Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/07/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Julio de 2015

Nº 5374

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 24 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 24

Por ello,
DECRETOS

DECRETO Nº 995
Viedma, 2 de julio de 2015.
Visto, el Expte. N 118.230-T-2015, del registro del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, la Ley L N 1844 y la Nota N 470/15 de la Secretaría de la Función Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitan las promociones automáticas del personal de la Planta Permanente del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, que reúnen los requisitos de permanencia en la categoría. conforme lo establecido en los Arts. 7, 12, 15 y 19 del Anexo II de la Ley L N 1844, para ascender a la categoría inmediata superior;
Que en el caso de la promoción a la categoría quince 15 del agrupamiento administrativo requerirá además, acreditar la aprobación de actividades de capacitación pertinentes al puesto de trabajo y la función desarrollada;
Que el área de Recursos Humanos certifica la situación de revista de los agentes en condiciones de ser promovidos de manera automática, habiendo acreditado el agente Jungblut Miguel, la aprobación de actividades de capacitación pertinentes al puesto de trabajo y la función desarrollada;
Que a fojas 42 ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Art. 33 de la Ley N 5021;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Fiscalía de Estado conforme Vista N 02976-15 a fojas 45/46;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1º de la Constitución Provincial.

El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Promover en las categorías y desde las fechas que en cada caso se indica, a los agentes comprendidos en la Ley L N 1844 con funciones en el Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, que se detallan en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto, en cumplimiento a los dispuesto en los Arts. 7, 12, 15 y 19 del Anexo II de la Ley L N 1844.
Art. 2º - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, será comprometido a los créditos de la Jurisdicción 11
- Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, Código de Recurso 10 Rentas Generales, de acuerdo al siguiente detalle:
Progr. Subprogr.
01
00
12
00
11
00

Proy.
00
00
00

A/O
02
01
01

Pda.
111
111
111

Importe Cód. Rec.
$ 2.938.18
10
$ 1.356,74
10
$ 759,07
10

$ 5.053.99

Art. 3º - Por el Departamento de Liquidaciones de Sueldos, del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, proceder a la liquidación de las diferencias de categorías desde la fecha que en cada caso corresponda, por los motivos expuestos en el presente Decreto.Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Turismo, Cultura y Deporte.Art. 5º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial, y archivar.
WERETILNECK.- N. M. Giachino.

PLANILLA ANEXA AL DECRETO Nº 995

oOo DECRETO Nº 998
Viedma, 6 de julio de 2015.
Visto, el Expte. N 7.527-F-2015 del registro de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro, la Ley H N 3186, el Decreto Reglamentario H
N 1737/98 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley H N 3186 rige los Sistemas de Administración Financiera y el Sistema de Control Interno que son de aplicación en el sector público provincial;

Que el Art. 64 de la Ley mencionada en el considerando anterior autoriza el empleo de Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas destinados a atender diversos gastos;
Que por vía reglamentaria, el Art. 64 del Anexo I del Decreto H N 1737/
98 establece que el régimen de Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas debe ser considerado complementario al sistema de suministros integral;
Que la ejecución mediante el mecanismo de Fondos Permanentes es un procedimiento de excepción y se aplica a operaciones cuya modalidad impida la utilización del régimen ordinario;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/07/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date23/07/2015

Page count24

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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