Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/4/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 19 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 44

para ejercitar la defensa provisto de los documentos que posea y a indicar los demás medios de prueba de que intente valerse bajo apercibimiento de que si no concurre se tendrá por ciertos los hechos afirmados por la actora; debiendo esta última también concurrir personalmente al acto, bajo apercibimiento de que sin justificar un motivo atendible, se tendrá por desistida de la demanda. 3 Asimismo intímese a la demandad, para que hasta la fecha establecida precedentemente, constituya domicilio legal dentro del radio del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle en lo sucesivo, por Ministerio de Ley. 4 Notifíquese a la Empresa Accionada por Oficio al Señor Juez de Paz de Perico y al co-demandado mediante cédula, debiendo las partes interesada arrimar las diligencias pertinentes para su posterior control y firma por Secretaria y dar cuenta de su diligenciamiento en el término de cinco días de retirada de barandilla, bajo apercibimiento de Ley. 5 Intímese a la parte actora para que en el término de CINCO DIAS acredite el dilig enciamiento de la notificación pertinente, bajo apercibimiento de aplicarle una multa de $500 en caso de incumplimiento injustificado y de suspender la Audiencia fijada precedentemente. 6
Atento la naturaleza de la presente causa, designase en autos al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes, como Agente Fiscal. 7 Notificaciones en Secretaría:
Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. 8 Atento el estado de la causa, a fin de integrar Tribunal pasen los autos a Despacho de la Dra. ELBA RITA CABEZAS y llámese a integrar el Tribunal a la Dra. LIS MARCELA VALDECANTOS BERNAL, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, para que manifiesten si tienen causal de excusación con las partes. 9 Notifíquese por cédula. - Fdo. Dr. Esteban Javier Arias CauVocal HabilitadoAnte mí: Dra. Camila MammanaProsecretariaSan Salvador de Jujuy, 28 de septiembre de 2022 I.- Proveyendo la presentación realizada por el Dr. Esteban Corte escrito Nº 401393, atento a las constancias de autos y lo manifestado por la Dra. SILVIA TERESA MAURIN escrito Nº 399950, notifíquese al demandado MARTIN ALEJANDRO CABANA mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial y en el diario local d e mayor difusión de la Provincia art. 162 del CPC. II.- Encomiéndese al Dr. Esteban Corte la confección de las diligencias ordenadas, debiendo adjuntarla en diligencias colaborativas del Sistema Integral de Gestión del Poder Judicial para control y firma digital del actuario art. 50 y 72 del CPC, quedando debidamente facultado para su diligenciamiento y/o persona autorizada. III.- Notifíquese por cédula art. 155 del CPC.Fdo. Dr. José A. López Iriarte -Juez-. Ante mí: Dr.
Ignacio GuesalagaSecretario.- San Salvador de Jujuy, 11 de octubre de 2022. I.- Proveyendo presentación realizada por el Dr. Esteban Nicolás Corte, a la aclaratoria solicitada, ha lugar. Aclárese al Dr. Esteban Corte que la publicación de edictos ordenada en providencia de fecha 28 de septiembre de 2022 deberá ser realizada tres veces en un periodo de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de publicación local. II.- Notifíquese por cédula art.
155 del CPC.- Fdo. Dr. José Alejando López IriarteJuezAnte mí: Dr. Ignacio José Guesalaga-Secretario.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 31 de Octubre del 2021.14/17/19 ABR. LIQ. Nº 31950 $1.650,00.Dr. Diego Armando PucaJuez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaría Nº 3, en el Expte. Nº B-248.190/11, caratulado:
Prepara Vía Ejecutiva por Cobro de Alquileres: MALDONADO JORGE HUGO c/ CARDOZO, GABRIEL RAMÓN Y BRIZUELA, MARGARITA
SUSANA, hace saber al Sr. CARDOZO, GABRIEL RAMÓN, que se ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN: San Salvador de Jujuy, 21 de Marzo del 2023.- Autos y Vistos - Considerando - Resuelve 1 Regular los honorarios de la DRA. IGARZABAL, ANA GABRIELA en la suma de PESOS TRECE
MIL NOVECIENTOS $13.900,00. Dicho monto dinerario, en caso de mora, devengará el interés de la tasa activa cartera general del Banco Nación conforme al fallo Zamudio c/ Achi L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 del 11/05/2011, desde la fecha de la presente resolución y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere, conforme los considerandos expuestos con anterioridad.- 2 Hacer saber a la Dra. Igarzabal, que deberá adjuntar diligencia colaborativa para su posterior impresión y diligenciamiento.- 3 Notificar, informatizar, agregar copia en autos, hacer saber, etc.- Fdo. Dr. Diego A. Puca Ante mí: Proc. Gastón Mercau, Prosecretario.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres 3 veces en cinco 5
días.- San Salvador de Jujuy, 28 de Marzo del 2.023.14/17/19 ABR. LIQ. Nº 31995 $1.650,00.Dr. José Alejandro López IriarteVocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial, Vocalía 2, Presidente de trámite en el Expte.: C-166.678/20, caratulado: Daños y Perjuicios CARRANQUE, YANINA MAGALI c/ TEJADA FERNANDO MARTIN, de conformidad con lo dispuesto en los autos del rubro, ordena notificar los proveídos que se detallan a continuación: Decreto fs. 87: San Salvador de Jujuy, 16 de diciembre de 2021. IProveyendo a lo solicitado por el Dr. Fernando Rene Echenique, atento los informes de la Policía de la Provincia División Antecedentes y Secretaria Electoral del Juzgado Federal y el resultado negativo de las diligencias de notificación de fs. 45/vta. y 84 vta., conforme lo dispone el art 162 d el Código Procesal Civil, notifíquese al demandado, FERNANDO MARTÍN TEJADA, el decreto de fs. 34 traslado de demanda y el presente por EDICTOS que deberán publicarse tres veces en cinco días en un diario local y en el Boletín Oficial. IIFacultándose para el diligenciamiento de los mismos al Dr. Echenique y/o la persona que el mismo designe.- IIIConforme el Art. 72 del CPC, deberá el interesado confeccionar los edictos y presentarlos para control y firma por secretaria en el plazo de cinco 5 días de notificada la presente providencia y una vez retiradas de barandillas en el plazo de diez 10 días acreditar la diligencia. IVNotifíquese por cédula.
Fdo: Dr. José A. López Iriarte -Juez. Ante mí: Dra. Eleonora A. Calluso-Prosecretaria. Proveído Fs.34: San Salvador de Jujuy, 26 de Octubre de 2020. 1.Téngase por presentado el Dr. Fernando Rene Echenique en representación de la Sra. YANINA MAGALI CARRANQUE a mérito de la copia de poder general para juicios que acompaña y por constituido domicilio legal.- 2.- De la demanda Ordinaria por daños y perjuicios en contra de FERNANDO MARTIN
TEJADA córrase traslado en el domicilio denunciado y con la copias respectivas de la demanda para que la conteste en el plazo de QUINCE DIAS 15, bajo apercibimiento de tenérsela por contestada en los términos del art. 298 del C.P.C. e intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de que si así no hiciera se lo notificara mediante Ministerio de Ley, art.2,54 y 154 del CPC.- 3.Notificaciones en Secretaria, los días martes y jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuera feriado.- 4.- Atento el informe que antecede, intímese al letrado en el plazo de cinco días a acreditar el pago de los aportes correspondientes a Estampilla Profesional, Previsional inc. c y d Art. 22 Ley 4764 y proporcional de tasa de Justicia bajo apercibimiento de aplicar una multa de $100 por cada día de mora y lo que dispone el art. 19 de la L.O.P.J. 5.Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Elba Rita CabezasVocal Habilitada-Ante mí; Camila MammanaProsecretaria.- Publíquese los edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local de circulación masiva.- SECRETARÍA Dra. Eleonora A. Calluso, Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 27
de Diciembre de 2021.
14/17/19 ABR. LIQ. Nº 32022 $1.650,00.Dr. Jorge Daniel Alsina, Juez de la Sala II, Vocalía V de la Cámara en lo Civil y Comercial, en el EXPTE. Nº C-082938/2017, caratulado: "Daños y Perjuicios: GRIMALDO DELFA ADELA c/ ANDAR AUTOMOTORES S.R.L.; ERAZO MARIA DE LOS ANGELES; y otros notifica por este medio al demandado Sr. JORGE MAURICIO ERAZO, argentino, DNI Nº 29.9157.16 el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 07 de Septiem bre de 2022:
Téngase presente el informe actuarial que antecede.- Proveyendo al escrito Nº 367743: Atento lo solicitado y lo informado por Secretaría, dése por decaído el derecho a contestar la demanda al Accionado JORGE MAURICIO ERAZO. Firme se designará como representante del Sr. JORGE MAURICIO ERAZO al Sr. Defensor Oficial del Ministerio Público Civil, debiendo notificarse por Edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un Diario Local.Conforme Art. 50 y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección del Edicto ordenado precedentemente, el que deberá ser presentado como diligencias colaborativas en el S.I.G.J.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina -VocalAnte mí: Dra. María Florencia Fiad -Pro Secretaria.- Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 22 de Septiembre de 2022.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/4/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date19/04/2023

Page count22

Edition count1234

First edition10/01/2018

Last issue12/07/2024

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