Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/8/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz
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Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de junio de 2012, mediante la cual se APRUEBA el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, suscripto con fecha 11 de mayo de 2012, entre el Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz y la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, tendientes a la asistencia financiera para la ejecución de la Obra: Trabajos de Mantenimiento y Acondicionamiento General de los edificios, Juzgado de Primera Instancia, Juzgado de Paz y Centro de Asistencia a la Víctima de la localidad de Puerto Deseado, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente S01: 0092570/2012, del Registro del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios de la Nación.Artículo 2º .- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas y la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA C.P.N. Roberto Ariel Ivovich
Lic. Paola Natalia Knoop ________
LEY Nº 3283
El Poder Legi slativo de la Provincia de Santa Cruz Sanci ona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- APRUEBASE el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, suscripto con fecha 4 de junio de 2012, entre el Poder Judicial de la provincia de Santa Cruz y la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, tendientes a la asistencia financiera para la ejecución de la obra: Remodelación y Acondicionamiento del edificio destinado al funcionamiento del Juzgado de Instrucción y Sala de Juicio Oral en la localidad de Puerto San Julián, de acuerdo a la docume ntación obrante en el Expediente S01:0358582/2011, del Registro del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación.Artículo 2.- A los fines del cumplimiento de la presente, los depósitos y movimientos de los fondos nacionales, se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 3136.Artículo 3.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 28 de Junio de 2012.Esc. FERNANDO FABIO COTILLO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOG UERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 1503
RIO GALLEGOS, 23 de Julio de 2012.V I S TO :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de
RIO GALLEGOS, 07 de Agosto de 2012.-
Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de junio de 2012, mediante la cual se APRUEBA el Convenio Úni co de Colabor aci ón y Trans fer enc ia suscripto con fecha 4 de junio de 2012 entre el Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz y la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, tendientes a la asistencia financiera para la ejecución de la Obra: Remodelación y Acondicionamiento del edificio destinado al funcionamiento del Juzgado de Instrucción y Sala de Juicio Oral en la localidad de Puerto San Julián, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente S01:
0358582/2011 del Registro del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios de la Nación; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º .- PROMULGASE bajo el Nº 3283 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de junio de 2012, mediante la cual se APRUEBA el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, suscripto con fecha 4 de junio de 2012 entre el Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz y la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, tendientes a la asistencia financi era par a la eje cución de la O bra:
Remodelación y Acondicionamiento del edificio destinado al funcionamiento del Juzgado de Instrucción y Sala de Juicio Oral en la localidad de Puerto San Julián, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente S01: 0358582/2011 del Registro del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios de la Nación.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas y la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA C.P.N. Roberto Ariel Ivovich
Lic. Paola Natalia Knoop ________
LEY Nº 3284
El Poder Legi slativo de la Provincia de Santa Cruz Sanci ona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- APRUEBASE el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, suscripto con fecha 28 de mayo de 2012 entre el Poder Judicial de la provincia de Santa Cruz y la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, tendientes a la asistencia financiera para la ejecución de la obra: Ampliación edificio Juzgado de Paz y Defensoría de la localidad de El Calafate, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente S01:0336053/2011, del Registro del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación.-
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4615 DE 14 PAGINAS
BOLETIN OFICIAL
Artículo 2.- A los fines del cumplimiento de la presente, los depósitos y movimientos de los fondos nacionales, se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 3136.Artículo 3.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 28 de Junio de 2012.Esc. FERNANDO FABIO COTILLO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOG UERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 1504
RIO GALLEGOS, 23 de Julio de 2012.V I S TO :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de junio de 2012, mediante la cual se APRUEBA el Convenio Úni co de Colabor ació n y Tr ans fere nci a, suscripto con fecha 28 de mayo de 2012 entre el Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz y la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, tendientes a la asistencia financiera para la ejecución de la Obra: Ampliación edificio Juzgado de Paz y Defensoría de la localidad de El Calafate, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente S01:0336053/2011, del Registro del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios de la Nación; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3284 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de junio de 2012, mediante la cual se APRUEBA el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, suscripto con fecha 28 de mayo de 2012 entre el Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz y la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, tendientes a la asistencia financiera para la ejecución de la Obra: Ampliación edificio Juzgado de Paz y Defensoría de la localidad de El Calafate, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente S01:0336053/2011 del Registro del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios de la Nación.Artículo 2º .- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obra Públicas y la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3º .- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA C.P.N. Roberto Ariel Ivovich
Lic. Paola Natalia Knoop