Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/11/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 14 de Agosto de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 820.328, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 13 de Mayo del 2014 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la Sra. Delizia Cristina Margarita, con domicilio legal en calle Remedios Escalada de San Martín N 858, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 2.- Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 3065 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de setiembre de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Pérez Juana Alicia;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 14 de Agosto de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N" 1.462.373, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 03 de Diciembre del 2013 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligencia miento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.

BOLETIN OFICIAL
Pérez, Juana Alicia, con domicilio legal en calle Avda. Alameda de la Federación N 621, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 2.- Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 3066 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de setiembre de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Giusti María Rosa;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 31 de Julio de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la interesada encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 1.226.699, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 1 de Junio 2014
en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la Sra.
Giusti María Rosa, con domicilio legal en calle Avda. Alameda de la Federación N 621 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 2.- Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 3067 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de setiembre de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del Sr, Acevedo Cesar Darío;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 30 de Julio de 2014, se presenta ante la presunta tardanza
Paraná, lunes 17 de noviembre de 2014
en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la apoderada legal, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 1.432.881, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 10 de Marzo 2014 en Ejecución Legal del Área Central de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal del Sr. Acevedo Cesar Darío, con domicilio legal en calle Feliciano N 1087 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido en Ejecución Legal del Área Central de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la apoderada legal conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.Art. 2.- Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 3068 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 11 de setiembre de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Sr.
Garay Carlos Antonio y con patrocinio letrado;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 20 de Agosto de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por el interesado, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente N 1.433.515, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 26 de Febrero del 2014 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Garay Carlos Antonio y con Patrocinio Letrado, con domicilio legal en calle 25 de Junio N 295, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubila-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/11/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date17/11/2014

Page count20

Edition count4784

First edition01/12/2003

Last issue10/07/2024

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