Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 29/12/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 4

Santa Rosa, 29 de diciembre de 2017

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 4552/17
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa
Dr. Ricardo Horacio MORALEJO, Ministro de la Producción.

BOLETÍN OFICIAL N 3290

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:
18 DE DICIEMBRE DE 2017
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL
CINCUENTA 3050.
Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

LEY N 3053: MODIFICANDO EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 2271
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 3: La presente Ley deberá ser reglamentada dentro de los sesenta 60 días de publicada en el Boletín Oficial.
Artículo 4: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Artículo 1: Modificase el artículo 1 de la Ley 2271, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1: Autorízase a los titulares de los Poderes del Estado y de Organismos Autárquicos y Descentralizados, a redeterminar los precios únicamente en lo que respecta a mano de obra.
La redeterminación de precios se aplicará como consecuencia de las variaciones salariales, previsionales y asistenciales previstas por el Estado Nacional para los trabajadores del sector privado en relación de dependencia, como así también las previstas por los sectores, actividades o empresas que hubiesen acordado colectivamente las mismas para el personal comprendido en los Convenios Colectivos de Trabajo respectivos.
En el caso de las cooperativas de trabajo, la redeterminación de precios se aplicará teniendo en cuenta el incremento establecido en el acuerdo salarial del Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad igual al objeto del contrato. En caso que no existiese tal, se aplicará el Convenio Colectivo de Trabajo correspondiente a los Empleados de Comercio o el que en el futuro lo reemplace.
El beneficio establecido en la presente se aplicará exclusivamente a los contratos de servicios de limpieza, jardinería, desmalezamiento, lavado, planchado, cocina, costura, vigilancia;
aplicando las disposiciones establecidas en esta Ley y conforme el procedimiento que se establezca reglamentariamente.
En la reglamentación se establecerán las condiciones para que opere la re determinación en estos contratos y los alcances de la misma, así como los efectos jurídicos cuando la redeterminación arroje resultado negativo.
Artículo 2: La presente Ley también será de aplicación a los contratos en curso de ejecución.

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.
REGISTRADA BAJO EL N 3053
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa EXPEDIENTE N 15902/17
SANTA ROSA, 13 DE DICIEMBRE DE 2017
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 4478/17
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa
C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas.
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 13
DE DICIEMBRE DE 2017
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL
CINCUENTA Y TRES 3053.
Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-

DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N 4362- -6-XII-17- Art. 1.- Apruébase la Propuesta de Póliza de Seguro obrante de fojas 6 a 7 y 28
a 30 del presente expediente, y autorízase al Señor Presidente del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda para que en representación de la Provincia de La Pampa, proceda a suscribir los instrumentos legales correspondientes, en virtud de la obligación establecida en el Decreto N 1478/2004 y Resolución N 49/2015 de ese instituto.- S/Expte. N 14214/2017

Decreto N 4475 -13-XII-17- Art. 1.- Apruébase el contrato de locación de servicios equiparado a la Categoría 16 Rama Servicios Generales -Ley N 643- a suscribirse con el señor Joaquín Jesús BATISTA -D.N.I.
N 28.677.826 -Clase 1980-, que como anexo forma parte del presente Decreto, de conformidad a lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley N 643.La contratación aprobada precedentemente, tendrá vigencia entre la fecha del presente Decreto y hasta el 31
de diciembre de 2017.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 29/12/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date29/12/2017

Page count80

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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