Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 29/12/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 78

Santa Rosa, 29 de diciembre de 2017

BOLETÍN OFICIAL N 3290

Ejecutivo, siendo necesario que al menos uno de ellos suscriba libramientos que se efectúen. Los bienes registrables adquiridos por el Partido deberán inscribirse a su nombre.

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y BASES DE ACCIÓN
POLÍTICA DEL PARTIDO
FRENTE RENOVADOR
LA PAMPA

TITULO SEXTO

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS

DEL CONTROL PATRIMONIAL

El partido FRENTE RENOVADOR establece como principio basal la defensa irrestricta del Estado Constitucional de Derecho, la que no solo se manifiesta en el respeto de la Constitución, sino también en el respeto irrestricto de las libertades civiles y políticas, los derechos humanos, y el respeto a las instituciones.
Nuestro partido se propone interpretar, fortalecer y consolidar los ideales renovadores a través del debate y el aporte de ideas de gestión y de construcción de consensos políticos.
Concebimos a la política como un medio por el cual es posible el mejoramiento continuo de las condiciones de vida de la población buscando el progreso social, creando diferentes oportunidades que fomenten un mejoramiento sostenido de la calidad de vida de los habitantes.
Somos un partido joven, que buscamos impulsar una nueva cultura política sustentada en la Democracia, que por vía del diálogo, la tolerancia, el respeto y el debate, explore formas activas para la resolución de los problemas políticos que aquejan a nuestra sociedad, recreando un ambiente de honestidad, modernización, compromiso y responsabilidad.
El partido FRENTE RENOVADOR considera como un elemento esencial de la Democracia la vigencia y protección completa de los derechos humanos por lo que hace suya la Declaración Universal de los Derechos Humanos y sus pactos complementarios, incorporándolos como parte integrante de esta Declaración de Principios.
Nos proponemos fomentar una cultura democrática basada en la confianza y la honestidad tanto de los actores políticos como de las instituciones. Ante la incertidumbre y el hartazgo que la corrupción generalizada produce en la población debemos enfocarnos en la recuperación de la confianza ciudadana, formando una nueva cultura democrática.
Somos conscientes de la importancia de la tolerancia como un valor fundamental de la Democracia, pues esta constituye la esencia del pluralismo, por ello, somos respetuosos de las otras opiniones políticas, y abonamos a la formación de una oposición responsable y propositiva, para entre todos avanzar hacia una nueva cultura política cimentada en bases democráticas, éticas y responsables.
El combate a la pobreza es un compromiso fundamental de nuestra institución política. Tenemos plena conciencia de las necesidades de los sectores más desprotegidos, las clases más vulnerables, cuales serán prioridad para la atención de nuestro partido.
La economía debe estar dirigida hacia una justa distribución de la riqueza, asegurando el pleno respeto a la propiedad privada, fomentando las micro, pequeñas y medianas empresas, sin olvidar el desarrollo agropecuario, siempre buscando soluciones sustentables con el medio ambiente.
Creemos que la economía debe tener una visión joven, inteligente, responsable y confiable, por ello, impulsaremos leyes y políticas públicas que generen confianza y atraigan inversiones.

ARTÍCULO 44: El tesorero del Comité Ejecutivo deberá llevar la contabilidad detallada de todo ingreso y egreso de fondos o especies, con indicación de la fecha de los mismos y de los nombres y domicilios de las personas que las hubieran ingresado o recibido. La documentación, con todos sus comprobantes será conservada durante diez ejercicios.
ARTÍCULO 45: El Tesorero elevará al Tribunal de Cuentas toda la documentación para su aprobación y posterior traslado a la Convención Provincial, la que resolverá su aprobación. El ejercicio económico tendrá cierre el 31 de Diciembre de cada año. El Comité Ejecutivo tendrá a su cargo el cumplimiento de las normas legales referidas a su presentación y demás disposiciones referidas al control patrimonial.
TITULO SÉPTIMO
DE LOS APODERADOS
ARTÍCULO 46: El Comité Ejecutivo nombrará uno o más Apoderados, para que en conjunto, separada o alternativamente representen al partido ante las autoridades judiciales, electorales y administrativas y realicen todas las gestiones que le sean encomendadas por los Órganos partidarios.
TITULO OCTAVO
DE LA EXTINCIÓN Y CADUCIDAD DEL PARTIDO
ARTÍCULO 47: El partido solo podrá declararse extinguido por la voluntad expresa de las cinco sextas 5/6 partes de sus afiliados declarada en la Convención Provincial. En tal caso su patrimonio se transferirá a la Provincia de La Pampa, con su cargo a ser utilizado en obras para el mejoramiento del sistema educativo provincial. Se extingue también por las causas que la ley determine con las garantías del debido proceso.
ARTÍCULO 48: La caducidad de la personería política solamente podrá admitirse si se declara por sentencia judicial, con las garantías del debido proceso, en el que el Partido sea parte. En este caso el destino de los bienes será el que fija en el artículo procedente.
TITULO NOVENO
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
ARTÍCULO 49: Los ciudadanos no afiliados al partido extrapartidarios gozaran de los mismos derechos que los que fueran, para ser presentados a cargos públicos.
ARTÍCULO 50: El registro de afiliados estará abierto en forma permanente.
ARTÍCULO 51: La presente Carta Orgánica tendrá vigencia a partir de la fecha de su sanción por los Órganos Partidarios, previa aceptación por el Tribunal Electoral de la Provincia de La Pampa.

BASES DE ACCIÓN POLÍTICA

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 29/12/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date29/12/2017

Page count80

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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