE
MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO
MIL TRESCIENTOS $ 12.675.300,00 mensuales por un período de cinco 5 meses, comprendiendo los meses de marzo a julio del año 2019, para ser destinados exclusivamente a los fines establecidos en la Cláusula Primera del presente;
Que a los efectos del presente Convenio, el Municipio se obliga a efectivizar la transferencia directa a los destinatarios, en un plazo que no podrá superar los cinco 5 días hábiles;
Que el Municipio deberá elevar la rendición documentada de los fondos invertidos, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Decima Primera del Convenio, disponiendo para el cumplimiento de la presente obligación, de un plazo que no podrá superar los treinta 30
días desde la percepción efectiva de dichos fondos, en caso contrario el Ministerio se reserva la potestad de retener partidas a fin de que se subsane los trámites administrativos;
Que esta gestión se halla incluida dentro del eje

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/6/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date04/06/2019

Page count24

Edition count1768

First edition19/02/2002

Last issue16/07/2024

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