Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/4/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 19 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 44
EDICTOS DE USUCAPION

El Dr. Enrique Rogelio Mateo, Juez de Cámara Civil y Comercial Voc. Nº 4, en el Expte Nº C-219699/23 Prescripción Adquisitiva: QUIQUINTE
TEODORA c/ QUIQUINTE TAMBALA GUMERCINDO LEONCIO, procede a notificar el presente proveído: San Salvador de Jujuy, 23 de marzo de 2023. Proveyendo al escrito Nº 612394: Téngase por presentada a la Dra. MARÍA ROSA LLAMAS POL en nombre y representación de TEODORA
QUIQUINTE, por parte y por constituido domicilio legal. La demanda ordinaria por usucapión deducida córrase traslado a QUIQUINTE TAMBALÁ y a los herederos de GUMERCINDO LEONCIO Hernán Quiquinte, Cintia Quiquinte y Ricardo Quiquinte para que contesten en el término de QUINCE DIAS, bajo apercibimiento dispuesto en el artículo Art. 298 del C.P.C. Citase y emplázase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Circunscripción 1, Sección 5, Parcela 15, Manzana 66, Padrón N P20383, Matrícula P-2710, ubicado en calle Humahuaca N 966 del Barrio 23 de Agosto de la ciudad Palpalá para tomen conocimiento del juicio en QUINCE DIAS bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos, para ello notifíquese por edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES en CINCO DIAS. Citase a la MUNICIPALIDAD DE PALPALA y al ESTADO PROVINCIAL en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 del C.P.C para que tomen conocimiento del juicio y si consideraren en QUINCE DIAS bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Se deberá colocar el CARTEL INDICATIVO Art. 536 del C.P.C. y acompañar fotografías del mismo. Líbrese oficio a la Dirección Provincial de Inmuebles para que registre la litis en el Inmueble antes referenciado y remita cédula parcelaria de los colindantes. Deberá darse cumplimiento con los aportes ley y confeccionarse las diligencias por parte del a ctor. Notifíquese por cédula Fdo.
Dr. Enrique Rogelio Mateo -Juez-, Ante mí. Dra. Ana Romina NebhénProsecretaria.14/17/19 ABR. LIQ. Nº 32031 $1.650,00.Juez Tercer Juzgado Civil Comerial y Minas de Mendoza en autos N 253896 GARCIA ESPETXE CARLOS MARIA Y OTROS c/ HEREDEROS
DE DEIS JOSEFINA MAGDALENA P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA NOTIFICA a los herederos de Josefina Magdalena Deis las siguientes resoluciones: Fs. 90: Mendoza, 16 de Marzo de 2.023. RESUELVO: I Hacer lugar al planteo efectuado por la parte actora, y en consecuencia, ordenar que el traslado de demanda a los herederos de la titular registral se efectúe por medio de la publicación de edictos TRES VECES con dos días de intervalo en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES de Mendoza, como así también, en los Boletines Oficiales y diarios de difusión masiva de las provincias de Salta y Jujuy. NOTIFÍQUESE. Fdo. Dra. SALVINI Beatriz FernandaJuez. Fs. 63: Mendoza, 02 de Junio de 2021. De la demanda interpuesta y su modificación, TRASLADO a los demandados por el término de VEINTE días para que comparezcan, respondan, ofrezcan prueba y constituyan domicilio procesal electrónico dentro del radio del tribunal bajo apercibimiento de ley art. 21, 74, 209 y conc. CPCCYT. NOTIFÍQUESE Fdo. Dra. SALVINI Beatriz FernandaJuez El inmueble pretendido se ubica en calle Víctor Longone 2118 Chacras de Coria Lujan de Cuyo Mendoza Tiene una superficie según mensura 1.634,0 6
m2. según remanente de título 3.479,03 registrado como 4ta inscripción al asiento N 4388 fojas 304 tomo 20 del Departamento Luján de Cuyo Mendoza a nombre de JOSEFINA MAGDALENA DEIS.14/19/24 ABR. LIQ. Nº 32049 $1.650,00.La Vocalía Nº 6 de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial, en Expte. Nº C- 123514/18: Prescripción Adquisitiva: FERNÁNDEZ CUETO
ENRIQUE c/ CHAMBI FRANCISCA y quienes se consideren con derecho, le hace saber a ALDO MURILLO que se ha dictado el siguiente decreto:
Despacho hoy 12 de Mayo de 2020.- San Salvador de Jujuy, 12 de Mayo del año 2020.- 1.- Téngase por devuelto el oficio debidamente diligenciado arrimado por el DR. FERNANDO BAREA.- 2.- Habiendo dado cumplimiento con lo ordenado mediante providencia de fs. 128, atento al estado de autos y lo peticionado por el letrado, de la demanda ordinaria deducida, córrase Traslado a los accionados Sres. AROLDO RAUL MURILLO y ALDO MURILLO, en los domicilios denunciados, y con las copias respectivas, para que contesten dentro del término de Quince Días hábiles; contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere Art. 298 del C.P.C..- 4.- Intímese a los accionados, para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores resoluciones cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley.- 4.- Notificaciones en Secretaria, Martes y Jueves o el primer día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 5.- En relación a lo demás peticionado, no ha lugar, debiendo estarse a lo que a continuación se dispone.- 6.- Líbrese oficio al Juzgado FederalSecretaria Electoral y a la Policía de la Provincia, como se pide a los efectos de que informen el último domicilio de los Sr es. BEATRIZ CLEOFE MURILLO, JORGE CARLOS MURILLO, IRMA MURILLO y SUSANA ESTER MURILLO.- 7.- Impónese al proponente la carga de confeccionar la diligencia correspondiente para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala.- 8.- Notifíquese por cedula y a la demandada en el domicilio denunciado.- Fdo. Dra. María del Huerto SapagVocal, por ante mí, Dra. María Emilia del GrossoProsecretaria.- A despacho, 23
de Marzo del 2023 San Salvador de Jujuy, 23 de Marzo del 2023.- 1.- Asistiéndole la razón al Dr. Fernando E. Barea en cuanto corresponde notificar en diario local al Sr. Aldo Murillo, revóquese por contrario imperio el proveído de fecha 17 de Agosto de 2022 y en notifíquese por medio de Edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un diario local al Sr. Aldo Murillo 2.- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 del C.P.C. impónese a la parte interesada la carga de confeccionar la diligencia correspondiente a los fines de la publicación de los Edictos ordenados para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en Bandeja Colaborativa en el S.I.G.J. 3.- Notifíquese por cédula.- San Salvador de Jujuy, 3 de Abril de 2023.19/21/24 ABR. LIQ. Nº 32028 $1.650,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dr. José A. López Iriarte-Juez de Cámara Civil y Comercial CivilSala IVocalía 2, de la Provincia de Jujuy, hace saber a CABANA, MARTIN
ALEJANDRO DNI 22.420.659 que en el Expte. N C-160223/2020, caratulado: ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR: MATUS, DIEGO FEDERICO c/ CABANA, MARTIN ALEJANDRO y otro se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 3 de Junio de 2020. 1
Téngase por presentado el Sr. DIEGO FEDERICO MATUS con el patrocinio letrado del Dr. Esteban Nicolás Corte y por constituido domicilio legal. 2 Vista la acción deducida en autos conforme lo dispuesto por Art. accionada 53 Ley 24.240, Art. 11 de Ley 4442 y Titulo V Juicio Sumarísimo Art. 395 y cctes.
del C.P.C., imprimase el trámite sumarísimo. En consecuencia convocase a la MARTIN ALEJANDRO CABANA Y FIDECO MISO LA ADOLFINA en las personas de sus Responsables de las firmas, a la Audiencia que tendrá lugar el día 4 del mes de Septiembre del cte. año, a hs. 16:30, a la que deberá concurrir
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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/4/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date19/04/2023

Page count22

Edition count1231

First edition10/01/2018

Last issue05/07/2024

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