Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/03/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Que por Visación Municipal de fecha 6 de febrero de 2014, la Municipalidad de San Antonio Oeste, certifica que se han concluido las obras de infraestructura correspondiente a las parcelas según Plano N 937-11.
Por ello, El Gerente de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE:
Artículo 1º - Ordenar la registración definitiva del Plano N 937-11 de Mensura Particular con Fraccionamiento de parte Lote 21, Fracción B, localidad balneario Las Grutas, Departamento San Antonio, Nomenclatura Catastral DC 17, C 1, Secc.
N, Mz. 511, Parcelas 01A a 18; Mz. 512, Parcelas 01A a 18; Mz. 521, Parcela 01, y Mz. 522, Parcelas 01 a 18.Art. 2º - Registrar, comunicar, al profesional actuante, al propietario, a la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, a la Municipalidad de San Antonio Oeste y Áreas de esta Gerencia que correspondan a sus efectos, publicar en el Boletín Oficial, cumplido, archivar.
Rodolfo Hugo Origlia, Gerente de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria.
oOo Resolución Nº 004-14
Viedma, 24 de febrero de 2014.
Visto, el Expte. el Plano N 567-12, de mensura particular para tramitar prescripción administrativa de dominio en la Parcela 10b, Chacra 003, localidad Cipolletti, Departamento General Roca, que fuera registrado el 7 de septiembre de 2012, y;
CONSIDERANDO:
Que por Nota del Departamento Provincial de Aguas, de fecha 17/02/2014, obrante a foja 32, solicita la restitución del Plano N 567-12;
Que por Nota de la Municipalidad de Cipolletti N 107 DRAV/14 de fecha 14 de febrero de 2014, obrante a foja 37, da la conformidad para que se restituya la vigencia;
Que por Decreto del Gobierno de la Provincia de Río Negro N 86/14, de fecha 6 de febrero de 2014, obrante a fojas 34 y 35, se ha declarado operada la prescripción adquisitiva de dominio a favor de la Provincia de Río Negro, con destino al Departamento Provincial de Aguas;
Que del informe del área Registración Parcelaria surge que el mencionado plano no ha sido utilizado para su inscripción en el dominio, no existiendo inconveniente para acceder a lo solicitado.
Por ello, El Gerente de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE:
Artículo 1º - Ordenar la restitución de la registración del Plano N 567-12, de mensura particular para tramitar prescripción administrativa de dominio en la Parcela 10b, Chacra 003, localidad Cipolletti, Departamento General Roca,, Nomenclatura Catastral DC 03, C 1, Secc. G, Chacra 003, Parcela 10G.Art. 2º - Registrar, comunicar, al profesional actuante, al Departamento Provincial de Aguas, a la Municipalidad de Cipolletti, al Registro de la Propiedad Inmueble, a la Delegación Zonal Alto Valle y Áreas de esta Gerencia que correspondan a sus efectos, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Rodolfo Hugo Origlia, Gerente de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria.
oOo Resolución Nº 005-14
Viedma, 7 de marzo de 2014.
Visto, el Expte. el Plano CP 2-99, de Mensura Particular con Fraccionamiento para Afectar al Régimen de Consorcios Parcelarios Ley N 3086
Parcela 325110, Sección IA1, Departamento San Antonio, y;

BOLETIN OFICIAL N 5237
CONSIDERANDO:
Que por Nota de fecha 24 de febrero de 2014, el profesional solicita la registración definitiva;
Que por visado de fecha 9 de diciembre de 2013, la Municipalidad de San Antonio Oeste, certifica el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Código Urbano Municipal para ser habilitadas.
Por ello, El Coordinador de Gestión a/c de la Gerencia de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE:
Artículo 1º - Ordenar la registración definitiva del Plano CP 2-99, de Mensura Particular con Fraccionamiento para Afectar al Régimen de Consorcios Parcelarios Ley N 3086 Parcela 325110, Sección IA1, Departamento San Antonio, Nomenclatura Catastral DC 17, C 1, Secc. P, Fracción P13, Parcelas 14A, 15A, 16A, 17A, 18A, 19A, 20A, 21A, 22A, 23A, 24A, 25A, 26A, 27A, 28A, 29A, 30A, 31A, 32A, 33A, 34A, 35A, 36A, 37A, 38A, 39A, 40A, 41A, 42A, 43A, 44A, 45A, 46A, 47A, 48A, 49A, 50A, 51A, 52A, 53A, 54A, 55A, 56A, 57A, 58A, 88, 89, 90, 91, 92 y 93.
Art. 2º - Registrar, comunicar, al profesional actuante, al propietario, a la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, a la Municipalidad de San Antonio Oeste y Áreas de esta Gerencia que correspondan a sus efectos, publicar en el Boletín Oficial, cumplido, archivar.
Agrim. Mario R. Grandoso, Coordinador de Gestión Gerencia de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria.
oOo Resolución Nº 006-14
Viedma, 14 de marzo de 2014.
Visto, el Expte. el Plano N 1243-10, de mensura particular con fraccionamiento de la Parcela 01, Manzana 977, localidad Choele Choel, Departamento Avellaneda, que fuera registrado el 15 de abril de 2011, y;
CONSIDERANDO:
Que por Nota de fecha 10 de marzo de 2014 el propietario y la Municipalidad de Choele Choel solicitan la anulación del Plano N 1243-10;
Que del informe del área Registración Parcelaria surge que el mencionado plano no ha sido utilizado para su inscripción en el dominio, no existiendo inconveniente para acceder a lo solicitado.
Por ello:
El Coordinador de Gestión a/c de la Gerencia de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE:
Artículo 1º - Ordenar la anulación de la Registración del Plano N 1243-10, de mensura particular con fraccionamiento de la Parcela 01, Manzana 977, localidad Choele Choel, Departamento Avellaneda, cuya nomenclatura catastral es D.C. 08, C.1, S. F, Mz. 977A, Parcelas 01 a 24 y Mz. 977B, Parcelas 01 a 24.Art. 2º - Registrar, comunicar, al profesional actuante, al propietario, al Registro de la Propiedad Inmueble, a la Municipalidad de Choele Choel, a la Delegación Zonal Alto Valle y Áreas de esta Gerencia que correspondan a sus efectos, publicar en el Boletín Oficial, cumplido, archivar.
Agrim. Mario R. Grandoso, Coordinador de Gestión Gerencia de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria.
oOo Resolución Nº 007-14
Viedma, 14 de marzo de 2014.
Visto, el Expte. el Plano N 1293-10, de mensura particular con fraccionamiento de la Parcela 1, Manzana 987 y Parcela 1, Manzana 997, localidad Choele Choel, Departamento Avellaneda, que fuera registrado el 20 de abril de 2011, y;

Viedma, 31 de Marzo de 2014
CONSIDERANDO:
Que por Nota de fecha 10 de marzo de 2014 el propietario y la Municipalidad de Choele Choel solicitan la anulación del Plano N 1293-10;
Que del informe del área Registración Parcelaria surge que el mencionado plano no ha sido utilizado para su inscripción en el dominio, no existiendo inconveniente para acceder a lo solicitado.
Por ello, El Coordinador de Gestión a/c de la Gerencia de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE:
Artículo 1º - Ordenar la anulación de la registración del Plano N 1293-10, de mensura particular con fraccionamiento de la Parcela 1, Manzana 987 y Parcela 1, Manzana 997, localidad Choele Choel, Departamento Avellaneda, cuya nomenclatura catastral es D.C. 08, C.1, S. F, Mz.
987A, Parcelas 01 a 24, Mz. 987B, Parcelas 01 a 24, Mz. 997A, Parcelas 01 a 20 y Mz. 997B, Parcela 01.Art. 2º - Registrar, comunicar, al profesional actuante, al propietario, al Registro de la Propiedad Inmueble, a la Municipalidad de Choele Choel, a la Delegación Zonal Alto Valle y Áreas de esta Gerencia que correspondan a sus efectos, publicar en el Boletín Oficial, cumplido, archivar.
Agrim. Mario R. Grandoso, Coordinador de Gestión Gerencia de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria.
oOo Resolución Nº 008-14
Viedma, 20 de marzo de 2014.
Visto, el Plano N 258-87, de mensura particular con unificación y redistribución predial de los Lotes d y h, Manzana 45, Secc. D, Departamento Adolfo Alsina, localidad Viedma, que fuera registrado el 17 de julio de 1987, y;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la constancia obrante en el Registro de la Propiedad Inmueble, según Matrícula 18-4153, se transfirió la Parcela 8, Manzana 508, una de las parcelas origen del plano citado en el visto;
Que por haberse detectado que una de las parcelas orígenes fue transferida desconociendo el plano, sin los recaudos previstos por el Art. 44 del Decreto N 1220-02, corresponde proceder a la anulación de oficio de la registración otorgada al Plano N 258-87;
Que del informe producido por el área Registración Parcelaria y del Informe de Dominio, surge que el mencionado plano no ha sido utilizado para su transferencia de dominio, habilitando el procedimiento establecido en el Art. 41 del Decreto N 1220-02;
Que el presente acto se encuadra en las finalidades y facultades previstas en los Arts. 1
Incisos a y f, y Art. 2 Inciso n de la Ley E N
3483.
Por ello:
El Gerente de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE:
Artículo 1º - Ordenar la anulación de la registración del Plano N 258-87, de mensura particular con unificación y redistribución predial de los Lotes d y h, Manzana 45, Secc. D, Departamento Adolfo Alsina, localidad Viedma, Nomenclatura Catastral DC 18, C 1, Secc. A, Manzana 508, Parcelas 04A y 08B.Art. 2º - Registrar, comunicar, al profesional actuante, a los propietarios, al Registro de la Propiedad Inmueble y Áreas de esta Gerencia que correspondan a sus efectos, publicar en el Boletín Oficial, cumplido, archivar.
Rodolfo Hugo Origlia, Gerente de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/03/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date31/03/2014

Page count18

Edition count1925

First edition03/01/2002

Last issue01/08/2024

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