Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/1/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Higiénico, así como el establecimiento de la farmacovigilancia;
Que es necesario contar con el capital que permita la puesta en funcionamiento del mencionado laboratorio para cubrir los gastos de fábrica seguros, gastos fijos, control de calidad, alimentos, servicios de luz, agua, gas, teléfono, gastos operativos distribución y entrega, plan de sanitización de planta, viáticos, combustible, imprenta, mantenimiento y servicio técnico, gastos administrativos, financieros e insumos varios;
Que el presupuesto previsto para las instalaciones auxiliares de agua y aire por las especificidades e importancia inherentes y de acuerdo a que dichas instalaciones no son estándares, sino de acuerdo a criterios relacionados con el volumen de producción, espacio físico y consumos del equipamiento, no resultó suficiente al efectuarse reevaluación, sino que cubren una parte de éstas;
Que al darle intervención a la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande CAFESG a los fines de la presente, ésta ha informado la factibilidad para participar cubriendo los mencionados gastos en el marco de los convenios suscriptos por el Gobierno de la Provincia respecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD y con INFADER S.A.;
Que conforme al acuerdo binacional del 30 de diciembre de 1946, a la Ley Nacional Nº 24954 que crea los fondos y su aplicación de acuerdo a objetivos definidos para el desarrollo integral sustentable de la Provincia de Entre Ríos y la Ley Provincial Nº 9140 que permite utilizar los fondos para el desarrollo social, económico e industrial de la región, lo que resulta compatible con los objetivos explicitados en el presente;
Que el equipamiento e instalaciones cuya adquisición se interesa será propiedad exclusiva del Gobierno Provincial;
Que el presente se encuadra en los términos de los documentos legales mencionados;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Apruébese el convenio y su anexo I gastos operativos, fijos de fábrica, instalaciones, formación y capacitación de recursos humanos para la puesta en funcionamiento del Laboratorio de Producción de Medicamentos y de Investigación y Desarrollo de Productos suscripto entre INFADER S.A. y la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande CAFESG, por la suma de pesos doscientos siete mil cuatrocientos cuarenta y dos, transfiriéndose a la cuenta bancaria INFADER, por los

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/1/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CountryArgentina

Date30/01/2004

Page count85

Edition count4782

First edition01/12/2003

Last issue05/07/2024

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