Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/8/2012

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Nº 25.050 - 157/12

PARANA, lunes 27 de agosto de 2012

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE EDUCACION, DEPORTES Y PREVENCION DE
ADICCIONES
DECRETO Nº 1499 MEDyPA
Paraná, 21 de mayo de 2012
Reconociendo el gasto realizado por la Subsecretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones, ocasionado por diseño e impresión de lonas, remeras número para maratón denominadas Entre Ríos Se Activa, según Facturas Nºs. 0001-00000772, 0001-00000774, 0001-00000773 y 0001-00000768 por el monto total de $ 3.543,13.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia a efectuar el pago a la firma Bairesprint de Norma Beatriz Ston, en virtud de los elementos adquiridos y conforme los comprobantes enunciados.
DECRETO Nº 1513 MEDyPA
ESTABLECIENDO REGLAMENTACION
Paraná, 21 de mayo de 2012
VISTO:
Lo Constitución de la Provincia de Entre Ríos y la Ley de Educación Provincial Nº 9890 en las cuales se regulo el Sistema Educativo Provincial; y CONSIDERANDO:
Que lo Ley de Educación Provincial establece el ejercicio del derecho humano, personal y social de enseñar y aprender consagrado constitucionalmente paro todos los habitantes del territorio entrerriano;
Que dicha norma en su artículo 161º establece que el Consejo General de Educación tiene carácter colegiado y está compuesto por un director general de Escuelas que ejerce la presidencia y cuatro vocales, nombrados, uno y otros por el Poder Ejecutivo con acuerdo del
EDICION: 26 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
Senado por un período de cuatro años, los que deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 264º de lo Constitución Provincial;
Que además en su artículo 162º estipula que uno de los vocales que conforman el Consejo General de Educación será designado o propuesto de los docentes de la Provincia que, a tal efecto se pronunciarán mediante el voto directo y obligatorio, bajo el control del tribunal electoral provincial;
Que en su artículo 166º, inciso ñ se menciono designar o propuesto del director general de Escuelas, a los representantes de los docentes elegidos para integrar el Jurado de Concursos y el Tribunal de Calificaciones y Disciplina;
Que lo Resolución Nº 2564 CGE de fecho 14
de agosto de 2009 reglamenta la integración y funcionamiento del Jurado de Concursos y el Tribunal de Calificaciones y Disciplina;
Que en la estructura orgánica funcional del Consejo General de Educación dispuesta por Resolución Nº 4595 CGE de fecha 17 de noviembre de 2011, se contempla lo establecido en el considerando precedente y se define la dependencia del Consejo General de Educación, del Jurado de Concursos y del Tribunal de Calificaciones y Disciplina;
Que en consecuencia, es necesario convocar a elecciones paro renovación de los cargos efectivos, permitiendo a los docentes incorporar un representante como vocal del Consejo General de Educación, del Jurado de Concursos y del Tribunal de Calificaciones y Disciplina;
Que a los efectos de garantizar lo normado en el ámbito educativo es necesario establecer los mecanismos democráticos que permitan la real participación y el acceso a los cargos representativos;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Establécese el presente reglamento para la elección de los representantes
docentes al Consejo General de Educación, Jurado de Concursos y Tribunal de Calificaciones y Disciplina.
Art. 2º Dispónese que, el personal docente elegirá por voto directo, secreto y obligatorio los siguientes representantes:
A Un vocal para integrar el Consejo General de Educación artículo 162º de la Ley de Educación Provincial Nº 9890 y artículos 263º y 264º de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, y un vocal suplente.
B Para integrar el Jurado de Concursos artículo 1º de la Resolución Nº 2564/2008 CGE, artículo 166º inciso ñ de la Ley de Educación Provincial Nº 9890
1. Educación Primaria:
Dos Vocales Titulares; Dos Vocales Suplentes.
2. Educación Secundaria:
Dos Vocales Titulares; Dos Vocales Suplentes.
3. Educación Superior:
Un Vocal Titular; Un Vocal Suplente.
C. Para integrar el Tribunal de Calificaciones y Disciplina artículo 4º de la Resolución Nº 2564/2008 CGE y artículo 166º inciso ñ de la Ley de Educación Provincial Nº 9890
Tres Vocales Titulares; Tres Vocales Suplentes.
Art. 3º El listado de candidatos se propondrá ante el Tribunal Electoral que designará el Consejo General de Educación por resolución con una antelación de treinta 30 días corridos a la fecha fijada para el día del comicio. Deberán consignarse los datos filiatorios de los candidatos.
Art. 4º Los candidatos deberán reunir los requisitos exigidos por el artículo 264º de la Constitución Provincial.
Art. 5º Los candidatos deberán ser docentes titulares en actividad y no podrán ingresar en más de una lista.
Art. 6º No serán reconocidas las listas en caso de que alguno de sus candidatos no reuniera los requisitos exigidos, en cuyo caso el Tribunal Electoral Provincial otorgará un plazo

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/8/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date27/08/2012

Page count26

Edition count4778

First edition01/12/2003

Last issue01/07/2024

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