Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 21 de febrero de 2020

BOLETIN OFICIAL

la medicación alcanzaría para el día 11 de diciembre de 2016 a las 06 hrs., irrumpiéndose el tratamiento del Sr. Estecho;
Que de esta situación se desprende que tanto la enfermera que retira la medicación no habrían informado que desde la farmacia se entregó una menor cantidad de comprimidos, asimismo los enfermeros del turno noche del día 10 de diciembre de 2016, Patricia Romero y Sebastián Giménez, que eran los encargados de preparar la medicación para la jornada del día siguiente, no habrían comunicado la faltante de medicación, ya que considerando la cantidad de comprimidos y el horario en que se administraba, el personal de ese turno debió haber advertido de que solo se encontraba con un comprimido para el día siguiente, domingo 11 de diciembre;
Que el día 11 de diciembre recibe la guardia las enfermeras Fedra Vera, Valeria Reynoso y Silvia Blason, quien de acuerdo a la documentación acompañada asientan el suministro del antibiótico, pese a su faltante, y en el siguiente turno no hay comunicación de faltante y se registra el suministro del antibiótico, siendo las enfermeras Verónica Moreyra, Daiana Albornoz, Yanina Migueles y Vanesa Zeballos;
Que continuando con la descripción ese mismo día en el turno noche el enfermero Angel Parizzia deja registrada la faltante de Clindamicina, pese a lo cual a las 00 hrs., la enfermera Flavia Leguizamón asienta el suministro del medicamento;
Que el día 12 de diciembre a las 7 horas, cuando se reincorpora la Jefa Interina de Sala N 2- Noemí Pérezse pone en conocimiento de la discontinuidad del tratamiento y se solicita a la médica clínica que realice nueva receta y el día 31 de Diciembre a las 12 horas, el Sr. Estecho retoma el tratamiento;
Que la Directora del Hospital Colonia de Salud Mental de Diamante destaca que el personal de Sala N 2 ha completado de manera irregular los registros de los libros de enfermería en los dos períodos de tratamiento, agregando de fs. 61/64 copias de hojas de Enfermería en las que se destaca la forma de administración de la medicación al usuario Estecho;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención de su competencia;
Que por todo lo expuesto corresponde disponer la instrucción de una información sumaria en el ámbito del Hospital Colonia de Salud Mental de Diamante a los efectos de investigar y deslindar responsabilidades por las que se producen irregularidades en la atención y administración de medicación a un usuario de la Sala de Internación N 2, encuadrando la presente en el marco del Artículo 20 y concordantes del Decreto N 2/70 SGG.;
Que atento a la vigencia de la Ley 9755 Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia, la que por el Artículo 121 derogó la Ley 3289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el Artículo 200 y concordantes Resolución N 555/71 y Decreto N 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el Artículo 1 del Decreto N 2840/07 GOB;
Por ello;
La Ministra Secretaria de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1.- Disponer la instrucción de una información sumaria en el ámbito del Hospital Colonia de Salud Mental de Diamante, a los efectos de investigar y deslindar responsabilidades por las que se producen irregularidades en la atención y administración de medicación al usuario Estecho Domingo, en la Sala de Internación Nº 2 y de conformidad en lo expresado en los considerandos de la presente resolución.
Art. 2.- Mantener plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el Artículo 20 y concordantes Resolución N 555/71 y Decreto N 2/70
SGG, conforme lo dispuesto por el Artículo 1del Decreto N2840/07
GOB.
Art. 3.- Pasen las presentes actuaciones a la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado.Art. 4.- Comunicar, publicar y archivar.Sonia M. Velázquez
RESOLUCION Nº 3984 MS
Paraná, 7 de noviembre de 2017
Declarando de interés ministerial la II Jornada sobre infancia: Debates en torno a la atención de las problemáticas temprana de la infancia, que se llevara a cabo el día 10/11/17 en el Salón de la Escuela Normal Superior José María Torres de esta ciudad, en virtud de lo expuesto en la presente resolución.

RESOLUCION Nº 3985 MS

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Paraná, 7 de noviembre de 2017
Teniendo por presentada a partir del 1 de noviembre de 2017, la renuncia efectuada por la Odontóloga Sandra Gabriela González, DNI N 21.912.135, al cargo de directora interina por concurso Artículo 60 de la Ley 9892 - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria -Escalafón Sanidad del Centro de Salud Estanislao Zeballos de Paraná, cuya designación se llevó a cabo mediante Decreto N 1985/17 MS, debiendo reintegrarse al cargo Profesional Asistente que detenta en forma efectiva en el mencionado efector.Pasando a prestar servicios a partir de la fecha de la presente resolución a la odontóloga Sandra Gabriela González, DNI Nº 21.912.135, quien revista en forma efectiva sobre un cargo Profesional Asistente - Carrera Profesional Asistencial Sanitaria - Escalafón Sanidad del Centro de Salud Estanislao Zeballos, al Servicio de Odontología del Hospital San Martín, ambos de Paraná, conforme a lo expuesto en la presente norma legal.
RESOLUCION Nº 3986 MS
Paraná, 8 de noviembre de 2017
Aprobando la Solicitud de Cotización N 93/17 cuya fecha de apertura tuvo lugar el día 08 de septiembre de 2017 y autorizada mediante Resolución N 2801/17 M.S., para la compra de cuatro computadoras personales, cuatro estabilizadores de tensión y cuatro impresoras, con destino al Hospital Francisco Ramírez de Feliciano, por la suma total de $ 72.136,00, en mérito a lo expuesto en la presente resolución.Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140 -texto único y ordenadoDecreto N 404/95 M.E.O.S.P., Capítulo II, Título III, Artículo 26, Inciso B, concordante con el Decreto Reglamentario N 795/96 M.E.O.S.P., Título I, Capítulo I, Artículo 5, Punto 3 y Articulo 6, Punto 3, Título IV y su modificatorio Decreto N 723/17
M.E.H.yF.Adjudicando la compra interesada conforme el siguiente detalle:
Alport S.R.L. de Paraná Renglón N 01: cuatro computadoras personal, 3,5 ghz 4GB 1TB
LED 18,5 W1 0 PRO, marca CX - $ 54.200,00.Renglón N 2: cuatro estabilizador de tensión 1200VA, marca:
Lyonn TCA-1200 NV - $ 2.340.00.Renglón N 3: cuatro impresoras láser Monocromo Ethernet USB
WIFI, Marca HP Laser Pro M203DW WIFI - $ 15.596,00.Autorizando a la Dirección General de Administración de este Ministerio de Salud a confeccionar la orden de pago y solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia, previa presentación de documentación debidamente conformada, según normativas legales e impositivas vigentes, certificación de la mercadería por parte del Departamento Contrataciones y el Departamento Informática ambos de este Ministerio y el Hospital Francisco Ramírez de Feliciano para el pago a la Firma Alport S.R.L. de Paraná, por un importe total de $ 72.136,00, con cargo a rendir cuenta el Departamento Tesorería de este Ministerio ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 3987 MS
Paraná, 8 de noviembre de 2017
Autorizando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a realizar el pago por el mes de Septiembre/17 al Programa SUMAR por la suma total de $ 631.701,00, para que realice la transferencia a los distintos efectores 15% del Tesoro Provincial a través del Departamento Tesorería, a la Cuenta Corriente Bancaria del Programa SUMAR en el Nuevo Banco de Entre Ríos Sucursal Paraná N 662606/6, con destino a cumplimentar la suma que el Programa SUMARliquidará a los distintos efectores detallados en autos, adheridos al Programa, siendo responsabilidad del mismo, transferir los fondos, conjuntamente con el 85% que transfiere el Ministerio de Salud de la Nación directamente al mencionado Programa en dicha cuenta bancaria, fondos que deberán transferirse a los efectores previa liquidación por parte de la UGSP, en base al cumplimiento mensual de metas y objetivos fijados por el Programa citado.Encuadrando la presente gestión en la Ley N 9765 - Resolución N 2335/06 MSAS, Resolución N 6711/11 MS, Decreto N 3561/10
MS, Disposición Nacional de Operación Interna UEC N 35 y Anexo I Disposición Operativa UEC N 53 y adenda al Convenio Marco Clausula 3.
Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio a realizar la solicitud de fondos ante la Tesorería General

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date21/02/2020

Page count34

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

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