Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/1/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 9 de Enero de 2009
Dto. N 1806

BOLETIN OFICIAL
30-12-08

Artículo 1.- Trasládase y Reubícase, a partir de la fecha del dictado del presente Decreto, en un cargo Asistente Infantil, Código 3-166 - Clase III, del Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente de la Escuela N 35 con internado, de la localidad de Gobernador Costa, vacante por Resolución XIII
N 138/07, a la agente María Elba AMADO MI N
18.312.643 - Clase 1967, quien revista en un cargo Portero de Escuela, Código 1-019 Clase V, del Agrupamiento Personal de Servicio - Planta Permanente en la Escuela N 88 jornada simple, de la localidad de José de San Martín.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 50:
Ministerio de Educación - Programa 17: Educación General Básica - Actividad 1: Educación General Básica Ubicación Geográfica 11999 - Fuente de Financiamiento 111.-

RESOLUCIONES
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 1031/08.
Rawson, 29 de Diciembre de 2008.
VISTO:
El artículo 38º del Código Fiscal Ley Nº 5450, la Ley Nº 3098 y sus modificatorias y la Resolución General Nº 09/2008 de la Comisión Arbitral Convenio Multilateral 18.8.77; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 3098
y sus modificatorias, los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos encuadrados en el Convenio Multilateral, los que desarrollan actividad gravada fuera de los ejidos municipales y los ganaderos, continuarán tributando en esta Dirección General;
Que en virtud a lo dispuesto por el artículo 116º de la Ley Nº 5450, corresponde adherir a la Resolución General Nº 09/2008 de la Comisión Arbitral a efectos de establecer el calendario de vencimientos para el año 2009 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes que liquidan el mismo bajo las normas del Convenio Multilateral y fijar la fecha de presentación de la Declaración Jurada Anual Formulario CM 05;
Que es necesario fijar las fechas de vencimiento de los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, período fiscal 2009, para los contribuyentes directos de la jurisdicción que desarrollen actividad gravada fuera de los ejidos municipales;
Que asimismo resulta conveniente establecer la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada anual para los contribuyentes directos de la jurisdicción que desarrollen actividad gravada fuera de los ejidos
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municipales y para los ganaderos, incluyendo aquellos contribuyentes que estuvieren exentos;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 38º del Código Fiscal es facultad de la Dirección General de Rentas fijar los vencimientos de las obligaciones tributarias.
POR ELLO:
La Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut
RESUELVE:
Artículo 1º.- Adherir a lo establecido por la Resolución General Nº 09/2008 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, adoptando el 30 de junio del año 2009 como fecha de vencimiento para la presentación del Formulario CM 05 del año 2008 Declaración Jurada Anual, para los contribuyentes encuadrados en este régimen y, para el pago de anticipos mensuales, las fechas de vencimiento detalladas en el Anexo I que forma parte de la presente.
Esta disposición incluye a aquellos contribuyentes a quienes la Dirección General haya otorgado exenciones de acuerdo a la legislación vigente.
Artículo 2º.- Establecer para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen actividad gravada fuera del ámbito de los ejidos municipales, el quince 15 del mes siguiente al de la obtención de los ingresos imponibles, o hábil inmediato posterior, como fecha de vencimiento para el pago de los anticipos correspondientes al ejercicio fiscal.
Esta disposición no incluye a aquellos contribuyentes a quienes la Dirección General haya otorgado exenciones de acuerdo a la legislación vigente.
Artículo 3º.- Establecer que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal 2008 operará el 30 de junio del año 2009 para los siguientes contribuyentes:
1 los mencionados en el artículo precedente incluyendo los exentos;
2 los contribuyentes que desarrollen actividad ganadera.
Artículo 4º.- REGISTRESE, notifíquese a las dependencias de esta Dirección General, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
NAZARIO EDUARDO RODRIGUEZ
Director General Dirección General de Rentas Provincia del Chubut I: 05-01-09 V: 09-01-09
ANEXO I
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
CONVENIO MULTILATERAL
FECHAS DE VENCIMIENTOS PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2009

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 9/1/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date09/01/2009

Page count16

Edition count4355

First edition07/01/2004

Last issue16/07/2024

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