Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/6/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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467.702,04, con destino a cubrir el convenio de redeterminación de precios autorizado por Resolución Nº 868/13 SMOySP, el cuadro comparativo de obra e importes autorizados y modificaciones a autorizar aprobado por Resolución Nº 558/13 SSAyC, y el anexo de los certificados Nos. 1 al 8, emitidos conforme la Resolución Nº 314/11 MPIyS, correspondiente a la obra Construcción cuatro aulas, comedor, sanitarios con galería y reparaciones Escuela Secundaria Nº 12 Maipú, Lucas Sud 1º, Departamento Villaguay.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la actualización y/o formalización del convenio con la asociación cooperadora de la Escuela Nº 12 Maipú - Lucas Sub 1º, Departamento Villaguay, el cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría, previo a efectuar la entrega de los cheques pertinentes, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que mediante sistema de libramiento entregue a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos dispuestos por el presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, mediante cheque que será librado a nombre de la asociación cooperadora de la Escuela Nº 12 Maipú - Lucas Sud 1º, Departamento Villaguay, efectuando luego la rendición por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º y artículo 12º, inciso h, del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglam ent ario Nº 958/79 SOySP y D ecreto Nº 4.693/91 MGJOySP.
DECRETO Nº 366 MPIyS
APROBANDO PARTIDA AMPLIATORIA
Paraná, 7 de marzo de 2014
VISTO:
La gestión promovida por la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, solicitando una partida ampliatoria destinada a la obra: Reestructuración y ampliación Maternidad Hospital San Roque - Paraná, Departamento Paraná; y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 410/12 SSAyC, se adjudicaron los trabajos de la obra de referencia, a la empresa CEMyC SRL, por la suma de $ 2.368.871,14, a través del sistema de administración delegada, de conformidad a lo establecido por el artículo 10º, inciso a, apartado 4º, y artículo 12º, inciso h, del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP, y Decreto Nº 4.693/91 MGJOySP; y Que en base a la Resolución Nº 314/11 MPIyS se emitió el anexo de los Certificados Nos.
10 al 12, por la suma total de $ 360.136,99; y Que a través de la Resolución Nº 373/13
SSAyC, se aprobó un cuadro comparativo que registró un aumento equivalente a $
833.991,57, el cual representó un aumento del 35,206%, respecto del presupuesto contratado originalmente de $ 2.368.871,14; y Que la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones solicita una partida ampliatoria de $

BOLETIN OFICIAL
1.194.128,56, a los efectos de afrontar las citadas erogaciones; y Que han tomado intervención de competencia la contadora auditoria de la Contaduría General de la Provincia, la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y la Asesoría Legal de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos; y Que las presentes actuaciones encuadran en las prescripciones contempladas en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º y artículo 12º, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP, y Decreto Nº 4.693/91 MGJOySP;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase una partida ampliatoria de pesos un millón ciento noventa y cuatro mil ciento veintiocho con cincuenta y seis centavos $ 1.194.128,56 con destino a la obra Reestructuración y ampliación Maternidad Hospital San Roque - Paraná, Departamento Paraná.
Art. 2º Dispónese que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la actualización y/o formalización del convenio con la asociación cooperadora del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, la cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría previo a efectuar la entrega de los cheques pertinentes, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Art. 3º Facúltase a la Tesorería General de la Provincia, para que mediante sistema de libramiento, entregue a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos dispuestos por el artículo 1º del presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones mediante cheque que será librado a nombre de la asociación cooperadora del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná, efectuando luego la rendición por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
Art. 4º La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los treinta 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
Art. 5º Encuádrase la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º, y artículo 12º, inciso h, del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP, y Decreto Nº 4.693/91 MGJOySP.
Art. 6º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 958 - Carácter 1 - Jurisdicción 25 - Subjurisdicción 00 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 07 Actividad 00 - Obra 45 - Finalidad 3 - Función 12 - Fuente de Financiamiento 14 - Subfuente de Financiamiento 9952 - Inciso 4 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 7º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 8º Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable
Paraná, martes 10 de junio de 2014
del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, para el debido trámite. Cumplido, a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones para la continuidad del trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 367 MPIyS
Paraná, 7 de marzo de 2014
Aprobando una partida ampliatoria de $
70.254,76, con destino a la obra Construcción Escuela Especial Nº 22 Juan F. Seguí - Seguí, Departamento Paraná, a los efectos de cubrir el monto aprobado por Resolución Nº 421/13
SSAyC.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º y artículo 12º, inciso h, del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y Decreto Nº 4.693
MGJOySP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la formalización y/o actualización del convenio con la asociación cooperadora de la Escuela de Educación Integral Nº 22 Juan Francisco Seguí del Departamento Paraná, el cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría antes mencionada, previo a efectuar la entrega del cheque pertinente, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por Decreto Nº 6.440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que, previa emisión del libramiento correspondiente, provea a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos dispuestos por el presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, mediante cheque que será librado a nombre de la asociación cooperadora de la Escuela de Educación Integral Nº 22 Juan Francisco Seguí del Departamento Paraná, efectuando luego las rendiciones por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, dentro de los 30 días de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
DECRETO Nº 368 MPIyS
Paraná, 7 de marzo de 2014
Aprobando una partida ampliatoria de $
72.444,36, con destino a la obra Reestructuración general de pabellones de internación y hogar de ancianos - ampliación de área de servicios Instalación de gas natural segunda etapa Hospital Santa Rosa de Lucas González, Departamento Nogoyá, a los efectos de cubrir los montos aprobados por las Resoluciones Nos. 559/13 SSAyC y 1.679/13 SMOySP, como así también los Certificados Nos. 17 al 20, emitidos según el cálculo del factor de redeterminación provisoria, aprobado por Resolución Nº 314/11 MPIyS y su Anexo I.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el Reglamento de Trámites Administrativos 10º, inciso a, apartado 4º y artículo 12º, inciso h, del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y Decreto Nº 4.693/91
MGJEOSP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la formalización y/o actualización del

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/6/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date10/06/2014

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First edition01/12/2003

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