Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/8/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

el domicilio en calle Presidente Perón N 412
de la localidad de Hasenkamp, al Hospital Dr.
José Brage Villar de la mencionada localidad, de acuerdo a la Ley 9892 - artículo 41 y siguientes.
RESOLUCION Nº 744 MS
Paraná, 23 de marzo de 2016
Otorgando adscripción de conformidad a su solicitud a la Técnica en Producción de Bioimágenes María José Constantin, DNI N
35.717.331, MP N 18.804, con el domicilio en calle Pronunciamiento N 94 de la localidad Villa Clara Dpto. Villaguay -, al Hospital San Rosa de la ciudad de Villaguay, de acuerdo a la Ley 9892 - artículo 41 y siguientes.
RESOLUCION Nº 745 MS
Paraná, 23 de marzo de 2016
Otorgando adscripción de conformidad a su solicitud al Doctor Gustavo Horacio Villanueva, DNI Nº 13.631.015, MP Nº 6.223, con el domicilio en calle España N 362 de la ciudad de Parana, al Hospital San Blas de la ciudad Nogoyá, de acuerdo a la Ley 9892 - artículo 41
y siguientes.
RESOLUCION Nº 746 MS
RECTIFICANDO RESOLUCION
Paraná, 23 de marzo de 2016
VISTO:
La Resolución N 136 MS de fecha 23 de diciembre de 2015; y CONSIDERANDO:
Que por la citada resolución se otorga la adscripción al Dr. Fernando Daniel Astrada, DNI N 29.068.517, MP N 11.142, al Servicio de Clínica Médica del Hospital San Antonio de la ciudad de Gualeguay;
Que a fs. 34 y 36 de autos el Departamento Personal del citado Establecimiento Asistencial y la División Legajo de este Ministerio de Salud, solicitan se rectifique la Resolución N
136/15 MS en virtud de haberse consignado en forma errónea a raíz del informe de fs. 26 de autos, realizado por el Departamento de Atención Médica Jurisdiccional;
Que por lo expuesto corresponde acceder a lo solicitado;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado y Salud R E S U E L V E :
Art. 1º - Rectificar la Resolución N 136 MS
de fecha 23 de diciembre de 2015, la que quedará redactada de la siguiente manera: Artículo 1- Otorgar adscripción de conformidad a su solicitud al Dr. Fernando Daniel Astrada, DNI N 29.068.517, MP N 11.142, con domicilio en calle Justo José de Urquiza N 610 de la ciudad de Gualeguay, al Servicio de Clínica Quirúrgica del Hospital San Antonio de la mencionada ciudad, de acuerdo a la Ley 9892
- artículo 41 y siguientes.
Art. 2º - Comunicar, publicar y archivar.
Ariel L. de la Rosa
MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCION Nº 108 MEHF
DISPONIENDO EMISION DE LETRAS
DEL TESORO
Paraná, 17 de agosto de 2017
VISTO:
El Decreto Nº 02/17 MEHF que crea el Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Entre Ríos denominado Letras ER 2017; y CONSIDERANDO:
Que el Programa se encuadra en los Artículos 67º de la Ley Nº 5.140 TO Decreto Nº 404/95 MEOSP, modificado por Ley Nº 10.111, y 8º de la Ley Nº 10.465, de Presupuesto año 2017, que facultan al Poder Ejecutivo para disponer la emisión de Letras del Tesoro, u otro tipo de obligaciones negociables o instrumentos financieros, en pesos o su equivalente en moneda extranjera, para cubrir diferencias estacionales de caja o sustituir financiamientos, a ser emitidos durante el ejercicio,
en una o más series y por un plazo no mayor a los 365 días, contados a partir de la fecha de emisión, pudiendo su restitución trascender el ejercicio;
Que asimismo dichas normativas lo autorizan para afectar en garantía y/o ceder los derechos de la Provincia provenientes de las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación Provincias, ratificado por Ley Nº 25.570 o aquel que en el futuro lo sustituya;
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 02/17
MEHF se establecen los términos y condiciones generales para la Emisión de las Letras ER
2017, contemplando entre otros: monto del Programa, por hasta el Valor Nominal máximo en circulación de $ 1.649.917.800; fecha de emisión, durante el año 2017; plazo, no mayor a los 365 días a contar desde su emisión;
Que a su vez el Artículo 2º del citado Decreto dispone que el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, en el marco de los términos y condiciones generales establecidos en el Artículo 1º, tendrá a su cargo implementar el Programa; determinar la conveniencia y oportunidad para la emisión de sus Series y Clases;
establecer la tasa de interés y definir los términos y condiciones particulares de cada emisión; dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas o complementarias que requiera la operatoria y la debida instrumentación de lo establecido en el presente Decreto;
y resolver cualquier cuestión que fuere necesaria para perfeccionar la operatoria;
Que asimismo el Artículo 3 del referido Decreto faculta a este Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y/o a la Secretaría de Hacienda, para la negociación, modificación, celebración y suscripción de la totalidad de los acuerdos, contratos, y/o documentación que resulten necesarios para la implementación, instrumentación, cotización, negociación, colocación y seguimiento de las emisiones de las Letras que se realicen bajo el Programa; ello incluye la suscripción de los títulos individuales o Certificados Globales que documenten las Letras, la contratación del Agente de Registro, la determinación de las condiciones de colocación y adjudicación, la instrumentación de la garantía, y todo lo demás relativo al adecuado cumplimiento de lo previsto en dicha norma;
Que la Secretaría de Hacienda de la Nación, mediante Resolución Nº 23/2017, autorizó a la Provincia de Entre Ríos a emitir Letras del Tesoro por hasta la suma de valor nominal pesos un mil seiscientos cuarenta y nueve millones novecientos diecisiete mil ochocientos VN $ 1.649.917.800, en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Entre Ríos 2017, Letras ER
2017;
Que por Decreto Nº 1450/17 MEHF se aceptó la propuesta de prestación de los servicios de Estructuración y Colocación y de Agente de la Garantía y de Cálculo de las Letras ER 2017, presentada en forma conjunta por Banco de Valores S.A. y Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.
los Adjudicatarios;
Que en fecha 10 de Julio de 2017 se ha suscripto el pertinente contrato entre el Gobierno de la Provincia y los Adjudicatarios;
Que los Adjudicatarios, teniendo en consideración las condiciones actuales del mercado, entienden oportuno y conveniente instrumentar la emisión de la Serie II de las Letras ER
2017 por un importe de hasta valor nominal pesos treinta millones V/N$ 30.000.000, ampliable hasta un valor nominal pesos un mil millones V/N$ 1.000.000.000, conformada por tres 3 Clases;
Que atento a lo establecido en el Decreto Nº 02/17 MEHF, corresponde a este Ministerio autorizar la emisión de las Letras ER 2017
Serie II, y definir los términos y condiciones particulares aplicables, en base a las sugerencias presentadas por los Adjudicatarios;
Por ello;
El Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas R E S U E L V E :
Art. 1º.- Disponer la emisión, bajo el Programa de emisión de Letras del Tesoro creado
Paraná, viernes 18 de agosto de 2017
mediante Decreto Nº 02/17 MEHF, de la Serie II de las Letras ER 2017, por un Valor Nominal de hasta pesos treinta millones V/N$
30.000.000, ampliable, a emitirse conforme a los términos y condiciones particulares consignadas en el Anexo I, que como adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º.- Establecer que el Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas o la Secretaría de Hacienda tendrá a su cargo: la aprobación de los términos y condiciones definitivos de cada una de las Clases, incluyendo sin limitación la adecuación del monto de la Serie, ampliando y/o disminuyendo una o cada una de sus Clases; instrumentar la garantía establecida para la emisión, mediante la celebración de un contrato de agencia de la garantía con Banco de Valores S.A. y la notificación notarial a efectuar a los organismos que correspondan; determinar las condiciones de colocación y el precio o margen de corte, según correspondiere; suscribir el certificado global que documenta cada Clase, y cualquier tipo de documento; realizar los demás actos necesarios a efectos de la colocación de las Letras, incluida la preparación y aprobación de un prospecto, si así fuera solicitado por los colocadores; solicitar, por sí o por las personas que oportunamente designe, la autorización de cotización en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y de negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A.; hacer publicar los avisos que fueran menester; y celebrar cuantos más actos fueran necesarios.
Art. 3º.- Autorizar a los Señores Ruben Luis Kaplán, DNI N11.619.935 y/o Jorge A. Reato, DNI N 13.975.073, por el Nuevo Banco de Entre Ríos SA, a Alejandro Bedoya, DNI N
16.499.099, Mayra Motti, DNI N 34.666.765, Cynthia Karina Sileo, DNI N 23.509.386, Sergio Alejandro Capdevila, DNI N 16.144.479, por Banco de Valores SA y/o a Marcelo Villegas, DNI Nº 17.106.095, Emiliano Silva, DNI Nº 22.877.676, Juan Martín Ferreiro, DNI N
22.707.632, María Gabriela Mora Vinces, DNI
N 95.423.858, Micaela Soledad Bassi, DNI N
35.300.122 y Valentina Cardozo de Cándido, DNI N 36.478.896, por el Estudio Jurídico Nicholson y Cano, para que en representación de la Provincia, en forma conjunta o indistinta, soliciten y tramiten la autorización para negociar la Serie dispuesta por la presente Resolución, tanto en el mercado primario como en el secundario, en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires BCBA -por cuenta y orden de Bolsas y Mercados Argentinos ByMAy/o en el Mercado Abierto Electrónico S.A., redacten y publiquen los avisos reglamentarios, y gestionen el depósito del certificado global en Caja de Valores S.A., con las más amplias facultades a tales fines, dando cuenta de todo lo actuado a la Secretaría de Hacienda o al Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas de la Provincia, dentro de las 48 horas.
Art. 4º.- Registrar, comunicar, publicar y archivar.
Hugo A. Ballay
SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Paraná, Secretaría N 1 de quien suscribe, en los autos caratulados Michelin Néstor Domingo s/ Sucesorio ab intestato Exp. N 17301, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de NESTOR DOMINGO MICHELIN, MI 5.955.500, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 25 de junio de 2016. Publíquese por tres días.
Paraná, 28 de julio de 2017 Lucila del Huerto Cerini, secretaria.
F.C.S. 502-00017828 3 v./18.8.17

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/8/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date18/08/2017

Page count18

Edition count4783

First edition01/12/2003

Last issue08/07/2024

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