Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/8/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 14 de agosto de 2015
dia, con destino a solventar gastos de subsistencia, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar directamente la suma determinada.
DECRETO Nº 874 GOB
AUTORIZACIÓN
Paraná, 14 de abril de 2015
VISTO:
La solicitud de autorización efectuada por la Fiscalía de Estado para allanarse en los autos caratulados: Asin, Miguel Ángel c/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otro s/cobro de pesos Expediente Nº 14.103: y CONSIDERANDO:
Que en los autos de mención, el señor Miguel Ángel Asin persigue el pago de pesos noventa y dos mil doscientos sesenta y dos con noventa $ 92.262,90, más intereses, suma que se le adeuda en razón de haber obtenido mediante sentencia de fecha 26 de septiembre de 2005
condena favorable en concepto de indemnización prevista por el artículo 15º inciso 2 de la Ley Nº 24.557;
Que esta condena impuesta al Estado Provincial nunca se canceló;
Que al no habérsele abonado la suma que se le adeudaba, se inician las actuaciones judiciales tendientes al cobro directo de la misma, en las cuales reclama a su vez el pago de intereses ya condenados;
Que existen precedentes jurisprudenciales de nuestra CSJN que ya han declarado la inconstitucionalidad del pago por renta vitalicia y han reconocido la procedencia del pago único al trabajador;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la Fiscalía de Estado a allanarse a la pretensión de la actora y a celebrar acuerdo conciliatorio respecto de la pretensión de pago en los autos caratulados:
Asin, Miguel Ángel c/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otro s/ Cobro de pesos por accidente de trabajo Expediente Nº 14.103, de conformidad con lo expresado en los considerandos del presente, asumiendo los honorarios de sus representantes.
Art. 2º Autorízase a la Fiscalía de Estado a reconocer y abonar la suma de pesos noventa y dos mil doscientos sesenta y dos con noventa $ 92.262,90, con más Intereses en concepto de prestación indemnizatoria contenida en el artículo 15 inciso 2 de la Ley Nº 24.557 que se le adeuda al señor Miguel Ángel Asin, a raíz de la Sentencia de fecha 26 de septiembre de 2006 que así lo dispusiera.
Igualmente autorízase a la Fiscalía de Estado a abonar los honorarios profesionales que surjan de la regulación judicial pertinente a favor de los letrados que representan al actor por el reclamo contra el Estado Provincial.
Art. 3º Las erogaciones que importe el presente serón atendidas con la partida presupuestaria correspondiente.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 875 GOB
DISPONIENDO INSTRUCCIÓN SUMARIA
Paraná, 14 de abril de 2015
VISTO:
Estas actuaciones iniciadas por el Instituto Provincial de Discapacidad; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas se informa acerca de las inasistencias sin justificar en que habría incurrido la agente Julia Patricia Dessaunet,
BOLETIN OFICIAL
personal de la citada dependencia, durante los años 2011, 2012, 2013 y 2104;
Que las mismas corresponden a los días 2, 5 y 30 de mayo; 6, 23 y 24 de junio; 7 de julio;
9 y 30 de agosto; 10 y 25 del mismo mes ausente con aviso; 1,5, 12, 16 y 21 de septiembre y 7 del mismo mes ausente con aviso; 5, 11, 17, 21, 25 y 26 de octubre y 19, 20, 21 y 22
de diciembre del año 2011; 16, 17, 20 y 27 de enero; 16, 18 y 23 de abril; 21 y 30 de mayo;
4, 12, 13, 21, 22 y 25 de junio licencia gremial sin comprobante; 26, 28 y 29 del mismo mes;
2, 3, 4, 5, 6, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de julio y todos los días hábiles laborales de los meses de agosto a diciembre del año 2012;
Que en lo que respecta al año 2013 la agente no concurrió a su lugar de trabajo desde el mes de enero hasta el 15 de mayo de 2013, fecha en que, mediante Resolución Nº 6/13 IPRODI
se la adscribe a prestar servicios al Hospital Materno Infantil San Roque de esta ciudad, institución en la que se hace presente a partir del 4 de noviembre de ese año;
Que dicha adscripción se renueva en el año 2014 mediante Resolución Nº 2/14 IPRODI;
Que en el año 2014 el referido establecimiento asistencial manifiesta que no necesita contar con los servicios de la agente en cuestión, por lo que vuelve a cumplir funciones en el Instituto Provincial de Discapacidad;
Que habida cuenta de lo expresado y no obrando en autos constancia alguna que justifique la inasistencias en cuestión y encontrándose la conducta de la nombrada presuntamente incurso en la causal prevista en el artículo 40º, inciso c, del Decreto Nº 5.703/93
MGJE t.o. de la Ley 3.289 corresponde disponer la instrucción de un sumario administrativo;
Que dicho procedimiento investigativo encuadra dentro de las disposiciones del artículo 71º, inciso a de la Ley 9.755, manteniéndose en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por Decreto Nº 2/70 SGG. conforme lo disp u e s t o p o r e l artí cu lo 1º del D ecret o N º 2.840/07 GOB;
Que han informado en lo que es de su competencia la Dirección General de Personal y la Asesoría Legal del referido Instituto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a través de la Dirección de Sumarios, dependiente de la Fiscalía de Estado, a la agente Julia Patricia Dessaunet, legajo Nº 178.393, personal del Instituto Provincial de Discapacidad, por haber incurrido en más de diez 10 inasistencias injustificadas y estar su conducta presuntamente incurso en la causal prevista en el artículo 40º, inciso c del Decreto Nº 5.703/93 MGJE t.o. de la Ley 3.289, artículo 71º, inciso a de la Ley 9.755, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes y a lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 840/07 GOB.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pase las actuaciones a la Dirección de Sumarios, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 876 GOB
Paraná, 14 de abril de 2015
Reconociendo y autorizando el pago del beneficio de compensación por residencia al señor Hernán Rodrigo Perdomo, Secretario de la Juventud, por un monto de hasta $ 4.200 mensuales, a partir del 1 de diciembre de 2014, y a partir del segundo año de $ 4.900 mensuales, conforme el contrato de locación obrante en autos, suscripto con el señor Julián Salomón, representado por el señor Camada Miguel Cas-

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tagno Gini, para la ocupación de un inmueble sito en calle Tucumán 316º, planta baja, de esta ciudad, hasta tanto permanezca cumpliendo las funciones para las que fuera designado mediante Decreto Nº 4.513/13 GOB, o se produzca el vencimiento del referido contrato, lo que ocurra primero.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del Decreto Nº 770/00 SGG y sus modificatorios.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y hacer efectivo al señor Hernán Rodrigo Perdomo el importe del respectivo canon locativo acordado según contrato de locación, conforme lo dispuesto en el presente decreto, contra presentación de la documentación que acredite el pago al locador.

MINISTERIO DE GOBIERNO
Y JUSTICIA
DECRETO Nº 2742 MGJ
DEROGANDO DECRETO
Paraná, 10 de agosto de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales, la Dirección de la Imprenta Oficial, solicita la adecuación del cuadro tarifario por servicio del Boletín Oficial fijado actualmente por Decreto Nº 4169/13 MGJ; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/3 el director de la Imprenta Oficial, informa que dicho pedido se fundamenta en el notable incremento de lo insumos que son necesarios para efectuar las impresiones diarias de los ejemplares del Boletín Oficial de la Provincia, como ser, tintas y planchas gráficas, resmas de papel, sumado el envío diario por correo, a los distintos suscriptores que solicitan contar con este medio oficial, dentro y fuera de la Provincia de Entre Ríos, resultando sumamente imprescindible realizar un aumento del cuadro tarifario vigente, adjuntando para ello el nuevo cuadro proyectado con los nuevos importes; y Que a fojas 5 y vta., la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, emite el informe de su competencia considerando que no habría objeciones jurídicas a lo solicitado, encontrándose comprometida la eficaz y redituable prestación del servicio específico brindado por la Imprenta Oficial ante las lógicas mutaciones económicas producidas, siendo el señor Gobernador de la Provincia, quien en uso de las facultades, evaluará el mérito, oportunidad y conveniencia de proceder a la adecuación peticionada; y Que a fojas 6/9 obra copia del Decreto Nº 4169/13 MGJ, que fija el cuadro tarifario vigente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º: Derógase el Decreto Nº 4169/13
MGJ, que dispuso la aplicación del cuadro tarifario por servicio del Boletín Oficial, por los motivos expresados en los considerandos precedentes.
Art. 2º: Dispónese la aplicación del nuevo cuadro tarifario por servicio del Boletín Oficial en la Dirección de la Imprenta Oficial, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, de conformidad al detalle obrante en el Anexo I, que adjunto forma parte integrante del presente texto legal y el cual tendrá vigencia a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º: Comunicar, publicar y archivar. Con copia del presente, pasen las presentes actauciones a la Dirección de la Imprenta Oficial, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 14/8/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date14/08/2015

Page count15

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