Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/04/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 7 de Abril de 2016

Nº 5448

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 13,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVII
EDICION DE 24 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 24

LEY

LEY Nº 5102
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY
Artículo 1.- Objeto. Crea espacios para la lactancia, en organismos de la Administración Pública Provincial, donde desarrollen sus tareas mujeres en edad fértil, a fin de que puedan extraer su leche y conservarla durante el horario laboral.
Art. 2.- Espacio para lactancia. A los fines de la presente ley, se entiende por espacio para lactancia el ambiente acondicionado para que las madres trabajadoras extraigan su leche durante la jornada laboral y amamanten a sus hijos si así lo decidieran.
Art. 3.- Condiciones. Los espacios para lactancia son ambientes acondicionados a tal fin, con las siguientes características:
a Un área privada y cómoda, que permita a las madres trabajadoras la posibilidad de extraer su leche y/o amamantar a sus hijos.
b Mobiliario adecuado a fin de brindar comodidad a las lactantes y una heladera para uso exclusivo de la leche materna.
c Un lavabo para facilitar la higiene antes y después de la extracción, d Cartelería y folletería informativas sobre métodos de extracción y conservación de la leche materna y beneficios del amamantamiento.

Art. 4.- Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Salud.
Art. 5.- De la coordinación con otros organismos. La autoridad de aplicación debe acordar acciones con el Gabinete de Ministros y Presidencia de la Legislatura relativas a la promoción de la lactancia materna y brindar capacitación e información que facilite su extracción y conservación bajo normas técnicas de seguridad.
Art. 6.- Invitación a adherir. Invita a los municipios y al Poder Judicial a adherir a la presente ley, a efectos de fomentar, aplicar y controlar su instrumentación en el ámbito de su competencia.
Art. 7.- Del Presupuesto. El gasto que demande la aplicación de la presente será incorporado en el Presupuesto General de Gastos y Recursos correspondiente al ejercicio 2016.
Art. 8.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
Aprobado en General y en Particular por Unanimidad Votos Afirmativos: Daniela Beatriz Agostino, Luis Horacio Albrieu, Juan Carlos Apud, Ricardo Daniel Arroyo, Marta Susana Bizzotto, Adrián Jorge Casadei, Juan Elbi Cides, Norma Beatriz Coronel, Rodolfo Rómulo Cufré, Oscar Eduardo Díaz, Mariana E. Domínguez Mascaro, Roxana Celia
Fernández, Edith Garro, Viviana Elsa Germanier, María Inés Grandoso, Graciela Esther Holtz, Elsa Cristina Inchassendague, Javier Alejandro Iud, Silvana Beatriz Larralde, Tania Tamara Lastra, Leandro Martín Lescano, José Adrián Liguen, Facundo Manuel López, María del Carmen Maldonado, Héctor Marcelo Mango, Humberto Alejandro Marinao, Alfredo Adolfo Martín, Raúl Francisco Martínez, Marta Silvia Milesi, Silvia Beatriz Morales, Alejandro Palmieri, Silvia Alicia Paz, Carina Isabel Pita, Alejandro Ramos Mejía, Sandra Isabel Recalt, Sergio Ariel Rivero, Nicolás Rochás, Mario Ernesto Sabbatella, Jorge Luis Vallazza, Miguel Angel Vidal, Elvin Gerardo Williams, Soraya Elisandra Iris Yauhar Fuera del Recinto: Arabela Marisa Carreras, Graciela Mirian Valdebenito Ausentes: Héctor Rubén López, Jorge Armando Ocampos.Prof. Pedro O. Pesatti, Presidente Legislatura de Río Negro - Lic. Daniel Arnaldo Ayala Secretario Legislativo.
Viedma, 30 de Marzo de 2016.Cúmplase, publíquese, dese al Registro, al Boletín Oficial y Archívese.Alberto E. Weretilneck, Gobernador - Luis Fabián Zgaib, Ministro de Salud.DECRETO N 281
Registrada bajo el Número de Ley cinco mil ciento dos 5102.Viedma, 30 de Marzo de 2016.Matías Rulli, Secretario General.-

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DECRETOS

DECRETO Nº 158
Viedma, 1 de Marzo de 2016.
Visto: El Expediente N 137.782-SAF-16, del Registro del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, y:
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la ratificación del Convenio de Comodato celebrado entre el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Provincia, representado por el Licenciado Marcelo Martín y el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia representado por el Doctor Gastón Pérez Estevan:
Que mediante el mismo, el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca cede al Ministerio de Seguridad y Justicia una casilla rodante Batam Trailers S/P, Chasis N 132, con todos los elementos correspondientes, para que funcione como base logística en casos de incendios forestales;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00456-16 ;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferida por el Artículo 131 Inciso l de la Constitución Provincial:
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar el Convenio de Comodato celebrado entre el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Provincia, representado por el Licenciado Marcelo Martín y el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia representado por el Doctor Gastón Pérez Estevan.- que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Agricultura Ganadería y Pesca.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - M. D. Martín

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/04/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date07/04/2016

Page count24

Edition count1919

First edition03/01/2002

Last issue11/07/2024

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