Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2017

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Nº 26.228 - 146/17

PARANA, lunes 7 de agosto de 2017

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE PRODUCCION
DECRETO Nº 4323 M.P.
APROBANDO ADENDA
Paraná, 29 de diciembre de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la ratificación de la adenda a la cláusula cuarta del contrato de locación de servicios celebrado oportunamente entre la señora Subsecretaria de Administración y Despacho, C.P.N. Marta Liliana Marse, con la agente María Elena Quesada, DNI Nº 14.160.918, Legajo Personal Nº 213.504; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 3.688/08 GOB y su modificatorio Decreto Nº 4.433/10 MEHF, se estableció el procedimiento para la formalización de los contratos de locación de servicios y se fijaron los distintos modelos de contrato tipo de locación de servicios a través de sus Anexos II y III, a utilizarse para el personal temporario, en el ámbito de la Administración Central, Organismos Descentralizados y Entes Autárquicos; y Que en la cláusula cuarta del modelo de Contrato aprobado y vigente, se estableció como retribución una remuneración de conformidad a lo establecido en los artículos 45º y 47º de la Ley Nº 9.755 segundo párrafo equiparada a los emolumentos de una categoría de la planta permanente del Escalafón General; y Que el nivel escalafonario se encuentra determinado por la categoría, agrupamiento y tramo, por lo que resultó necesario modificar el Anexo III del Decreto Nº 3.688/08 GOB,
E D ICION: 34 Págs. - $ 5,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider
incorporado por Decreto Nº 4.433/10 MEHF, especificando las tareas a realizar por el contratado y equiparándolo a una categoría, agrupamiento y tramo, lo que se estableció mediante Decreto Nº 4.509 MEHF, de fecha 19 de diciembre de 2012; y Que el precitado Decreto Nº 4.509/12 MEHF, en su artículo 3º, estableció que en las contrataciones que se encuentren vigentes y se determine la necesidad de adecuar su cláusula cuarta, se procederá a su tramitación ante los organismos que establece el Anexo I del Decreto Nº 3.688/08 GOB. y cuyas adendas serán autorizadas y aprobadas por los señores Ministros; y Que en el marco de tal normativa se ha celebrado en fecha 7 de noviembre de 2016 una adenda al contrato de locación de servicios, que fuera aprobado por Decreto Nº 850/14
M.P. y prorrogado por los Decretos Nº 1.493/15 M.P., Nº 446/15 M.P., a fin de modificar su cláusula cuarta, la que preveía su nivel remunerativo equivalente a una categoría 10
del Escalafón General, equiparando la retribución de dicha agente a un cargo categoría 8, Agrupamiento Administrativo y Técnico, Tramo Ejecución del Escalafón General; y Que la referida modificación se fundamenta en que la mencionada agente desarrolla tareas con idoneidad según el objetivo asignado en dicho contrato y que posee título secundario, entendiendo que existen acabados antecedentes similares en el ámbito de la Administración Pública, por lo que se considera un acto de estricta justicia acceder a tal petición; y Que la Dirección General de Personal del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas ha tomado intervención de competencia, infor-

mando que corresponde acceder a lo solicitado, conforme los últimos lineamientos de la Administración, debiendo equiparar la remuneración de la nombrada a un cargo categoría 8, Agrupamiento Administrativo y Técnico, Tramo Ejecución del Escalafón General; y Que obra en autos la expresa conformidad del señor Ministro de Producción, como así también del señor Gobernador de la Provincia, para la prosecución del trámite; y Que la Dirección General de Administración, dependiente de la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción, ha informado que la presente gestión no genera mayor costo al Estado Provincial; y Que han tomado intervención de su competencia la Subsecretaría de Administración y Despacho y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y la Dirección General de Personal del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas; y Que la presente gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 3.688/08 GOB y sus modificatorios Decretos Nº 4.433/10 MEHF y Nº 4.509/12 MEHF;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase a partir del presente decreto la adenda a la cláusula cuarta del contrato de locación de servicios aprobado por Decreto Nº 850/14 M.P. y prorrogado por los Decretos Nº 1.493/15 M.P. y Nº 446/15 M.P. celebrada en esta instancia con la señora Subsecretaria de Administración y Despacho, C.P.N.
Marta Liliana Marse, con la señora María Elena Quesada, DNI Nº 14.160.918, Legajo Personal Nº 213.504, la que agregada forma parte inte-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/8/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date07/08/2017

Page count23

Edition count4775

First edition01/12/2003

Last issue25/06/2024

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