Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 30/4/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 838

Santa Rosa, 30 de abril de 2015

VISTO:
El Expediente Nº 3574/2014 -MGEyScaratulado MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN SUBSECRETARÍA DE CULTURA S/SUBSIDIOS A LAS
BIBLIOTECAS POPULARES QUE FUNCIONAN EN ESTA
PROVINCIA, DESTINADOS
A GASTOS
DE
FUNCIONAMIENTO Y SUBSIDIO LEY Nº 1449, CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL DE 2014; del que;
RESULTA:
Que por el mencionado Expediente se gestionó el otorgamiento de subsidios a Bibliotecas Populares que funcionan en la Provincia de La Pampa, destinados al pago de haberes de cargos de bibliotecarios y gastos de funcionamiento, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7
inciso c de la Ley N 1449 y su Decreto Reglamentario N
318/94, correspondiente al mes de abril de 2014;
Que por el artículo 1 del Decreto Nº 1587/94, se autorizó al Ministerio de Cultura y Educación para disponer los subsidios mensuales a favor de las Bibliotecas Populares comprendidas en el Sistema Provincial de Bibliotecas;
Que en ese marco, mediante Resolución N
476/2014, el citado Ministerio otorgó los subsidios a las bibliotecas populares conforme al detalle y monto consignado en la planilla anexa a la misma resolución, por un monto total de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y
SIETE MIL QUINIENTOS $577.500,00;
Que asimismo, por aplicación del Artículo 21 de la NJF Nº 835 se eximió a las entidades de cumplimentar la documentación exigida por el artículo 4º de la misma norma que, entre otros requisitos, establece la obligación de informar la nómina de autoridades.
Que de conformidad con lo establecido en la respectiva resolución, las entidades beneficiarias del subsidio debían rendir expresa y documentada cuenta de la inversión que realice con el importe asignado, ante la Subsecretaría de Cultura dentro de los veinte 20
primeros días hábiles del mes siguiente al otorgamiento de cada subsidio, de acuerdo con la normativa legal vigente al respecto;
Que, cumplido dicho plazo, todas las entidades realizaron la presentación correspondiente, a excepción de la Biblioteca Popular José Grassi de Adolfo Van Praet, la Biblioteca Popular Olga Orozco de Catriló, la Biblioteca Popular Bernardino Rivadavia de Miguel Cané y la Comisión ProBiblioteca Popular Jorge Agustín Picca de Pichi Huinca;
Que el Ministerio de Cultura y Educación dictó la Resolución N 1315/2014 fs 30/34 cuerpo principal mediante la cual se tuvieron por presentadas las rendiciones de cuentas de los subsidios otorgados por la Resolución Nº 476/2014 y se dio intervención el Tribunal de Cuentas;
Que a fs. 36 y 37 -cuerpo principalla Subsecretaría de Cultura informa la nomina de autoridades de las mencionadas instituciones;
Que a fs. 39/41 y 42/58 se agregan las rendiciones de la Biblioteca Popular Bernardino Rivadavia de Miguel Cané y Biblioteca Popular Olga Orozco de Catriló;

BOLETÍN OFICIAL N 3151

Que a fs. 70/71 del Cuerpo Principal se agregan los comprobantes de recepción de las cédulas de notificación de fs. 340/343 del c.c. mediante las cuales se intima a la presentación de las rendiciones adeudadas a la Biblioteca Popular José Grassi de Adolfo Van Praet y la Comisión ProBiblioteca Popular Jorge Agustín Picca de Pichi Huinca respectivamente;
Que a fs. 73/75 se agrega Informe de Relator Nº 579/2015 y a fs. 76/78 el Informe Definitivo Nº 748/2015;
Que en el Informe Definitivo se indica que se debería dictar Sentencia conforme al detalle que sigue: Importe Total del Subsidio: $ 577.500,00 - Importe Rendido en condiciones de ser aprobado: $ 560.205,28 - Importe que debería considerarse como No Rendido y objeto de reclamo de devolución a las Entidades Beneficiarias: $
17.294,72;
Que la Señora Vocal Subrogante de SALA I, comparte lo actuado y eleva las actuaciones a Secretaría para el dictado de la Sentencia;
CONSIDERANDO:
Que este Tribunal de Cuentas es competente para juzgar las presentes rendiciones de cuentas en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Ley Nº 513/69;
Que la Jefatura de Relatores realizó observaciones respecto de algunas de las rendiciones presentadas por las Bibliotecas Populares ante la Subsecretaría de Cultura;
Que las mismas fueron subsanadas, con excepción de la observación efectuada a la Biblioteca Popular General Manuel Belgrano de Luan Toro, a la cual se le indicó que no acompañó en su rendición el comprobante de Xiram por un importe de $794,72, y por ello se solicitó mediante Pedido de Antecedentes Nº 865/2014 que lo acompañe o devuelva dicho importe;
Que, notificada debidamente de lo requerido fa.
62, la entidad no dio respuesta alguna;
Que por su parte, la Biblioteca Popular José Grassi de Adolfo Van Praet y la Comisión ProBiblioteca Popular Jorge Agustín Picca de Pichi Huinca no presentaron rendición alguna, a pesar de estar debidamente intimadas, motivo por el cual la Jefatura de Relatores considera la aplicación de cargo por el monto de los subsidios no rendidos;
Que este Tribunal comparte la opinión de la Jefatura de Relatoría vertida en su Informe Definitivo, por lo que corresponde formular cargo a la Biblioteca Popular General Manuel Belgrano de Luan Toro por el monto de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON
SETENTA Y DOS CENTAVOS $794,72, a la Biblioteca Popular José Grassi de Adolfo Van Praet por el monto de PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA $
8.250,00, y Comisión ProBiblioteca Popular Jorge Agustín Picca de Pichi Huinca por el monto de PESOS
OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA $ 8.250,00,;
Que la responsabilidad corresponde que se atribuya a las entidades y a la Sra. María Inés GUERRA
DNI Nº 16.258.054 y a la Sra. Sol María GOMEZ DNI Nº 27.796.745 en calidad de Presidente y Tesorera de la Biblioteca Popular General Manuel Belgrano de Luan Toro,

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 30/4/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date30/04/2015

Page count76

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First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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