Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/8/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Que por lo expresado en los considerandos precedentes, se recomienda el inicio de la temporada, para el 1º de julio del corriente año;
Que siendo consecuente con las medidas que se vienen adoptando, en pos del aprovechamiento sustentable de la especie en cuestión, se recomienda el cierre de la temporada del año en curso, para el 30 de septiembre;
Que a los efectos del manejo sostenible la especie, se recomienda introducir medidas con relación al largo mínimo de su piel, desde su caza y para toda la cadena de comercialización;
Que la habilitación anual de nutria, genera un movimiento comercial a partir de su piel, permitiendo el desarrollo económico social de las comunidades aledañas a las áreas de captura;
Que las restricciones a introducir, van en el sentido de conservar la especie para posibilitar su aprovechamiento a largo plazo y coadyuvar así, al sostén del cazador lugareño y su familia;
Que por lo tanto se hace necesario fijar el marco regulatorio para dicha actividad comercial, dentro y con destino fuera de la jurisdicción provincial;
Que es menester promover el interés de los pobladores isleños y de los que circunstancialmente se dedican a la caza de la nutria, acerca de tomar todos los recaudos a fin de atender al cuidado de su salud y la de su familia;
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 51 de la Ley de Caza N 4841
y el artículo 1 del Decreto Reglamentario N
4139/70-ME;
Por ello;
El Director General de Recursos Naturales R E S U E L V E :
Art. 1º Habilitar la caza comercial del Coipo o Nutria Myocastor coypus, en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos, entre el 1º de julio y el 30 de septiembre del año 2011, inclusive, a excepción de las áreas naturales protegidas, declaradas como tales e incorporadas al Sistema Provincial.
Art. 2º A u t o r i z a r , h a s t a q u i n i e n t a s 500.000 mil unidades de piel de nutria, como cupo máximo de captura para la presente temporada.
Art. 3º Sólo podrán cazar y/o comercializar dicha especie, quienes se encuentren inscriptos en la Dirección de Fiscalización de Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 y 31 de la Ley de Caza N 4841.
Art. 4º Podrán ser objeto de caza, transporte, comercio e industrialización, las pieles de nutria cuyas medidas mínimas sean de setenta 70 centímetros de longitud, tomada desde el entrecejo hasta la base de la cola.
Art. 5º Las pieles de nutria, tanto para el tránsito y tenencia, como para el depósito, serán amparadas mediante la Guía de Origen de Productos de la Fauna Silvestre aprobada por Resolución N 103/94 D.P.V. y R.N.Art. 6º La legalización de pieles acopiadas de dicha especie, se realizará por un período no mayor de veinte 20 días hábiles a partir de la finalización de la temporada. Los saldos que resultaren al término del plazo señalado, serán verificados y certificados por personal de la Dirección de Fiscalización de Recursos Naturales.
Art. 7º Para la salida de las pieles y/o cueros de la Provincia el interesado deberá solicitar indefectiblemente el certificado de origen y legítima tenencia Ley 4841-Art.36-Guía de Tránsito que se extenderá previo pago de la tasa fijada para la especie habilitada.
Art. 8º La tasa a abonar, por cada unidad de piel de nutria sin curtir, fijada por Resolución Nº 5186/10-MP, es de cero pesos sesenta centavos $0,60 y debe hacerse efectivo en el momento de la legalización de las mismas, ante la Dirección General de Fiscalización de Recursos Naturales o en los puestos de control con autorización delegada por aquella.
Art. 9º Toda piel legalizada, gozará según el artículo 1 de la Resolución N 5186/10-

BOLETIN OFICIAL
MP, de un descuento del treinta por ciento 30% del arancel fijado por unidad de piel de nutria sin curtir, si las mismas son destinadas a plantas industrializadoras radicadas en la Provincia de Entre Ríos, para su curtido.
Art. 10º Ratificar expresamente la vigencia, de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de Caza Nº 4841, acerca de la declaración jurada mensual, por parte de los sectores involucrados.
Art. 11º Por los hechos que son del dominio público, declarar de interés la necesidad de que todas aquellas personas relacionadas con el ejercicio de la caza del coipo o nutria, se informen convenientemente con respecto al cuidado de su salud.
Art. 12º La falta de cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución dará lugar a las sanciones previstas en el artículo 79º de la precitada ley y a sus normativas complementarias.
Art. 13º Registrar, comunicar a la Dirección de Fiscalización de Recursos Naturales, publicar y archivar. Conrado R. González

SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Paraná, Secretaría N 1 de quien suscribe, en los autos caratulados Borgetto Spirito Juan s/ Sucesorio Exp. N 14.481, cita y emplaza por el término de diez 10 días a herederos y acreedores de SPIRITO JUAN BORGETTO, MI
5.924.587, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Viale en fecha 13 de junio de 2011.
Paraná, 1 de agosto de 2011 - Lucila del H.
Cerini, secretaria.
F.C.S. 00076154 3 v./9.8.11
El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Paraná, Dra.
María del Pilar Remedi, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados García Stella Maris s/ Sucesorio, Expediente. N
16157 año 2011, cita y emplaza por el término de diez 10 días a herederos y acreedores de STELLA MARIS GARCIA, MI 5.337.188, fallecida en Paraná, en fecha 1 de enero de 2011, vecina que fuera del Departamento Paraná.
Paraná, 30 de mayo de 2011 - Celia E. Gordillo, secretaria supl.
F.C.S. 00076155 3 v./9.8.11
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6 de la ciudad de Paraná, Dr. Pablo F. Cattáneo, Secretaría N 6 de quien suscribe, en los autos caratulados Stronati Osvaldo Héctor s/ Sucesorio Exp. N 12721, cita y emplaza por el término de diez 10 días a herederos y acreedores de OSVALDO HÉCTOR STRONATI, MI
14.160.980, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 31.3.2011.
Juliana M. Ortíz Mallo, secretaria.
F.C.S. 00076156 3 v./9.8.11
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6 de la ciudad de Paraná, Dr. Pablo F. Cattáneo, Secretaría N 6 de quien suscribe, en los autos caratulados Frank Marcelo Horacio s/ Sucesión ab intestato Exp. N 12729, cita y emplaza por el término de diez 10 días a herederos y acreedores de MARCELO HORACIO

Paraná, martes 9 de agosto de 2011
FRANK, MI 8.452.429, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Viale, en fecha 7.3.2011.
Paraná, 5 de julio de 2011 - Juliana M. Ortíz Mallo, secretaria.
F.C.S. 00076159 3 v./9.8.11
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 5 de la ciudad de Paraná, Dr. Roberto Croux, Secretaría Nº 5 a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Ramírez Esteban s/ Sucesorio Expediente Nº 26541, cita y emplaza por el término de diez 10 días a herederos y acreedores de ESTEBAN RAMIREZ, MI 5.915.411
vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 2.10.2004.
Paraná, 8 de julio de 2011 - Norma V. Ceballos, secretaria.
F.C.S. 00076165 3 v./9.8.11
El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Paraná, Secretaría N 1 de quien suscribe, en los autos caratulados Ahumada Hipólito - Martínez María Magdalena s/ Sucesorios Exp. N 14469, cita y emplaza por el término de diez 10 días a herederos y acreedores de HIPÓLITO AHUMADA, MI 2.064.341, fallecido en Paraná, el día 31 de marzo dé 1986 y MARIA MAGDALENA MARTINEZ, MI 2.808.427, fallecido en Paraná, en fecha 10 de febrero de 2009, vecinos que fueran del Departamento Paraná.
Paraná, 8 de julio de 2011 - Lucila del H.
Cerini, secretaria.
F.C.S. 00076183 3 v./9.8.11
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercia N 7 de la ciudad de Paraná, a cargo de la Dra. María del Pilar Remedi, Secretaría N 7 a cargo de la suscripta, en los autos caratulados Ghiorzo María Olivia Toribia s/ Sucesorio Expte. 16300, fecha de inicio 23.6.2011, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de doña MARÍA OLIVIA TORIBIA GHIORZO, MI
N 0.736.856, vecina que fuera del Departamento y ciudad de Paraná y que falleciera en fecha 30 de noviembre de 2002, en Paraná, 3
de agosto de 2011.
Celia E. Gordillo, secretaria supl.
F.C.S. 00076167 3 v./9.8.11
La señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2
de la ciudad de Paraná, doctora María Cristina Retamar de Ardoy, Secretaría Nº 2, en los autos caratulados Gobatto, José Exequiel s/Sucesorio, Expediente Nº 14.879, cita y emplaza por el término de diez días a herederos y acreedores de JOSÉ EXEQUIEL GOBATTO, MI Nº 5.182.801, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 24 de octubre de 1982.
Paraná, 22 de junio de 2011 - Noelia Telagorri, secretaria.
F.C.S. 00076185 3 v./10.8.11
El señor Juez Juan Carlos Coglionesse, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Paraná, Secretaría Nº 1 de quien suscribe, en los autos caratulados Isaac, Susana María s/Sucesorio, Expediente Nº 14.477, cita y emplaza por el término de diez 10 días a herederos y acreedores de SUSANA MARÍA ISAAC, MI Nº 10.229.405, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 16 de diciembre de 2010.
Paraná, 1 de agosto de 2011 - Lucila del H.
Cerini, secretaria.
F.C.S. 00076186 3 v./10.8.11
La señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2
de la ciudad de Paraná, doctora María Cristina Retamar de Ardoy, Secretaría Nº 2, en los

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/8/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date09/08/2011

Page count24

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First edition01/12/2003

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