Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/12/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 11 de diciembre de 2015
señores Matías Otmar YURREBASO y Rodrigo Ezequiel FONTÁN, para el desempeño de la administración de la sociedad con el cargo de gerentes por el término de tres años, quienes fijan domicilio en los consignados al comienzo y aceptan la renuncia al cargo de gerente de los señores: Daniel Alberto MARTIN y Fernando Daniel MARTIN.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 10 de noviembre de 2015 Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00002514 1 v./11.12.15

CONTRATOS
NUEVOS

PARANA
TRATAMIENTO INTEGRAL DE LA
PATOLOGIA ESPINAL SRL
Por disposición del Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día el siguiente edicto:
En la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, a los 2 días del mes de mayo del 2015, se reúnen: SANGUINETI JONAS MARTIN, DNI
28.676.835, argentino, de 33 años de edad, soltero, medico, domiciliado en calle Gobernador Parera s/n, de San Benito, del Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos; SANGUINETI ANTONELLA EUGENIA, DNI
30558174, argentina, de 31 años de edad, soltera, Psicóloga, domiciliada en calle Enrique Carbó 968 del Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos; SANGUINETI NADIA IVANA, DNI 34680070, argentina de 25 años de edad, soltera, estudiante de arquitectura, domiciliada en calle Enrique Carbó 968 del Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, SANGUINETI ENZO GUILIANO, DNI
35706787, argentino de 23 años de edad, soltero, estudiante de medicina, domiciliado en calle Enrique Carbó 968 del Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos convienen celebrar el presente contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales y sus modificatorias y las siguientes cláusulas particulares.
PRIMERA: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de TRATAMIENTO
I N T EGR AL D E L A PAT OLOGI A ESPINAL
S.R.L..
SEGUNDA: Domicilio: La sociedad tendrá domicilio legal en Departamento Paraná, ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, fijando sede social en calle Enrique Carbó 968 de dicha ciudad, Provincia de Entre Ríos, pudiendo establecer sucursales, agencias, locales de venta, escritorios, depósitos, en cualquier lugar del país o del extranjero.
TERCERA: Duración: A partir de la fecha de inscripción y por el término de noventa y nueve 99 años, queda constituida la presente sociedad, plazo que podrá prorrogarse, por acuerdo de socios según lo establecido en el presente contrato.
CUARTA: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la atención médica, traumatológica, ortopédica, la asistencia técnica en cirugías, el tratamiento del dolor agudo y crónico, abarcando todo lo relacionado a estas especialidades, como así también la asistencia psicológica pre y post tratamiento quirúrgico a los pacientes.
De acuerdo a lo detallado precedentemente, pudiendo realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades:
Comerciales: La compra, venta, distribución, importación y exportación, almacenaje y negociación de prótesis, instrumentación quirúrgica, productos y equipamiento para la rehabilitación ortopédica, y de aquellos productos y
BOLETIN OFICIAL
subproductos relacionados con el objeto social.
Industriales: Fraccionamiento, fabricación, y toda otra forma de transformación o procesamiento de los productos y subproductos del objeto social, propios o de terceros.
Servicios: La prestación de servicios tales como, asistencia, diagnostico, y/o tratamientos, intervención quirúrgica, anestesias locales o tronculares, bloqueo peridural, bloqueo radicular, bloqueo facetario, tratamientos con radiofrecuencias, informe de lesiones mediante métodos de imágenes; instalación y explotación de consultorios, quirófanos, centros asistenciales, centros de imágenes como también conservación, y transporte, de los productos y subproductos de las actividades del objeto social.
M a n d a t a ri a s : E j e r c er r epres ent ac ione s, mandatos, agencias, comisiones, gestiones de negocios, administraciones, todo ello relacionado con el objeto social.
Inmobiliarias: Compra, venta, alquiler y diseño y desarrollo de instituciones de salud de diversa envergadura.
Financieras y de Inversión: La financiación de las operaciones de venta, resultantes de las actividades objeto de esta sociedad, las cuales se realizarán con recursos propios, con garantías o sin ellas, no pudiendo realizar actividades que requieran el concurso público y las previstas en la ley de Entidades Financieras, y sus modificatorias. Compra y venta y constitución, de títulos, acciones, papeles de crédito, deben tures, valores negociables y otros valores mobiliarios, inversión en bienes muebles, inmuebles, cuotas partes y derechos, inclusive los de propiedad intelectual o industrial, pudiendo participar en el capital de otras sociedades o emprendimientos productivos diversos con fines de inversión. Para la consecución de su objeto social la sociedad podrá realizar todo acto lícito relacionado con el mismo.
QUINTA: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos cien mil $ 100.000,00 que se divide en diez mil 10.000 cuotas de $ 10
pesos diez cada una de valor nominal que los socios suscriben de la siguiente manera: el socio SANGUINETI JONAS MARTIN, dos mil quinientas 2.500 cuotas por un valor de pesos veinticinco mil $ 25.000,00; el socio SANGUINETI ANTONELLA EUGENIA, dos mil quinientas 2.500 cuotas por un valor de pesos veinticinco mil $ 25.000,00; el socio SANGUINETI NADIA IVANA, dos mil quinientas 2.500
cuotas por un valor de pesos veinticinco mil $
25.000,00 y el socio SANGUINETI ENZO GIULIANO, dos mil quinientas 2.500 cuotas por un valor de pesos veinticinco mil $ 25.000,00.
La integración del capital se realiza en efectivo, aportando cada socio un 25% veinticinco por ciento de su suscripción al momento de la constitución. Los socios se obligan a integrar el saldo en un plazo no mayor de dos años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La sociedad podrá aumentar el capital indicado mediante asamblea de socios, que requerirá para su aprobación el voto favorable de más de la mitad del capital. La misma asamblea fijará el monto y los plazos para su integración.
SEXTA: DIRECCION y ADMINISTRACION:
La Administración y Dirección de la sociedad estará a cargo de los socios: Sanguineti Jonás Martín, Sanguineti Antonela Eguneia, Sanguineti Nadia Ivana y Sanguineti Enzo Giuliano, quienes en forma indistinta desempeñarán el cargo de socio gerente, los cuales con su sola firma podrán obligar a la sociedad en operaciones que se relacionen con el giro social, quedando prohibido comprometerla en fianzas a favor de terceros. Para los fines sociales, el gerente podrá: a Operar con toda clase de bancos, y/o cualquier otra clase de entidad crediticia o financiera de cualquier índole; b Otorgar poderes a favor de cualquiera de los
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socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellas fueren; c Tomar dinero en préstamo garantizado o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos transaccionales y celebrar contratos de locación y rescindirlos y otros contratos de cualquier naturaleza; d Realizar todos los actos previstos en el Art. 1881 del Código Civil y Art. 9 del Decreto Ley 5965/63, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa no limitativa. La Sociedad será representada por los socios gerentes en forma personal ante las reparticiones nacionales, provinciales o municipales, incluso Dirección General Impositiva, Registro de Créditos Prendarios, Ministerios, Secretarias del Estado, Tribunales, o ante cualquier repartición. Queda expresamente prohibido utilizar la firma social para actos a título gratuito, comprometer a la Sociedad para negocios o fianzas personales o de terceros ajenos a la Sociedad.
SEPTIMA: Contabilidad: La sociedad llevará su contabilidad ajustada a las disposiciones legales vigentes, bajo la responsabilidad de los gerentes. Preparará anualmente su balance, al 31 Julio de cada año, con el respectivo inventario y memoria, sin perjuicio de los parciales que puedan hacer a pedido de uno de los socios.
OCTAVA: Utilidad y Pérdida: De las utilidades líquidas y realizadas que resultare del balance general anual se destinará el cinco por ciento 5% para constituir la Reserva Legal, hasta que la misma alcance el veinte por ciento 20% como mínimo del Capital Social. El remanente, previa deducción de cualquier reserva que los socios dispusiesen constituir, se distribuirá en la proporción de sus respectivos aportes de capital. Si el resultado del balance fuera negativo, las pérdidas serán soportadas en la misma proporción.
NOVENA: Los socios podrán efectuar retiros mensuales hasta la suma que de común acuerdo especificarán los socios y que se imputarán a las cuentas particulares y a cuenta de las utilidades que resulten al finalizar el ejercicio económico.
DECIMA: Fiscalización: La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios pudiendo inspeccionar los libros, cuentas y demás documentos de la sociedad exigiendo, en su caso, la realización de balances parciales y rendiciones de cuentas especiales.
DECIMO PRIMERA: Asamblea Ordinaria y Asamblea Extraordinaria: El órgano supremo de la Sociedad es la Asamblea de los Socios que se reunirán en Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea Ordinaria se reunirá dentro de los ciento veinte 120 días corridos de concluido el ejercicio financiero.
En ella se tratará la discusión, modificación y/o aprobación del balance general, inventario, distribución de utilidades, estado de resultados. La Asamblea Extraordinaria se reunirá cada vez que lo considere conveniente alguno de los gerentes o a pedido de alguno de los socios que representen el treinta 30% por ciento del capital social. En ella se podrán tratar todos los asuntos que conciernan a la actividad societaria, pero solamente podrán tratarse las mencionadas en el orden del día.
DECIMO SEGUNDA: Convocatoria: La Asamblea se convocará mediante citación remitida al domicilio del socio con una antelación no menor de siete 7 días a la fecha de cada reunión.
DECIMO TERCERA: Mayoría: El cambio de objeto social, prórroga, transformación, fusión escisión de la Sociedad como toda modificación que imponga mayor responsabilidad de los socios deberá resolverse por unanimidad

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/12/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date11/12/2015

Page count36

Edition count4800

First edition01/12/2003

Last issue01/08/2024

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