Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/07/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 27 de Julio de 2015

Nº 5375

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 42 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 42

DECRETO Nº 464

Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletin Oficial y archívese.WERETILNECK - M. D. Martín.

Viedma, 30 de Abril 2015.
Visto: el Expediente N 89269-SSH-15 del Registro del Ministerio de Economía, la Ley Provincial Q N 4818, la Ley Provincial N 5027, el Decreto Provincial N 9/2015, el Decreto Provincial N 57/2015 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 3 de la Ley 5027 se modifica el Artículo 6 de la Ley Q N 4818 que versa sobre el destino y distribución de los fondos provenientes de la renegociación de Concesiones de Explotación de Areas Hidrocarburíferas Rionegrinas;
Que en el cuarto párrafo del mencionado artículo 6, se establece que se distribuirá por única vez entre la totalidad de los Municipios y Comisiones de Fomento una suma equivalente al 7% del total del Bono Fijo, de acuerdo a los índices de coparticipación y otro 7% se distribuirá entre los municipios productores de petróleo, de acuerdo al índice de distribución de regalía de la Ley N 1946;
Que el apartado séptimo del citado Artículo, establece que los fondos que los Municipios perciban como resultado de la renegociación de concesiones hidocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar en el ámbito municipal proyectos productivos, equipamientos y/u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes:
Que con fecha 30 de Marzo del 2015 se reunió la Comisión Evaluadora de Proyectos Ley N 5027 modificatoria de la Ley Q N 4818 aprobando los Proyectos presentados por el Municipio de Pilcaniyeu por el importe total de $ 509.154,68;
Que con fecha 26 de Marzo de 2015, el Gobernador de la Provincia Alberto Weretilneck y el Intendente de la localidad de Pilcaniyeu Sr. Néstor Ayuelef, suscribieron el Convenio por el cual la Provincia se compromete a transferir a la Municipalidad de Pilcaniyeu la suma de $ 509.154,68 para la ejecución de los proyectos de inversión aprobados que forman parte del Anexo 1 del Convenio mencionado;
Que han tomado debida intervención Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado:
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art.
181 Inc. 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébense los proyectos de inversión conformados por la Comisión Evaluadora el día 30 de Marzo de 2015 y ratifíquese el Acuerdo suscripto entre el Municipio de Pilcaniyeu y la Provincia de Río Negro, que como Anexo forma parte del presente.Art. 2.- Apruébese el gasto y páguese por Tesorería General de la Provincia a la Municipalidad de Pilcaniyeu C.U.I.T. N 30-67296002-5, por la suma de Pesos quinientos nueve mil ciento cincuenta y cuatro con 68/100
$ 509.154,68.Art. 3.- Comprometer y Ordenar con cargo a la Entidad 38, Programa 80, Actividad 01, Partida 581, Recurso 12433.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca a cargo del Despacho del Ministerio de Economía.-

Convenio art. 6 Ley Q N 4818 modificada por Ley N 5027
y Anexo I Decreto Nº 09/2015
En la ciudad de Viedma, a los 26 días del mes de marzo del año 2015, se reúnen por una parte la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Señor Gobernador, Dn. Alberto Edgardo Weretilneck, en adelante LA PROVINCIA; por la otra el Municipio de Pilcaniyeu, en adelante EL MUNICIPIO, representado por el Sr. Ayuelef, Néstor, Intendente Municipal, quienes suscriben el presente CONVENIO de conformidad a los antecedentes y pautas que seguidamente se expresan:
Que con fecha 20 de diciembre de 2012, la Legislatura de la Provincia de Río Negro sancionó la Ley Q Nº 4818, publicada en el Boletín Oficial N 5108, la que estableció las bases y condiciones para la renegociación de concesiones hidrocarburíferas de la Provincia.
Que la misma, facultó al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado de Energía renegocie las concesiones hidrocarburíferas correspondientes a las empresas inscriptas en el Registro Provincial de Renegociaciones en Áreas Hidrocarburíferas.
Que en dicho marco, se suscribieron acuerdos con las empresas Petrolera Entre Lomas S.A., Tecpetrol S.A., Petrobras Argentina S.A., YPF S.A., Ysur Energía Argentina S.R.L. e Ysur Petrolera Argentina S.A..
Que el Art. 6º de la norma, modificado por Ley N 5027, estableció en el apartado séptimo que los fondos que los municipios perciban como resultado de los contratos que se suscriban en el marco de los procesos de renegociación de concesiones hidrocarburíferas, serán destinados en forma exclusiva a financiar en el ámbito municipal proyectos productivos, equipamientos y/u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes.
Que la Municipalidad de Pilcaniyeu procedió a presentar proyecto de inversión ante la Dirección de Municipios del Ministerio de Gobierno, expidiéndose la Comisión Especial Ley Q N 4818 de manera favorable al mismo.
Que se encuentra debidamente certificado que la Municipalidad de Pilcaniyeu no registra rendiciones pendientes con el Estado Provincial.
Que se ha dado cumplimiento a la publicación del proyecto de inversión conforme lo establecido en el Anexo I del Decreto N 09/
2015.
Por lo expuesto, las partes ACUERDAN:
Artículo l.- En el marco de las Leyes provinciales Q N 4.818 y su modificatoria Ley N 5027, LA PROVINCIA se compromete a transferir a la MUNICIPALIDAD de Pilcaniyeu la suma de Pesos quinientos nueve mil ciento cincuenta y cuatro con sesenta y ocho centavos $ 509.154,68, para la ejecución del proyecto de inversión cuyo detalle consta como Anexo I del presente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 09/
2015.
Art. 2.- La transferencia se cancelará en los términos y modalidad establecidos en el Artículo 6 de la Ley Q N 4818 modificado por la Ley N
5027.

DECRETOS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/07/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date27/07/2015

Page count42

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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