Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/09/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Septiembre de 2013
Créditos Personales S.A. C/Aillapan Evelyn Marina S/Ejecutivo Expte. N 41776, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de mi Público Despacho en General Roca, a los 24 días del mes de abril de 2013. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. - Dra. María del Carmen Villalba, Secretaria.oOo El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N 3, a cargo de la Dra. Susana T.
Burgos, Secretaría Única, a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, con sede en San Luis 853 2
Piso, cita al demandado Sr. Jara Mondaca José Godofredo, por el término de cinco días a fin de que comparezca a estar ha derecho en autos caratulados Avalón Créditos Personales S.A. C/
Jara Mondaca José Godofredo S/Ejecutivo, Expte.
N 41544, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de mi Público Despacho en General Roca, a los 05 días del mes de abril de 2013. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro.- Dra. María del Carmen Villalba, Secretaria.oOo El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N 9, a cargo del Dr. José Luis Rodríguez Secretaría Única, a cargo de la Dra.
Romina Paula Zilvestein con sede en San Luis 853, 2 Piso, de la Ciudad Gral. Roca cita al demandado Sra. Reyes Delia D.N.I. N 24.392.658, por el término de cinco días a fin de que comparezca a estar ha derecho en autos caratulados Avalón Créditos Personales S.A. C/Reyes Delia S/
Ejecutivo, Expte. N 34737-12, bajo acercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente.
Asimismo, se le hace saber que en autos se ha dictado sentencia monitoria que en su parte pertinente a continuación se transcribe: neral Roca, 23 de Marzo del 2012 Autos y Vistos:
Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los Arts. 520, 523 y 531 del C.P.C.C., corresponde dictar sentencia monitoria. En consecuencia, Fallo:
Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Reyes Delia, haga al acreedor Avalón Créditos Personales S.A integro pago del capital reclamado de $ 2.640 con más sus interéses, costos y costas de la ejecución Arts. 68 y 539 del C.P.C.
C. difiriéndose la regulación de honorarios hasta tanto la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. Presupuéstase para cotas la suma de $
1.320. Fdo. Dr. José Luis Rodríguez, Juez.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de mi Público Despacho en General Roca, a los 24 días del mes de abril de 2.013. El presente deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro.- Romina Paula Zilvestein, Secretaria.oOo El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N 9, a cargo del Dr. José Luis Rodríguez, Secretaría Única, a cargo de la Dra.
Romina Paula Zilvestein, con sede en San Luis 853, 2º Piso, de la Ciudad de Gral. Roca cita al demandado Sr. Corleto Angel Dante Ybsen, D.N.I.
N 35.595.816, por el término de cinco días, a fin de que comparezca a estar ha derecho en autos caratulados Avalón Créditos Personales S.A. C/
Corleto Angel Dante Ybsen S/Ejecutivo, Expte.
N 35086-12, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente.Asimismo, se le hace saber que en autos se ha dictado sentencia monitoria que en su parte pertinente a continuación se transcribe: //neral
BOLETIN OFICIAL N 5183
Roca, 2 de agosto del 2012. Autos y Vistos:
Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Corleto Angel Dante Ybsen, haga al acreedor Avalón Créditos Personales S.A. integro pago del capital reclamado de $ 3.800 con más sus intereses, costos y costas de la ejecución Arts. 68
y 539 del C.P.C.C. difiriéndose la regulación de honorarios hasta tanto la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. Presupuéstase para costas la suma de $1.900.- Dr. José Luis Rodríguez, Juez.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de mi Público Despacho en General Roca, a los 28 días del mes de febrero de 2.013. El presente deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro.- Romina Paula Zilvestein, Secretaria.oOo El Juzgado de Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 9, a cargo del Dr. José Luis Rodríguez Secretaría Única a cargo, de la Dra. Romina Paula Zilvestein con sede en San Luis 853, 2º Piso, de la Ciudad de Gral. Roca cita al demandado Gauna Marisa Griselda D.N.I. N 28.216.909, por el término de cinco días a fin de que comparezca a estar ha derecho en autos caratulados Avalón Créditos Personales S.A. C/Gauna Marisa Griselda S/Ejecutivo, Expte. N 34045-11, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente.
Asimismo, se le hace saber que en autos se ha dictado sentencia monitoria que en su parte pertinente a continuación se transcribe: //neral Roca, 02 de junio del 2011. Autos y Vistos:
Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada Gauna Marisa Griselda, haga al acreedor, Avalón Créditos Personales S.A.; íntegro pago del capital reclamado de $ 810 con más sus intereses, costos costas de la ejecución Arts. 68 y 539 del C.P.C.C. difiriéndose la regulación de honorarios haste tanto la presente sentencia se encuentre ejecutariada. Presupuéstandose para costas por la suma de $ 405.- Notífiquese la presente al ejecutado, haciéndole saber que dentro del quinto día podrá oponer las Excepciones previstas en el Art. 544 del C.P.C.C., lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba bajo apercibimiento de ejecución Art. 542 del C.P.C.C.. Fdo. Dr. José Luis Rodríguez, Juez.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de mi Público Despacho en General Roca, a los 13 días del mes de marzo de 2013.
El presente deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro.Romina Paula Zilvestein, Secretaria.oOo El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5, a cargo del Dr. José Luis Rodríguez, Juez Subrogante Secretaría Única, a cargo de la Dra. Selva Aranea, con sede en San Luis 853;
2 Piso, de la Ciudad Gral. Roca cita al demandado Catalán Miguel Angel, D.N.I. N 20.450.965 por el término de cinco días a fin de que comparezca a estar ha derecho en autos caratulados Avalón Créditos Personales S.A. C/Catalán Miguel Angel S/Ejecutivo, Expte. N 35787-J5-12, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente.
Asimismo, se le hace saber que en autos se ha dictado sentencia moratoria que en su parte pertinente a continuación se transcribe:GeneralRoca, 9 de agosto de 2012.- Autos y Vistos Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Catalán Miguel Angel haga a la acreedora Avalón Créditos Personales S.A. íntegro pago del capital reclamado de $ 3.804 con mas sus intereses, costos y costas de la ejecución arts. 68 y 539 del C.P.C.yC.;
presupuestándose a tales fines la suma de $ 2.282.Se hace saber que se difiere la regulación de
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honorarios hasta tanto la presente sentencia se encuentre ejecutariada.- Notifíquese la presente al demandado, con copias del escrito de iniciación y de la documentación acompañada, haciéndole saber que dentro del quinto día podrá oponer las excepciones previstas por el art. 544 CPCC, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución art. 542 CPCyC.- Fdo. Dr. Richar Fernando Gallego, Juez.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de mi Público Despacho en General Roca, a los 24 días del mes de Mayo de 2013. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. Selva A. Aranea, Secretaria.oOo El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N 3, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Única, con sede en San Luis 853, 2 Piso de la Ciudad de General Roca, cita al demandado Ovalle Silvana Lorena, D.N.I. N
31.023.833, por el término de cinco días a fin de que comparezca a estar ha derecho en autos caratulados Avalón Créditos Personales S.A. C/
Ovalle Silvana Lorena S/Ejecutivo, Expte. N
42107, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente.
Se deja constancia que con fecha 14/08/2012 se ha dictado sentencia monitoria.
Dado, Sellado y Firmadoen la Sala de mi Público Despacho en General Roca, a los 31 días del mes de mayo de 2013. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro.- Dra. Selva A. Aranea, Secretaria Subrogante.oOo El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5 a cargo del Dr. José Luis Rodríguez, Juez Subrogante, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Selva Aranea con sede en San Luis 853 2º Piso, de la ciudad de Gral. Roca cita al demandado José María Irma Mónica, D.N.I. N
24.644.950 por el término de cinco días a fin de que comparezca a estar ha derecho en autos caratulados Avalón Créditos Personales S.A. C/
José María Irma Mónica S/Ejecutivo, Expte. N
35655-J5-12; bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausetes para que lo represente.
Asimismo, se le hace saber que en autos se ha dictado sentencia monitoria que en su parte pertinente a continuación se transcribe: General Roca, 14 de junio de 2012.- Autos y Vistos Fallo:
Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada José María Irma Mónica haga a la acreedora Avalón Créditos Personales S.A. íntegro pago del capital reclamado de $ 770, con más sus intereses, costos y costas de la ejecución arts. 68
y 539 del C.P.C.yC.; presupuestándose a tales fines la suma de $ 462 se hace saber que se difiere la regulación de honorarios hasta tanto la presente sentenciase se encuentre ejecutoriada.- Notifíquese la presente al demandado, con copias del escrito de iniciación y de la documentación acompañada, haciéndole saber que dentro del quinto día podra oponer las excepciones previstas por el art 544
CPCC, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de jecución art.542 CPCyC.Fdo. Dr. Richar Fernando Gallego, Juez.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de mi Público Despacho en General Roca, a los 23 días del mes de mayo de 2013. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial y en el Diario Río Negro.- Selva A. Aranea, Secretaria.oOo El Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº Cinco Secretaría Única sito en calle San Luis 853 2do.
Piso Río Negro, cita a presentarse por treinta día/

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/09/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date23/09/2013

Page count26

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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