Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/10/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

requisitos exigidos por los artículos correlativos de los Decretos N 765/89 MGJOSP, 4076/89 MGJOSP, 3371/90 MEH y 2108/91 MEH;
Que por lo expresado corresponde convalidar el beneficio aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, habiendo intervenido la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia @DBL = DECRETA:
Art. 1 -- Concédese el beneficio de jubilación ordinaria de amas de casa, Ley N 8107, aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a la Sra. Marta Teresa Casse, clase 1946, MI N 5.122.700, domiciliada en Urquiza N 917, de la localidad de Concordia.
Art. 2 -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 3 -- Regístrese, comuníquese, notifíquese por medio del ente previsional provincial y archívese.
- JORGE P. BUSTI
- Gustavo E. Bordet @DBL = -----@DECRETO = DECRETO N 1057 MSAS
- DENEGANDO BENEFICIO
- Paraná, 22 de marzo de 2006
@VCR = VISTO
Las presentes actuaciones elevadas por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, relacionadas con la jubilación por invalidez de amas de casa, Ley N 8107, solicitada por la Sra. Olga Ercolina Salvarezza; y @VCR = CONSIDERANDO:
Que de las constancias obrantes en autos y del dictamen del tribunal médico, constituido a tal efecto, surge que la petición formulada no encuadra en las disposiciones establecidas por el artículo 9 del mencionado ordenamiento legal atento a que el porcentual de invalidez de la actora es parcial y permanente del 45%;
Que en el sentido arriba expresado el ente previsional provincial dictó la Resolución N 6664/05, aconsejando denegar el beneficio interesado;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social, tomó intervención en lo que es de su competencia;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia @DBL = DECRETA:
Art. 1 -- Deniégase el beneficio de jubilación por invalidez de amas de casa, Ley N 8107, sobre la base de lo aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a la Sra. Olga Ercolina

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/10/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date24/10/2006

Page count89

Edition count4799

First edition01/12/2003

Last issue31/07/2024

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