Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/2/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Educación Secundaria en los Contextos Rurales.
Dto. Nº 22/15.
Rawson, 15 de 2015.
VISTO:
El Expediente N 969 - ME - 13; y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N 26.206, en su Artículo 18 establece que la Educación Rural es una de las modalidades del sistema educativo nacional;
Que asimismo, la Ley Provincial de Educación VIII N 91 en su Artículo 51 expresa que la Educación Rural se desarrolla en los Niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, y está destinada a garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria, a través de formas adecuadas a las necesidades y particularidades de la población que habita en zonas rurales;
Que a tal fin en la misma Ley, en su Artículo 53 se establece que el Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, es responsable de definir las medidas necesarias para que los servicios educativos brindados en zonas rurales alcancen niveles de calidad a través de modelos alternativos que, conviviendo con los formatos de la secundaria urbana y ofreciendo instancias de calidad equivalente, pongan a disposición de todos los adolescentes y jóvenes la posibilidad de completar el nivel;
Que la Ley de Educación Nacional N 26.206 en su Artículo 16 dispone que la educación es obligatoria en todo el país hasta la finalización de la escuela secundaria. El Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalentes en todo el país y en todas las situaciones sociales;
Que por el Decreto Provincial N 146/08 las Escuelas del Área Rural incorporaron el primer año de la Educación Secundaria a partir del año 2008, continuando con la estructura pedagógica y administrativa vigente mientras dure el período de transición, el cual es fijado por la misma norma legal hasta el año 2012 inclusive;
Que desde al año 2013, se inicia la implementación del Nuevo Diseño Curricular para la Educación Secundaria, con el Ciclo Básico aprobado por Resolución ME
N 324/14;

Viernes 20 de Febrero de 2015

Que en el año 2014, se implementa el Ciclo Orientado como experiencia piloto iniciando la implementación del Nuevo Diseño Curricular de algunas orientaciones y en escuelas previamente seleccionadas entre las cuales se cuenta con escuelas secundarias rurales;
Que en el presente año la jurisdicción ha presentado para su validación nacional de títulos, los Diseños Curriculares del Ciclo Orientado de Nivel Secundario y los Diseños Curriculares de la Educación Secundaria Técnica;
Que visto el proceso de implementación del Diseño Curricular en el Ciclo Orientado, se ha previsto la generalización del mismo al inicio del ciclo lectivo 2015;
Que el Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, con base en el principio político de que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social garantizado por el Estado, viene realizando importantes esfuerzos no sólo con el propósito de ampliar la cobertura de los servicios educativos sino, además, de promover la igualdad y calidad educativa, tanto en el ámbito urbano como rural;
Que, en esta Dirección, se incluye a la ruralidad en la estructura del gobierno educativo y en la agenda política y técnica-pedagógica con carácter sostenido en el tiempo, acompañando la trayectoria de la escolaridad obligatoria de todos y cada uno de los niños/as, adolescentes y jóvenes, resguardando la calidad de la oferta, considerando a la presencialidad del estudiante como condición necesaria para el logro de estas expectativas;
Que en función de lo antes expresado, resulta útil reorganizar pedagógica y administrativamente la Educación Secundaria Rural, adecuando la normativa existen t e a l o s r e q u e r i m i e n t o s d e l o s n u e v o s lineamientos políticos-pedagógicos derivados de la Ley de Educación Nacional, de la Ley de Educación Provincial, de las Resoluciones del Consejo Federal de Educación y del Nuevo Diseño Curricular para la Educación Secundaria;
Que, a tal fin, es conveniente facultar al Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, para disponer la creación de Escuelas sedes de Educación Secundaria Rural en cada una de las regiones educativas para garantizar el funcionamiento de la estructura organizativa a nivel pedagógico y administrativo que se creen, por el presente Decreto;
Que, a tal fin, es necesario derogar los Decretos: N
135/95 de creación de la Escuela Abierta Semipresencial N 900 sede central y sus respectivos Núcleos Zonales;
N 150/97 de aprobación del Tercer Ciclo de Educación General Básica en áreas rurales; N 517/01 de aprobación de la oferta de Educación Polimodal Rural; el Anexo IV Organización de la Educación Secundaria Rural del Decreto N 146/08 y las Resoluciones ME N 334/99 de creación del Programa Semipresencial Educación Polimodal para Adultos ProSEPA y N 228/13 que reglamenta el funcionamiento del Ciclo Básico de La Educación Rural; y toda otra norma legal que se oponga al presente;
Que es necesario ampliar los alcances de la Resolución ME N 53/11 de creación y organización de las Unidades Educativas Multinivel;

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/2/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date20/02/2015

Page count36

Edition count4353

First edition07/01/2004

Last issue12/07/2024

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