Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/08/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5168

Escalafón General, Wilson Arturo Brandt, DNI.
Nº 17.793.703, Clase 1966, Legajo Personal Nº 4572, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en el Capítulo III, Art. 3º, concomitante con el Capítulo IV, Art. 5º, Inc. c, de la Ley L Nº 2432, y en concordancia con el Título IV, Capítulo I, Art. 148 de la Ley L nº 679 del Personal Policial.- Expte. Nº 040.369-C-2013.
DECRETO Nº 1035.- 15-07-2013.- Limitar los servicios, a partir del 1 de agosto de 2013, al Suboficial Mayor, Agrupamiento Seguridad Escalafón General, Adiel Humberto Lara, DNI.
Nº 14.530.283, Clase 1961, Legajo Personal Nº 4359, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en el Capítulo III, Art. 3º de la Ley L Nº 2432 y en concordancia con el Título IV, Capítulo I, Art.
148 de la Ley L Nº 679 del Personal Policial.Expte. Nº 039.428-C-2013.
DECRETO Nº 1036.- 15-07-2013.- Limitar los servicios, a partir del 1 de julio de 2013, al Suboficial Mayor, Agrupamiento Seguridad Escalafón General, Miguel Ángel Anticura, DNI.
Nº 11.485.536, Clase 1955, Legajo Personal Nº 3866, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en el Capítulo III, Art. 3º de la Ley L Nº 2432 y en concordancia con el Título IV, Capítulo I, Art.
148 de la Ley L Nº 679 del Personal Policial.Expte. Nº 040.575-RIII-2013.
DECRETO Nº 1037.- 15-07-2013.- Aceptar, a partir del 8 de julio de 2013, la renuncia presentada por el Sr. Gustavo Erik Mercapide, DNI. Nº 12.768.074, al cargo de Subsecretario de Planificación y Coordinación Administrativa dependiente del Ministerio de Salud.
DECRETO Nº 1038.- 15-07-2013.- Aceptar, a partir de la firma del presente Decreto, la renuncia presentada por el Sr. Juan Manuel Iriarte, DNI. Nº 31.042.610, al cargo de Delegado Zonal del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, de la ciudad de General Roca, dependiente de la Secretaría de Seguridad y Justicia.
DECRETO Nº 1039.- 15-07-2013.- Designar, a partir de la firma del presente, al Sr. Juan Manuel Iriarte, DNI. Nº 31.042.610, en el cargo de Delegado Zonal de Cipolletti, del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, dependiente de la Secretaría de Seguridad y Justicia, con rango a los fines remunerativos de Subdirector.
DECRETO Nº 1040.- 15-07-2013.- Designar, a partir de la firma del presente, a la Sra. Susana Noemí Macaya, DNI. Nº 20.616.883, en el cargo de Delegada Zonal de General Roca, del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, dependiente de la Secretaría de Seguridad y Justicia, con rango a los fines remunerativos de Subdirector.
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RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
Resolución Nº 670
Expte. Nº 107369-IGR-98
Viedma, 24 de julio de 2013.
Visto el expediente de referencia del registro del Departamento Provincial de Aguas, y CONSIDERANDO:
Que mediante Nota 028/2013-CRD-VIRN, la Comisión de Directiva del Consorcio de Riego y Drenaje del Valle Inferior notifica la renuncia en pleno y con carácter indeclinable a la conducción de la institución, por las razones que se expresan en el Acta correspondiente a la reunión de fecha 15/07/13 que se adjunta fs. 1802/1805;

Que los estatutos del Consorcio expresan que, en caso de renuncia o impedimento de todos los miembros de la Comisión Directiva, corresponde a la Comisión Revisora de Cuentas hacerse cargo de la administración de la institución hasta el momento de su normalización. ver Art. 36 inciso 4 y concordantes Estatuto;
Que con anterioridad los miembros de la referida Comisión Revisora de Cuentas habían puesto de manifiesto ante este organismo que consideraban que habían cesado en sus funciones por vencimiento de los mandatos fijados por el estatuto de la institución, negándose en los hechos a seguir cumpliendo sus funciones ver fs. 1630;
Que la concurrencia de ambas circunstancias crea una situación de acefalía que no puede ser resuelta mediante los mecanismos previstos por los estatutos de la asociación de regantes;
Que por diferentes circunstancias a la fecha no se han podido celebrar en debida forma las asambleas en las que los integrantes del consorcio debían, entre otras cuestiones, aprobar los balances correspondientes a los ejercicios 2011 y 2012, aprobar el presupuesto de gastos y recurso, considerar las modificaciones al contrato de concesión del servicio celebrado con el Instituto de Desarrollo del Valle Inferior, y elegir las nuevas autoridades ver Resolución N 1386/12 a fs. 1586/
1588; convocatorias a fs. 1696/1697 y Nota fs.
1742;
Que asimismo, resulta necesario resaltar que la falta de realización de Asambleas Ordinarias en prácticamente los dos últimos años, ha impedido la actualización del monto del canon de riego, colocando en serio riesgo el funcionamiento del Consorcio de Riego;
Que además la falta de aprobación de los balances correspondientes los dos últimos ejercicios dificultan los trámites que deben realizarse ante instituciones bancarias;
Que resulta evidente que los entes civiles nacen como una relación entre particulares, pero al ser reconocidos como personas de derecho constituidos para obtener un fin que interesa a la comunidad, hacen que el accionar de esas organizaciones rebase los límites de lo privado, de lo particular o individual, proyectándose hacia la dimensión del derecho público. Estos conceptos aplicables a las simples sociedades civiles, adquieren mayor intensidad cuando se trata de Consorcios de Riego que, tal como se especifica en el artículo 114 de la Ley Q N 2952, una vez constituidos son personas jurídicas de derecho público, entes públicos no estatales, con plena capacidad para actuar con arreglo a las prescripciones del Código de Aguas, su reglamentación y a sus Estatutos;
Que el último párrafo del Art. 119 de la Ley Q
N 2952 Código de Aguas expresamente manifiesta que La autoridad de aplicación podrá intervenir la administración de los consorcios que por negligencia en la ejecución, operación de los servicios o mantenimiento de las obras o por inobservancia de las normas legales, reglamentarias o estatutarias, comprometan en forma grave la consecución de los fines de la institución o los bienes de terceros
Que en atención al conjunto de sucesos reseñados precedentemente se hace necesario disponer la intervención del Consorcio, con la finalidad de garantizar la adecuada prestación de los servicios a cargo del mismo, la preservación de sus bienes y la infraestructura afectada a la prestación y proceder, en el menor tiempo posible, a su normalización;
Que el Departamento Provincial de Aguas es competente y se encuentra facultado para proceder al dictado de acto administrativo que disponga la intervención del consorcio, a tenor de lo previsto en el mencionado Art. 119 in fine de la Ley Q N

Viedma, 1 de Agosto de 2013
2952 Código de Aguas, reservándose -para el caso que nos ocupala competencia y atribuciones conferidas por el Estatuto Social a las Asambleas Ordinarias Art. 19;
Que dado que el Instituto de Desarrollo del Valle Inferior es titular de la infraestructura de los sistemas de riego y drenaje y, en tal carácter, suscribió con el Consorcio el contrato de concesión del servicios, motivo por el cual se estimó pertinente informar del conjunto de sucesos ya indicados, la necesidad de intervenir el consorcio y la conveniencia de que la intervención sea ejercida por el Ing. Raúl Héctor Margiotta, profesional de ese Organismo, con amplio conocimiento de la institución donde deberá desempeñarse ver fs. 1806;
Que a fs. 1807/1808 el Interventor Normalizador del IDEVI y el profesional indicado prestan su conformidad con la propuesta realizada;
Que por todo lo expuesto y al sólo efecto de regularizar el funcionamiento del Consorcio de Riego y Drenaje Valle Inferior de acuerdo a los estatutos y disposiciones legales, y con la única y expresa finalidad de propender a la continuación de esa entidad, resulta necesario el dictado del presente acto administrativo;
Que han tomado la intervención que les corresponde el servicio de asesoramiento jurídico permanente de este Organismo y la Fiscalía de Estado;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Arts. 119 y 260 y concordantes de la Ley Q N 2952, Código de Aguas.
Por ello, El Intendente General a/c. de la Superintendencia General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1 - Declárese intervenido el Consorcio de Riego y Drenaje Valle Inferior a los fines de regularizar su funcionamiento de acuerdo a lo dispuesto en su Estatuto Social y demás disposiciones legales, por los considerandos expuestos.
Art. 2º - Desígnese Interventor en la entidad mencionada al Ing. Raúl Héctor Margiotta, DNI.
Nº 8.119.135, quien ejercerá sus funciones con carácter ad honórem y tendrá las más amplias y suficientes facultades que el Estatuto Social acuerda a la Comisión Directiva, a efectos de restablecer la normalidad institucional.
Art. 3º - En atención a las facultades que el Código de Aguas asigna a esta Superintendencia General de Aguas, la misma ejercerá durante el período que dure la intervención las atribuciones que el Estatuto Social de la institución asigna a las Asambleas Art. 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Luis R. Cordero, Intendente General a/c.
Superintendencia General D.P.A.
oOo ENTE PROVINCIAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD
Resolución EPRE Nº 148/13
Cipolletti, 24 de mayo de 2013.
Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro N 22322/13 caratulado Implementación de bonificaciones en las facturas de usuarios por créditos provenientes de Resoluciones del EPRE
y;
CONSIDERANDO:
El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE
Artículo 1º - Aprobar el Reglamento para la implementación de bonificaciones en la facturación a usuarios que como único Anexo forma parte integrante de esta Resolución.
Art. 2º - Téngase por incorporado el Anexo único que forma parte de esta Resolución.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/08/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date01/08/2013

Page count22

Edition count1924

First edition03/01/2002

Last issue29/07/2024

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