Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/2/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

10

BOLETIN OFICIAL

ordenado Decreto N 404/95 MEOSP -Artículo 27 -Inciso c - Apartado b -Punto 3 - concordante con el Decreto Reglamentario N
795/96 MEOSP -Artículos 133º y 142, Inciso 4 -Puntos a y b y Decreto N 3368/15 MEHF y Decreto N 3912/12 M.S. y Decreto N
1615/15 MSAS Convenio Marco del Programo Federal Incluir Salud.Facultando a la Dirección General de Administración de este ministerio, a efectuar el pago a la firma Centro de Aguas Escuela de Natación y otras actividades acuáticas de Javier Aníbal Zampedri, de Chajarí, de la Factura C N 0001-00001350 de fecha 15/06/15, obrante a fs.- 01 de autos, por la suma de $ 1.768,00, atento a lo reconocido por la presente resolución, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 1349 MS
Paraná, 10 de mayo de 2016
Aprobando la contratación directa -vía de excepciónde los servicios prestados por la firma SERCAR - Correo Privado S.R.L. de esta ciudad, por la suma de $ 6.558,00, según Factura B N 000700000608 del 07/01/16, obrante a fs. 02 de autos, en concepto de gastos efectuados por la Dirección de Epidemiología de este Ministerio, en virtud de lo expuesto en la presente norma legal.
Encuadrando la presente gestión en la Ley 5140 -texto único y ordenado Decreto N 404/95 MEOSP. -Artículo 27 -Inciso c -Apartado b -Punto 3 -concordante con el Decreto Reglamentario N
795/96 MEOSP -Artículo 142º -Inciso b -Punto 4, Decreto N 5719/04
MEHF., Decreto N 5526/07 MEHF, y Decreto N 3368/15 MEHF, Resolución N 303/03 Subs. E. de S.Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia para que abone a favor de la Firma SERCAR -Correo PrivadoS.R.L. de esta ciudad, la suma de $ 6.558,00, en mérito de lo dispuesto por la presente resolución.-

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 262 PCMER
ADMITIENDO SOLICITUDES DE INSCRIPCION
Paraná, 6 de febrero de 2020
VISTO:
La finalización del período de inscripción a los Concursos Públicos N 229 y 230 convocados mediante Resolución N 1065/19 CMER y modif.; y CONSIDERANDO:
Que, en fecha 24 de octubre de 2.019, finalizó el período de inscripción a los Concursos Públicos Nº 229 y 230 destinados a cubrir dos 2 cargos de Vocal para el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia y dos 2 cargos de Vocal para el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, respectivamente;
Que, conforme al artículo 50 del Reglamento General y de Concursos Públicos RGCP, una vez verificado el cumplimiento de todos los requisitos de inscripción, se tendrá por admitidos a los postulantes que hubieran acreditado su cumplimiento y a tal efecto se dará a conocer el listado del total de inscriptos y de quienes lo están en carácter condicional, de la misma forma en que se publicó el llamado a concurso, haciéndose saber asimismo el lugar donde se recibirán las impugnaciones que se deduzcan contra aquéllos y la fecha y hora hasta la cual podrán plantearse las mismas;
Que, asimismo, y conforme el último párrafo del artículo antes citado, se admitirá la inscripción condicional de aquellos postulantes que no posean los requisitos fijados por la ley a la fecha de cierre del plazo establecido al efecto, pero que pudieran cumplirlos al momento de la finalización del concurso, entre los cuales se hallan comprendidos los casos en que no se reúna la edad mínima requerida, la antigedad mínima en la profesión o en funciones judiciales, para el cargo que se postula, o no alcanzar el mínimo de residencia establecido para quienes han nacido fuera de la Provincia de Entre Ríos;
Que, además, conforme a los artículos 47 y 48 del RGCP, se rechazarán las solicitudes de inscripción de aquellos postulantes que, pese a haber sido emplazados, no hubieran cumplido al término del plazo establecido al efecto, con los requisitos fijados por la Constitución Provincial, la ley del Consejo de la Magistratura, el RGCP y las leyes orgánicas del Poder Judicial o del Ministerio Público según el caso-;
Que, la situación indicada en el Considerando precedente se da en los casos de los Dres. Alfieri Porqueres, Santiago David; Malvasio, Juan Francisco; Schlotahuer, Nelson José, respecto del Concurso N
229; y en el caso de los Dres. Badano, Gonzalo Ariel; Rivoira, Julia Elena; Schlotahuer, Nelson José y Siblen, Silvia Evelina respecto del
Paraná, martes 11 de febrero de 2020

Concurso N 230, por no haber cumplido con el pago del arancel establecido en el Artículo 17 Bis de la Ley 9.996;
Que, conforme el artículo 51 del RGCP, a partir de la publicación y por un plazo de cinco 5 días, todo ciudadano o asociación profesional o social podrá impugnar la admisión en el concurso de aquellos aspirantes que, a su saber, se encontraren estrictamente alcanzados en los supuestos del artículo 48 del RGCP;
Que, el artículo 52 del RGCP dispone que las impugnaciones deberán presentarse por escrito, en la Secretaría General, acompañando fotocopia del DNI de la persona que la presenta o, en el caso de tratarse de una asociación profesional o social, el acto administrativo que le otorga personería jurídica, o ley de creación y una fotocopia del DNI del Presidente o Secretario General de la misma;
Que, la impugnación deberá también detallar los datos de la persona observada, el o los motivos en que fundamenta la misma y la prueba en que se sustenta, la que deberá ser acompañada en ese momento, o en su caso, la indicación precisa del lugar en donde puede hallarse;
Que es facultad del Presidente del CMER dictar la presente conforme a los artículos 47 y 50 del RGCP; y Por ello;
El Presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Admitir las solicitudes de inscripción y conformar el listado total de los siguientes postulantes inscriptos al Concurso N 229: Dres. Arias, José Emiliano; Badano, Gonzalo Ariel; Barbosa, Facundo Javier; Bastian, Edwin Ives Leonardo; Caprarulo, Mariano Joaquín; Carballo, Wa lter Daniel; Degano, Eduardo Enrique Antonio; Dri, Darío Cesar; Figueroa, Mario Andrés; Garrera Allende, Pablo Jorge; Giorgio, María del Luján; Guerrero, Mauricio Javier; Larocca Rees, Maximiliano Otto; Lazzaneo, Juan Ignacio;
Ledesma, Francisco Rafael; Luggren, Rosana Elizabeth; Mautone, Darío Guillermo; Mayer, Mauricio Marcelo; Mondragon Pafundi, María Clara; Nuñez, José Martín; Rivoira, Julia Elena; Rondoni Caffa, Sergio Rubén; Siblen, Silvia Evelina; Temporetti, Ricardo Antonio y Zabaleta, Fabio Javier.Art. 2º: Admitir las solicitudes de inscripción y conformar el listado total de los siguientes postulantes inscriptos al Concurso N230: Dres. Alfieri Porqueres, Santiago David; Alvarez, Lisandro Matías; Aramberry, Ignacio Luis María; Barbosa, Facundo Javier;
Bonazzola, Ricardo Daniel; Brugo, Santiago Nicolás; Canepa, Alejandro Joel; Carballo, Wa lter Daniel; Federik, Matilde; Figueroa, Mario Andrés; Firpo, Susana María Paola; Garrera Allende, Pablo Jorge; Garzon, Elvio Osir; Larocca Rees, Maximiliano Otto;
Lazzaneo, Juan Ignacio; Ledesma, Francisco Rafael; Luggren, Rosana Elizabeth; Malvasio, Juan Francisco; Mautone, Darío Guillermo; Mayer, Mauricio Marcelo; Mondragon Pafundi, María Clara; Nuñez, José Martín; Ramirez Montrull, Juan Francisco; Ríos, Carlos Hugo; Rondoni Caffa, Sergio Rubén; Sueldo, Jorge Gabriel y Temporetti, Ricardo Antonio.Art. 3º: Rechazar las solicitudes de inscripción presentadas al Concurso N 229 por los Dres. Alfieri Porqueres, Santiago David;
Malvasio, Juan Francisco y Schlotahuer, Nelson José, por lo expuesto en los Considerandos precedentes.Art. 4: Rechazar las solicitudes de inscripción presentadas al Concurso N 230 por los Dres. Badano, Gonzalo Ariel; Rivoira, Julia Elena; Schlotahuer, Nelson José y Siblen, Silvia Evelina, por lo expuesto en los Considerandos precedentes.Art. 5: Hacer saber que las impugnaciones se recibirán en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº 471 de la Ciudad de Paraná, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 hs. El trámite únicamente podrá realizarse personalmente o por tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa aplicable.Art. 6: Publicar el listado por un 1 día en el Boletín Oficial y en uno 1 de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada, la que además deberá darse a conocer también en la página web del Consejo y del FOFECMA y mediante carteles fijados en los edificios en los que funcionen tribunales judiciales, en las universidades de la región, en el Colegio de Abogados y en la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.Art. 7: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.Art. 8º: Comuníquese, publíquese y archívese.Pablo Alejandro Biaggini, presidente; Hernan Jorge, secretario.

About this edition

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date11/02/2020

Page count26

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829