Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/10/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 25 de Octubre de 2004

BOLETIN OFICIAL

CORFO-CHUBUT, estableciéndose que CORFOCHUBUT no podrá otorgar préstamos sin autorización expresa del Poder Ejecutivo Provincial;

PAGINA 3

Artículo 14º: REGÍSTRESE, dése al Boletín Oficial, y cumplido, ARCHÍVESE.Ing. JORGE VALENTIN PITIOT

POR ELLO:
EL INTERVENTOR DE LA CORPORACIÓN
DE FOMENTO DEL CHUBUT

ANEXO I

RESUELVE:

CONTRATO

Artículo 1º: CREAR una línea de crédito dentro del Programa de Producción de Carne Ovina con destino a la implantación de pasturas consociadas, implantación de alfalfa y otras forrajeras y alambre eléctrico.Artículo 2º: Serán beneficiarios los productores de las áreas bajo riego que acrediten técnicamente la necesidad de cultivos forrajeros y alambre eléctrico para producir una oferta forrajera adecuada para la producción ganadera ovina.Artículo 3º: El monto máximo que se destinará a cada productor será de Pesos veinte mil $ 20.000.-.
Artículo 4º: El plazo de amortización se fija en cinco 5 años, pagadero en 3 cuotas anuales después de 2 años de gracia plena contados a partir de recibido el préstamo.
Artículo 5º: El productor no podrá tener deuda exigible con CORFO CHUBUT.Artículo 6º: La tasa de interés que se aplicará para financiar el reintegro de los fondos será del CUATRO
POR CIENTO 4% ANUAL, siendo obligatorio reintegrar el interés en forma conjunta con el capital.Artículo 7º: En aquellos casos en que se comprobare que el crédito otorgado a tenido un destino distinto al previsto o se incumpliere con el pago en término, se iniciarán de inmediato las acciones legales correspondientes tendientes al cobro del dinero adeudado, para lo cual serán considerados vencidos todos los plazos, con más los intereses que se calcularán a la tasa activa vigente en el Banco del Chubut S.A. para sus operaciones ordinarias de descuento de documentos a treinta días, quedando inhabilitado el beneficiario para acceder en lo futuro a toda otra operatoria de la misma línea.Artículo 8º: AUTORIZAR al Interventor de CORFOCHUBUT a dictar aquellas normas necesarias tendientes a dar mayor celeridad al cumplimiento de la presente Resolución.Artículo 9º: Se tomarán los recaudos necesarios tendientes a garantizar la devolución de los montos que se prestaren, siendo aval suficiente la firma de un pagaré o la constitución de otras garantías en caso de así requerirlo CORFO-CHUBUT.Artículo 10º: APROBAR el modelo de contrato que se agrega como Anexo I formando parte de la presente Resolución.Artículo 11º: APROBAR el modelo de pagaré que se agrega como Anexo II formando parte integrante de la presente Resolución.Artículo 12º: APROBAR las Planillas de Solicitud que como Anexo III y IV se agregan formando parte de la presente Resolución.Artículo 13º: Con carácter previo al otorgamiento de los préstamos se deberá contar con la autorización del Poder Ejecutivo Provincial.-

Entre la Corporación de Fomento del Chubut CORFOCHUBUT con domicilio en Luis Costa y Moreno de la ciudad de Rawson, Provincia del Chubut, representada por su Interventor Ing. Jorge Valentín PITIOT DNI Nº 5.503.299, en adelante CORFO, por una parte, y por la otra el Sr. DNI
N con domicilio en de la localidad de Provincia del Chubut, en adelante EL BENEFICIARIO, acuerdan en celebrar el presente contrato en un todo de acuerdo a los términos de la Resolución Nº /04-CCH y que se regirá de conformidad a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: CORFO se obliga a otorgar a EL BENEFICIARIO, y éste acepta un préstamo por la suma de PESOS
para ser destinado a
Se deja constancia que por dicho monto EL BENEFICIARIO suscribe un 1 Pagaré juntamente con su cónyuge.
SEGUNDA: Ambas partes convienen en establecer las siguientes condiciones al préstamo que se otorga por la cláusula anterior:
a Destino: conforme cláusula primera.
b Plazo de amortización: Cinco 5 años contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. Las cuotas serán anuales a pagar en los meses 36, 48 y 60 contados a partir de la fecha de suscripción del presente.c El capital será reintegrado a una tasa de interés del cuatro por ciento 4% anual a pagar a partir de los treinta y seis 36 meses de otorgado el préstamo. Es decir que EL BENEFICIARIO cancelará su deuda abonando a la fecha de cada pago en moneda de curso legal más el interés convenido.d Tasa de interés por mora: Activa, que establece el Banco del Chubut S.A. para sus operaciones ordinarias de descuento de documentos a treinta días.
e Garantía : Pagaré.f Lugar de pago: CORFO-CHUBUT
TERCERA: EL BENEFICIARIO se obliga a abonar el crédito en CINCO 5 cuotas anuales más sus interesesEs decir que EL BENEFICIARIO abonará mediante depósito en el Banco del Chubut S.A. Sucursal Rawsoncuenta corriente Nº a la orden de CORFO CHUBUT
debiendo remitir copia fotostática de la constancia de depósito a la Tesorería de CORFO CHUBUT o abonando la misma en forma directa por ante dicha Tesorería sita en Luis Costa y Mariano Moreno 1er. piso de la ciudad de Rawson, Provincia del Chubut, en horario administrativo.
CUARTA: Si se comprobare que el crédito ha tenido un destino distinto al previsto en la Cláusula Primera o se incumpliere el plazo de devolución, se iniciarán inmediata-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/10/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date25/10/2004

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First edition07/01/2004

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