Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/10/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Lunes 25 de Octubre de 2004

Artículo 3.- El gasto que demande el presente, será afectado a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete Programa 20 Representación de la Provincia en Capital Federal.

DECRETOS SINTETIZADOS
RESOLUCION
Dto. N 1749

30-09-04

Artículo 1º.- DESIGNASE a partir de la fecha de notificación del presente Decreto en el cargo Director de Seguros dependiente de la Dirección General de Control de Gestión del Ministerio de Economía y Crédito Público a la señorita FREEMAN, Soraya Mariana MI N 22.868.981
clase 1972.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 30:
Ministerio de Economía y Crédito Público Programa 1
Actividad Específica 1 Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público.

Dto. N 1796

12-10-04

Artículo 1.- OTORGASE un subsidio por la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL $ 108.000 a favor de la Municipalidad de Trelew, siendo responsable de su utilización y rendición el Intendente de dicha ciudad, doctor Aldo Juan MARCONETTO. El subsidio será destinado a cubrir los gastos que demande la adquisición de materiales, artefactos, mano de obra y servicios domiciliarios para las redes internas de gas natural, para sesenta 60 familias carenciadas en el barrio Primera Junta de esta localidad, según la documentación obrante en el Expediente N 5006
SIPySP-04.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la Jurisdicción 8 - Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos
SAF 31 Servicios Públicos F.F. 111 U.G. 11999 Programa 17 Actividad 2 Partida Presupuestaria inc. 5
Principal 2 Parcial 1 Subparcial 0 Finalidad 4 Función 410 Subsidio a Personas Ejercicio 2004.
Artículo 3.- El subsidio deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Servicios Públicos dentro de los cuarenta y cinco 45 días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta 60 días de su inversión.

Dto. N 1825

14-10-04

Artículo 1º.- Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo Director General de la Casa de la Provincia del Chubut del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Ad Honorem, al señor Carlos Alberto GARCIA
LOREA MI N 11.498.762 clase 1955.
Artículo 2º.- El señor Carlos Alberto GARCIA LOREA
MI N 11.498.762 clase 1955, designado en el artículo precedente, a los efectos de su desplazamiento motivado por su función, y cualquier otro gasto inherente a la misma, gozará de pasajes y viáticos equivalentes al cargo de Director General del Decreto Ley N 1987.

CORPORACION DE FOMENTO DEL CHUBUT
Resolución N 182.
RAWSON, 05 de Octubre de 2004.
VISTO:
Las Leyes Nº 1276 y Nº 3524; el Expediente Nº 1833/
04-CCH; y CONSIDERANDO:
QUE mediante el Programa de Producción Ovina Bajo Riego se determinó un Plan de Acción cuyo objetivo general es el aumento de la cantidad y calidad de carne ovina y además con ello se hace necesario recuperar la superficie del cultivo de alfalfa para diversificar la producción dentro de la provincia del Chubut, y particularmente, en los Valles Bajo Riego;
QUE dicho programa es impulsado por CORFOCHUBUT y está considerado dentro de un Plan Quinquenal en el Presupuesto de la institución;
QUE se diseñarán unidades demostrativas en cada área de intervención según las características propias de cada caso y previendo asistencia técnica y financiera;
QUE se seleccionarán los productores que participarán en el programa para incrementar la oferta forrajera de los sistemas mediante el ajuste de carga, manejo y mejoramiento en las áreas irrigadas;
QUE se capacitará a los productores y operarios en diferentes aspectos de la producción de carne para crear y adoptar un Sistema de Certificación de calidad y trazabilidad con el fin de lograr una clara diferenciación del producto, promoviendo la participación integrada de la industria en el esquema de procesamiento y comercialización;
QUE es necesario incentivar la adopción de figuras asociativas por parte de los productores participantes, contemplando la incorporación de representantes de otros estratos de la cadena de valor;
QUE se han desarrollado informes técnicos que se citan en fs. 7, 8 y 9 y 14 a 21 del Expediente del Visto y por lo cual se justifica lo antedicho;
QUE a fs. 3 el memorándum 95/04- GMYC expresa la necesidad de implementar la línea de crédito que acompañe las propuestas técnicas previstas;
QUE en el presupuesto 2004 se aprobaron fondos para créditos por Pesos ciento treinta y nueve mil seiscientos $ 139.600 - a largo plazo al sector privado, dentro de la actividad 12 del programa 16;
QUE mediante la sanción de la Ley Nº 3524 se modificó el artículo 48º del Anexo I de la Ley Nº 1276, aprobatoria de los Estatutos de la Corporación de Fomento del Chubut

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/10/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date25/10/2004

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